1 - Solicite el permiso de emisión atmosférica para fuentes fijas
Si la actividad de su empresa va a generar emisiones atmosféricas por encima de los niveles estipulados por la ley, deberá obtener el permiso que concede
la CAR (Corporación Autónoma Regional) correspondiente, para que una persona o empresa pueda realizar emisiones al aire dentro de los límites permisibles establecidos en las normas ambientales.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso de emisión atmosférica?
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Complete el formulario permiso de emisiones atmosféricas
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Presente el Certificado uso del suelo que emiten las Alcaldías de acuerdo con el POT (Plan de Ordenamiento Territorial)
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Haga una descripción de las obras que ejecuta
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Plancha IGAC (Instituto Geográfico Agustín Codazzi)Corresponde al plano a escala que emite esta entidad.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
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Reúna los documentos anteriores
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Radique los documentos
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Verifique y notifique el inicio del trámite ante la autoridad competente
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Presente la información adicional, en caso de requerirse
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Realice el pago de la evaluación
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Reciba la visita del representante de la CAR (Corporación Autónoma Regional)
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Adquiera información de cómo gestionar algunos pasos de manera virtual a través de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales y de las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR).
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
$4.634.691 COP
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
Entre 150 y 360 días calendario
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 99 de 1993 (Art. 31, numeral 12) (Ley Ordinaria)
Decreto 1076 de 2015 (compila el Decreto 948 de 1995) (Art. 2.2.5.1.7.1) (Decreto Reglamentario)
Decreto 1076 de 2015 (compila el Decreto 948 de 1995) (Art. 2.2.5.1.7.2) (Decreto Reglamentario)
Decreto 1076 de 2015 (compila el Decreto 948 de 1995) (Art. 2.2.5.1.7.9) (Decreto Reglamentario)
Resolución 619 de 1997 del Ministerio de Ambiente (Art. 1) (Acto Administrativo)
2 - Solicite la revisión del sistema de protección contra incendios
A través de este trámite puede obtener un concepto técnico sobre el sistema de protección contra incendios y condiciones de seguridad humana.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar la revisión del sistema de protección contra incendios?
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Necesita el certificado de existencia y representación legal
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Pago de Impuesto de ICA (Impuesto de Industria y Comercio)
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
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Radicar los documentos ante el cuerpo Oficial de Bomberos para solicitar la visita de revisión del sistema de protección contra incendios
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Este trámite se hará de manera presencial ante el Cuerpo Oficial de Bomberos Regional, así mismo, puede obtener información del proceso en la web o por vía telefónica
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
$65.376 COP
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
45 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 1575 de 2012. Por medio de la cual se establece la Ley General de Bomberos de Colombia. (art.9) (Ley Ordinaria)
Ley 1575 de 2012. Por medio de la cual se establece la Ley General de Bomberos de Colombia. (art.42) (Ley Ordinaria)
Resolución 661 de 2014 del Ministerio del Interior – Junta Nacional de Bomberos de Colombia. Por la cual se adopta el reglamento administrativo
3 - Solicite el Visto Bueno para la importación y/o exportación de sustancias que agotan la capa de ozono (SAO)
Si va a importar y/o exportar sustancias que dañan la capa de ozono, deberá obtener visto bueno del
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso?
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Complete el formulario requerido
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Reporte los Componentes y especificaciones de importación o exportación
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
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Ingrese a la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), Esta es una herramienta práctica donde podrá realizar sus solicitudes de autorización.
