Compra de Inmuebles
Aquí podrá consultar cada uno de los pasos y requisitos para Compra de Inmuebles
El objetivo es realizar un estudio de los títulos inmobiliarios o propiedades que va a adquirir el inversionista y obtener un concepto de la situación jurídica del bien inmueble. Este proceso lo deberá realizar el inversionista solo en caso de adquirir una propiedad.
Los nacionales colombianos y los extranjeros tienen las mismas facultades y derechos en cuanto a la compra de inmuebles. No obstante, los dineros destinados a la adquisición de propiedad raíz por parte de no residentes, deben ser canalizados a través de agentes del Mercado Cambiario para el registro de la propiedad como inversión extranjera. Además de lo anterior, las transacciones inmobiliarias no contemplan, para los inversionistas extranjeros, cargas tributarias, legales o financieras adicionales.
¿Qué necesito para realizar un Estudio de Títulos?
Necesita el certificado de libertad y tradición del inmueble idealmente con fecha de expedición no mayor a 30 días
Necesita las escrituras públicas y actos que aparecen registrados en los Certificados de Tradición del inmueble durante los últimos 10 años o de un periodo mayor siempre que sean relevantes y afecten el derecho de la propiedad o cualquier otro derecho real sobre el inmueble (hipotecas, embargos, sentencias, entre otros)
Debe tener el Paz y Salvo de impuesto predial y de valorización del inmueble correspondiente a los últimos 5 años.
Presente La Licencia de Construcción del inmueble en caso de que existan edificaciones
Consulte el documento de Certificado de Uso de Suelo, donde se especifica el uso y el destino que se le puede dar a un inmueble según la zona, la población, las avenidas, calles, entre otros. Este plan está regulado según los decretos del Plan de Ordenamiento Territorial POT
Consulte los antecedentes penales del propietario del inmueble sean personas o Representantes Legales de una sociedad para validar que no tengan restricciones.
Predios Rurales
¿Qué necesito para realizar un Estudio de Títulos?
Verifique si hay limitaciones a la adquisición (lote o terreno baldío, fraccionamiento de la propiedad Unidad Agrícola Familiar UAF que van desde 1ha hasta 100ha dependiendo de la zona).
Realice el estudio de títulos especial (De acuerdo al artículo 48 Ley 160 de 1994).
Realice el estudio para verificar posibles riesgos con la política de restitución de tierras (Ley 1448 de 2011, Acuerdos de Paz y demás normas aplicables).
Verifique si en el inmueble se puede desarrollar un proyecto de interés de desarrollo rural económico y social (ZIDRES) (Ley 1776 de 2016) para acceder a beneficios los económicos.
¿Qué pasos debo seguir para realizar un Estudio de Títulos?
Realice la solicitud del estudio de los Títulos
Realice el pago de acuerdo a las tarifas de la firma jurídica particular
¿A dónde puedo ir?
Puede ir a una Firma Jurídica Particular a su elección. Consulte el Directorio de Servicios Legales para conocer información adicional sobre las firmas de abogados a las cuáles puede acudir.
¿Cuál es el costo de este trámite?
El valor puede variar dependiendo del abogado y/o del banco. Sin embargo, de acuerdo con Asobancaria (Es la asociación bancaria de Entidades Financieras de Colombia), el costo es del 0,12 % sobre el valor del inmueble.
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
5 días Laborales
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 84 de 1873. Código Civil. (art.669) (Ley Ordinaria)
Ley 84 de 1873. Código Civil. (art.673) (Ley Ordinaria)
Ley 84 de 1873. Código Civil. (art.753) (Ley Ordinaria)
Ley 1579 de 2012. Por la cual se expide el estatuto de registro de instrumentos públicos y se dictan otras disposiciones. (art.2. Literal a) (Ley Ordinaria)
Si va a adquirir (comprar) una propiedad debe realizar una Escritura Pública de la compraventa del inmueble ante una Notaría Regional.
¿Qué necesito para realizar Escritura Pública del bien inmueble?
Presente el contrato de promesa de compraventa del inmueble (valor comercial)
Obtenga el Certificado de libertad y tradición del inmueble
Presente copia del pago del impuesto predial
Tenga el soporte de Paz y Salvo por concepto de valorización del inmueble
Tenga los documentos de identidad del comprador y vendedor
¿Qué pasos debo seguir para realizar Escritura Pública del bien inmueble?
Reúna todos los documentos requeridos
Radique los documentos en las entidades indicadas
Realice el pago correspondiente a este servicio
¿A dónde puedo ir?
El trámite se realiza ante una Notaria Regional
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo puede variar según el valor del inmueble y esta información la otorga la Notaría Regional donde se va a realizar el trámite. Sin embargo, puede costar aproximadamente el 0.3% del valor de venta, valor que usualmente se paga en partes iguales entre comprador y vendedor.
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
Promedio de 5 a 10 días laborales
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 84 de 1873. Código Civil. (art.1857) (Ley Ordinaria)
Decreto 960 de 1970. Por el cual se expide el Estatuto de Notariado. (art.12) (Decreto Ley)
Decreto 960 de 1970. Por el cual se expide el Estatuto de Notariado. (art.13) (Decreto Ley)
Decreto 960 de 1970. Por el cual se expide el Estatuto de Notariado. (art.14) (Decreto Ley)
Este proceso lo debe realizar ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del lugar donde está ubicado el predio o inmueble, con el objetivo de registrar la matrícula inmobiliaria o cualquier otro contrato que se realice en un inmueble.
¿Qué necesito para Registrar la nueva Escritura Pública del inmueble?
Presente el recibo de pago del impuesto de registro
Presente la Escritura Pública, acto, contrato, negocio jurídico, providencia judicial o demás actos sujetos de registro
¿Qué pasos debo seguir para Registrar la nueva Escritura Pública del inmueble?
Reúna los documentos requeridos
Radique todos los documentos
Finalmente realice el pago correspondiente
¿A dónde puedo ir?
Puede acudir a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos respectiva de manera presencial
¿Cuál es el costo de este trámite?
El Registro de la escritura pública genera un impuesto que puede oscilar entre el 0.5% y el 1% del valor del contrato de Compraventa presentado en la escritura pública, tendrán costo los llamados Derechos de Registro que oscilan entre el 0,6% y 0,9%, y generalmente los paga el comprador.
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
Aproximadamente 10 días laborales
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 1579 de 2012. Por la cual se expide el Estatuto de Registro de Instrumentos públicos y se dictan otras disposiciones. (art.4) (Ley Ordinaria)
Ley 1579 de 2012. Por la cual se expide el Estatuto de Registro de Instrumentos públicos y se dictan otras disposiciones. (art.8) (Ley Ordinaria)
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