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Radique los documentos
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Espere la respuesta de Visto Bueno
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede realizar este trámite ante el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE), también puede obtener información y gestionar algunos pasos de manera virtual y en la Ventanilla Única de Comercio Exterior VUCE puede realizar algunos trámites.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Sin Costo
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
21 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 29 de 1992 (Art. 9) (Ley aprobatoria de tratado)
Decreto 1076 de 2015 (Art. 2.2.5.1.1.1, 2.2.5.1.8.2) (Decreto único reglamentario)
Resolución 304 de 2001 MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE (Art.7) (Acto administrativo)
4 - Registre su marca en la Superintendencia de Industria y Comercio
El objetivo de este procedimiento es Registrar la marca comercial de la empresa ante la
Superintendencia de Industria y Comercio en Colombia SIC
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el Registro de la Marca?
| ETAPAS |
PLAZO |
| 1. Presentación de la solicitud |
No Aplica |
| 2. La solicitud se admite a trámite y se le asigna la fecha de presentación |
No Aplica |
| 3. Examen de forma |
No Aplica |
| 3.1. Si existe algún error formal, la SIC expide un requerimiento y se otorga un plazo para subsanar. |
60 días hábiles siguientes a la notificación. |
| 4. La SIC ordena publicar la solicitud en la Gaceta de la Propiedad Industrial |
No Aplica |
| 5. Se otorga un plazo para que terceros interesados se opongan a la solicitud de registro. |
30 días hábiles siguientes a la fecha de publicación. |
| 6. Se otorga un plazo adicional (si se solicita) para presentar pruebas que soporten la oposición. |
30 días hábiles después del vencimiento del plazo para oposiciones. |
| 7. Se otorga un plazo al solicitante para que conteste la oposición. |
30 días hábiles siguientes a la notificación de la oposición. |
| 8. Se otorga un plazo adicional (si se solicita) para presentar pruebas que soporten la contestación a la oposición. |
30 días hábiles después del vencimiento del plazo para oposiciones. |
| 9. La SIC hace el examen de fondo de la solicitud y de la(s) oposición(es) –si aplica- |
N/A |
| 10. Presentación del recurso de apelación frente a la decisión de la SIC. |
10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación de la decisión1. |
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos para el Registro de Marca?
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Reúna la documentación requerida
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Realice el pago
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Radique la solicitud
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Atienda la solicitud del proceso de revisión formal de los documentos adjuntados con la solicitud y la corrección de los mismos, en caso que sea necesario
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Tenga en cuenta la respuesta de oposiciones (dichas oposiciones las presenta quien tenga legítimo interés para desvirtuar el registro de marca, por posible riesgo de confusión o asociación)
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede iniciar, hacer seguimiento, pagar y finalizar el trámite con la obtención de los documentos a través de la web de la Superintendencia de Industria y Comercio.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
$1.003.500 COP
Con base en las tasas de precio de marcas que se actualizan anualmente y se pueden pagar en línea o de manera física.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
Entre 180 y 210 días
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decisión 486 de 2000, La Comisión de la Comunidad Andina. (Art. 134) (Norma Supranacional con rango de ley)
Resolución 63360 del 2021 (Para actualización ver la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio)
5 - Registre el diseño industrial
Mediante un
Registro de Diseño Industrial usted puede proteger únicamente la forma de los productos, es decir el aspecto estético bidimensional o tridimensional de cualquier objeto. Este proceso lo debe realizar ante la SIC Superintendencia de Industria y Comercio
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el Registro del Diseño Industrial?
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Un formulario al que se denomina petitorio.
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Descargue el recibo de pago por el valor correspondiente ante la SIC
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Dibujos del diseño (en total 7, discriminados así: seis vistas, una por cada cara y una perspectiva), las figuras del diseño no deben indicar medidas, cortes o funciones técnicas.
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Si el diseño es solicitado por una persona diferente al diseñador o por una empresa, se debe anexar, además de los documentos ya mencionados, una cesión de derechos del diseñador a la persona o empresa que lo solicita.
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Si la empresa o persona solicitante se hace representar por un abogado para que siga el trámite, se debe anexar, además, un poder dado al abogado. El poder no necesita de presentación personal, autenticación o legalización y podrá otorgarse mediante documento privado.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
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Reúna la documentación requerida
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Realice el pago
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Radique la solicitud
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Este trámite lo puede realizar ante la Superintendencia de Industria y Comercio SIC, en línea, hacer seguimiento y finalizar todo el proceso.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
$667.500 COP
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
240 días
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decisión 486 del 2000 de la Comunidad Andina de Naciones.
6 - Solicite su patente en la Superintendencia de Industria y Comercio
Como inversionista puede obtener la Concesión de un título de patente al inventar una solución técnica que aporte beneficio a la humanidad, por tanto, podría explotar de manera exclusiva este invento por un tiempo determinado.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar la Patente?
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Un formulario al que se denomina petitorio en caso de presentarlo en físico o en caso de hacerlo en línea a través de SIPI (Oficina Virtual de Propiedad Intelectual) el usuario se registra e ingresa la información requerida.
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Resumen.
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La descripción del invento.
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Las reivindicaciones que corresponden a la memoria descriptiva de la patente.
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Figuras o ejemplos.
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El comprobante de pago de la tasa establecida (la cual cambia cada año)
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Si se presenta por intermedio de un abogado debe presentarse el poder otorgado a éste. El poder no necesita de presentación personal, autenticación o legalización y podrá otorgarse mediante documento privado.
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Si la solicitud la hace una empresa, no es necesario aportar el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica solicitante. La SIC podrá consultar los registros públicos de los Certificados de Existencia y Representación de las Cámara de Comercio.
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Copia del contrato de cesión o bien del contrato en virtud del cual se presuma la cesión cuando el solicitante no sea el inventor, por ejemplo: contrato de prestación de servicios o de trabajo.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
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Reúna la documentación requerida
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Realice el pago
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Radique la solicitud
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Atienda la solicitud del proceso de revisión formal de los documentos adjuntados con la solicitud y la corrección de los mismos, en caso que sea necesario
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Tenga en cuenta la respuesta de oposiciones
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede iniciar, tener el seguimiento y finalizar el trámite y/o servicio en línea a través de la web de la Superintendencia de Industria y Comercio SIC
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
$1.722.500 COP
Nota: TASAS PATENTE DE INVENCIÓN - SOLICITUDES NACIONALES EN LINEA
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
El tiempo del trámite dependerá del tipo de patente que se requiera obtener.
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decisión 486 del 2000. Régimen Común sobre Propiedad Industrial. Comunidad Andina de Naciones. Régimen Común de Propiedad Industrial (art.14) (Norma supranacional)
Decreto 410 de 1971. Por el cual se expide el Código de Comercio. (Art. 534) (Decreto Ley)
7 - Realice el registro de productores, importadores y prestadores sujetos a los reglamentos técnicos vigilados por la Superintendencia de Industria y Comercio
En este trámite deben
registrarse los productores e importadores de productos (bienes o servicios) sujetos al cumplimiento de reglamentos técnicos cuyo control y vigilancia le corresponde a la Superintendencia de Industria y Comercio.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el Registro de productores y/o importadores?
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Complete el formulario de registro de productores, importadores y prestadores sujetos a los reglamentos técnicos ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
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Reúna la documentación requerida
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Radique la solicitud
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Sin costo
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
>1 día
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 1480 de 2011 (Art. 17) (Ley ordinaria)
Ley 1480 de 2011 (Art. 46, numeral 3) (Ley ordinaria)
Ley 1480 de 2011 (Art. 53) (Ley ordinaria)
Decreto 1595 de 2015 (Art. 2.2.1.7.15.6) (Decreto Reglamentario)
Circular 1 de 2001 de la Superintendencia de Industria y Comercio, Título IV (Numeral 1.1) (Acto Administrativo)
8 - Solicite la autorización de integraciones empresariales
Esta autorización le permitirá al inversionista adquirir el control de una o varias empresas, o adquirir el control de una empresa en otra ya existente o para crear una nueva empresa con el fin de desarrollar actividades conjuntamente.
El régimen de competencia colombiano prevé que las integraciones o concentraciones empresariales que cumplan ciertas condiciones deben ser reportadas a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), siendo ésta la autoridad nacional de protección de la competencia.
El término integración empresarial es amplio y comprende las fusiones, adquisiciones, consolidaciones, acuerdos de colaboración o Joint Venture u otro tipo de acuerdo o transacción mediante la cual una empresa adquiere control sobre otra y cese la competencia en el mercado, mediante la consolidación de dos agentes del mercado en uno solo.
Cuando. las partes tengan en conjunto una participación inferior al 20% en el mercado relevante, la operación de integración se entiende autorizada de manera automática por virtud de la ley, pero en todo caso debe ser notificada a la SIC antes de que ésta se lleve a cabo, y la SIC se reserva el derecho de revisar los supuestos de hecho tenidos en cuenta por las partes.
Cuando las partes tengan una participación conjunta superior al 20% en el mercado relevante, la operación debe ser aprobada por la SIC para que pueda llevarse a cabo.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar la integración de empresas?
Las integraciones empresariales deben ser reportadas a la SIC cuando se cumplen los siguientes supuestos:
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Supuesto subjetivo: Que las empresas involucradas en la operación se dediquen a la misma actividad económica (integración horizontal); o que las empresas involucradas en la operación hagan parte de la misma cadena de valor (integración vertical).
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Supuesto objetivo: Que las empresas que cumplen con cualquiera de los supuestos subjetivos hayan tenido, conjunta o individualmente, ingresos operacionales superiores a 60.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (para el año 2021 COP $ 54.511.560.000; aproximadamente USD 14.833.077) en el año inmediatamente anterior a la operación; o que las empresas que cumplen con cualquiera de los supuestos subjetivos hayan tenido activos totales, conjunta o individualmente, superiores o 60.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (para el año 2021 COP $ 54.511.560.000; aproximadamente USD 14.833.077) en el año inmediatamente anterior a la operación.
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Documento de notificación
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En caso de tener poder aprobado, presentar los poderes y certificados de existencia y representación legal de todas las empresas intervinientes
Pasos
¿Qué pasos seguir para solicitar la integración de empresas?
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Reúna la documentación requerida (solicitud de pre-evaluación e información adicional si es requerida)
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Realice el pago
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Radique la solicitud ante la Superintendencia de Industria y Comercio
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite y/o servicio en línea a través de la web de la Superintendencia de Industria y Comercio SIC
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Para presentar una notificación: COP$2.620.000 (aproximadamente USD750). Para presentar una solicitud de preevaluación: COP$14.200.000 (aproximadamente USD4.100).
Si la SIC determina que la transacción presenta preocupaciones competitivas es necesario iniciar la Fase 2, que dependiendo de los ingresos operacionales o activos totales de las partes que están en proceso de integración, deben asumir tasas superiores que van desde COP$26.160.000, (aproximadamente USD7.500), hasta COP$37.380.000 (aproximadamente USD10.800).
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
135 días calendario aproximadamente
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 1340 de 2009 (Art. 9) (Ley ordinaria)
Circular 1 de 2001 de la Superintendencia de Industria y Comercio, capítulo Segundo del Título VII (Número 3) (Acto Administrativo)
Resolución 2103 de 2021
9 - Solicite la declaración de protección de denominación de origen
Una denominación de origen es el nombre o indicación de un lugar geográfico, que puede ser un país o región determinada, que designa un producto que por ser originario de dicha región y por las costumbres de producción o trasformación de sus habitantes, tiene unas características y/o reputación que lo hacen diferente de los productos semejantes provenientes de otros lugares geográficos.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar la declaración de protección de denominación de origen?
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Complete el formulario protección de denominación de origen
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Presente la reseña de las calidades, reputación u otras características esenciales de los productos designados por la denominación de origen.
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Entregue pruebas que demuestren que las cualidades o características del producto se deben exclusivamente o esencialmente al medio geográfico en el cual se produce incluidos los factores naturales o humanos.
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En caso de actuar por intermedio de apoderado, el poder en el que se haga referencia a una o más solicitudes debidamente identificadas, o a todas las solicitudes y/o registros existentes o futuros del poderdante, sin necesidad de presentación personal, autenticación o legalización.
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Descargue el recibo de pago.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
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Reúna la documentación requerida
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Realce el pago
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Radique la solicitud ante la Superintendencia de Industria y Comercio
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite y/o servicio en línea a través de la web de la Superintendencia de Industria y Comercio SIC
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Las tasas de denominación de origen se encuentran establecidas en la Resolución de Tasas. – Resolución 63360 de 2021 - $1.337.500 COP
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
La duración del trámite dependerá del tipo de producto y de proceso. Aproximadamente 240 días calendario
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decisión 486 de 2000, La comisión de la comunidad Andina. (Art. 203) (Norma Supranacional)
10 - Solicite el permiso integrado de pesca
Este procedimiento le permite obtener la autorización para ejercer la actividad integrada de pesca especialmente cuando se tiene como objeto principal la extracción y procesamiento de productos pesqueros con fines comerciales.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso integrado de pesca?
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Necesita la Cédula de ciudadanía o Cédula de extranjería
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Entregue el Registro mercantil – Cámara de Comercio local
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Realice la Carta de solicitud ante la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca – AUNAP.
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Presente el Plan de actividades, que deberá contener entre otros: tipo de pesquería y especies a capturar, lugar de operaciones y puerto de desembarque; embarcaciones: Número total, características generales. Para mayor información ingrese a: SUIT, o a AUNAP
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Presente el RUT – DIAN
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Entregue la Matrícula de la embarcación o embarcaciones cuando fueren de su propiedad
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
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Reúna documentos y cumpla con los requisitos
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Realice el pago
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Radique los documentos por correo electrónico – permisos.fomento@aunap.gov.co– formulario web, o de forma presencial en puntos de atención - AUNAP
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Notifique que recibió la respuesta por correo electrónico - notificacionespermisosdtaf@aunap.gov.co, o de forma presencial en puntos de atención - AUNAP
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
El trámite puede realizarse de manera virtual o presencial. Para mayor información consulte la página web de la AUNAP
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá de la especificidad de la solicitud, del método utilizado y de las características de la flota de embarcaciones a utilizar, de acuerdo con la Resolución 2607 de 2020 (La AUNAP actualiza las cuotas periódicamente)
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
15 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 2723 de 2021, (Art 4, 5, 6.9, 7.8, 10.1, Art 13, 13.2, 18.3)
Decreto 4181 de 2011, (Numeral 8, del Artículo 5)
Decreto 2256 de 1991, (Artículo 57 sección 7, artículos 8, 9)
Resolución 601 de 2012, (Artículos 2, 3 numeral 2, 3, 7, 8, artículos 6, 7)
Ley 13 de 1990, (Artículos 29 - 40)
Resolución 602 de 2012, (Todos)
Ley 915 de 2004, (Artículos 24 – 39)
Ley 47 de 1993, (Artículos 33 – 41)
Resolución 2607 de 2020, (Todo)
11 - Solicite el certificado de buenas prácticas de manufactura BPM
Este trámite le permite acreditar mediante certificado, que un establecimiento procesador de alimentos cumpla con las condiciones sanitarias y las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) establecidas en la legislación vigente - los principios básicos y prácticos generales de higiene en la manipulación, preparación, elaboración, envasado, almacenamiento, transporte y distribución de alimentos para consumo humano.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura?
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Complete formulario de información básica descargable en el enlace: SUIT, o en INVIMA
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Solicite liquidación del valor del trámite - Tarifa código 4029 – INVIMA. Verificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) en industrias o fábricas de alimentos y visitas pertinentes
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Realice el Pago
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Reúna la Información técnica en caso de ser solicitada
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En caso de actuar mediante apoderado, deberá presentar u poder especial con presentación personal, o u poder general elevado mediante escritura pública. Si es poder otorgado desde el exterior debe estar apostillado o certificado por notario y autenticado por cónsul de Colombia en el país de origen y con traducción oficial si viene en otro idioma.
Pasos
¿Qué pasos seguir?
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Reúna los documentos y cumplir requisitos
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Realice el pago
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Radique los documentos ante el INVIMA de manera presencial
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Reciba la visita técnica
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Notifíquese del resultado de manera presencial ante el INVIMA
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
El interesado puede obtener información y gestionar algunos pasos de manera virtual. Hay una visita técnica de por medio, y la radicación de documentos y notificación del resultado se realizan de manera presencial ante el INVIMA.
Para mayor información consulte los siguientes enlaces: SUIT; o en INVIMA
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
$6.973.734 COP
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
75 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 2022001026 de 2022, (Todos)
Decreto 1889 de 2021, (5)
Ley 2069 de 2020, (2)
Resolución 2020046413 de 2020, (Todos)
Decreto 1366 de 2020, (Todos)
Resolución 2019058384 de 2019, (Todos)
Decreto 3075 de 1997, (Título I, Artículo 2, Capítulo V, Artículo 25)
Decreto 1686 de 2012, (Todos)
Decreto 2078 de 2012, (Todos)
Decreto Ley 019 de 2012, (Artículo 9 y 26)
Ley 9 de 1979, (Artículo 576)
Ley 399 de 1997, (Todos)
Resolución 20190035791 de 2019, (Todos)
12 - Solicite la autorización de incentivos promocionales
Esta solicitud de autorización le permite imprimir, marcar o grabar en la superficie interna de un empaque o cualquier otro objeto diferente al producto, pero que tiene contacto directo con él y que tiene como finalidad promocionarlo. Este trámite se realiza ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar la autorización de incentivos promocionales?
Los interesados en utilizar los incentivos, deberán solicitar previamente a la comercialización del alimento con el incentivo, autorización ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Alimentos y Medicamentos, Invima, anexando los siguientes documentos:
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Complete la solicitud de autorización del incentivo, rótulo o etiqueta
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Presente la copia del comprobante de pago para la autorización
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Certificado de Existencia y Representación Legal (persona jurídica) o Registro Mercantil (Persona natural)
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En caso de actuar mediante apoderado, deberá presentar un poder especial con presentación personal, o un poder general elevado mediante escritura pública.
Si es poder otorgado desde el exterior debe estar apostillado o certificado por notario y autenticado por cónsul de Colombia en el país de origen y con traducción oficial si viene en otro idioma.
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Presente el documento de Informe técnico que contenga: Información del alimento, Información del incentivo, soportes técnicos y Certificación y/o Declaración emitida por el fabricante del incentivo y de su envoltura, o del rótulo o etiqueta, y por el fabricante o proveedor de las materias primas empleadas.
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Muestras físicas del alimento que contenga el incentivo a utilizar, en cantidad suficiente y necesaria para la realización de los análisis de laboratorio que se requieran;
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
-
Radique la solicitud de autorización del incentivo, rótulo o etiqueta ante el Invima con los requisitos adjuntos
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Realice el pago de tasa
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Usted puede iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite y/o servicio en línea por medio de pagos en línea ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA).
NOTA: Ante la contingencia informática que se presentó en febrero de 2022, de manera temporal la entidad ha habilitado puntos de atención presencial.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
$687.873 COP, según el manual tarifario Invima vigente.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
42 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 100 de 1993 (Art. 245) (Ley Ordinaria)
Resolución 1893 de 2001 del Ministerio de Salud (Art. 5) (Acto Administrativo)
13 - Solicite la autorización de prácticas con organismos genéticamente modificados
A través de este trámite se obtiene la autorización para adelantar las actividades de movimiento transfronterizo, tránsito, manipulación y utilización de los Organismos Genéticamente Modificados (OGM), y en particular, de los Organismos Vivos Modificados (OVM), que puedan tener efectos adversos para el medio ambiente, la diversidad biológica, los riesgos para la salud humana, la productividad y la producción agropecuaria.
Se entiende por Organismo Genéticamente Modificado (OGM). Cualquier organismo vivo que posea una combinación nueva de material genético, que se haya obtenido mediante la aplicación de la tecnología de ADN Recombinante, sus desarrollos o avances; así como sus partes, derivados o productos que los contengan, con capacidad de reproducirse o de transmitir información genética. Se incluyen dentro de este concepto los Organismos Vivos Modificados (OVM), a que se refiere el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad en la Biotecnología.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar la autorización de prácticas con organismos genéticamente modificados?
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Entregue la carta de solicitud con nombre, dirección e información del solicitante
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Reporte el nombre e identidad del Organismo Vivo Modificado – Identificador único de la OCDE
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Informo los usos aprobados del Organismo Vivo Modificado
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Realice la descripción de la modificación
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Entregue las características del vector
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Reporte los centros de origen y centros de diversidad genética
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Informe sobre organismos donantes
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Reporte el uso previsto del organismo Vivo Modificado o sus productos
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Presente el medio receptor – Información sobre ubicación, características geográficas, climáticas y ecológicas
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Reporte Métodos sugeridos para la manipulación, almacenamiento, transporte y utilización segura
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Acompañe la solicitud de un informe no confidencial en idioma castellano
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Soporte de pago de la tarifa correspondiente a través del sistema de información designado por el ICA.
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Presente el documento de gestión del riesgo
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Entregue la carta de compromiso de entrega de material del Organismo Genéticamente Modificado (OGM
Para mayor información, consulte el siguiente el enlace: ICA
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
-
Verifique la conformidad de la documentación
-
Realice el pago
-
Radique los documentos
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Este trámite puede realizarlo de manera presencial en cualquiera de las sedes a nivel nacional del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA). Para mayor información descargue el directorio de oficinas nacionales en: ICA
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite depende de la particularidad de la solicitud. Aproximadamente $1.967.683 COP. Para mayor información consulte la Base de tarifas de ICA para 2022 en el siguiente enlace: ICA
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
60 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
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Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015. (Compila el Decreto 4525 de 2005) (Art. 2.13.1.2.1, numeral 45) (Decreto Reglamentario)
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Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015. (Compila el Decreto 4525 de 2005) (Art. 2.13.7.3.6.) (Decreto Reglamentario)
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Resolución 91505 de 2021 del ICA
14 - Solicite el certificado de venta libre
El certificado de venta libre para productos de importación al país:
El certificado de venta libre del producto (CVL), es un documento expedido por la autoridad sanitaria del país de origen o quién haga sus veces, en el cual conste que el producto es apto para el consumo humano o es de venta libre en el país de origen o que el mismo está sujeto a vigilancia y control sanitario.
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Requisitos
¿Qué necesito para obtener el Certificado de Venta libre de los productos que voy a importar?
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Debe indicar el nombre del producto
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Debe informar el nombre y dirección del fabricante, con el respectivo sello de apostille o en su defecto el sello de consularización (este proceso se realiza en el país de origen del producto) y legalización (se hace ante el Ministerio de Relaciones Exteriores en Colombia).
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Si el documento proviene del exterior en idioma diferente al castellano (español), adicionalmente se debe adjuntar traducción oficial conforme con lo establecido en el Artículo 251 del Código General del Proceso.
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Finalmente, tenga en cuenta que este Certificado generado en el país de origen debe estar vigente al momento de la radicación de la solicitud.
Pasos
¿Qué pasos debo seguir para obtener el Certificado de Venta libre de los productos que voy a importar?
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Trámite los documentos requeridos ante las autoridades del país de origen
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Presente en tiempo y forma los documentos ante las autoridades colombianas
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Espere respuesta por parte de las entidades de Colombia
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Finalmente, si cumple con cada uno de los requisitos puede obtener el certificado para realizar Venta Libre del producto en el país.
El certificado de venta libre para productos de exportación
Para exportación, el trámite se realiza ante el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), específicamente para productos biológicos, veterinarios y medicamentos.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo promedio es de $$75.355 COP
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
8 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 9 de 1979 (Art. 300) (Ley Ordinaria)
Ley 100 de 1993 (Art. 245) (Ley ordinaria)
Decreto 539 de 2014 (Art. 3) (Decreto Reglamentario)
Decreto 539 de 2014 (Art. 4) (Decreto Reglamentario)
Resolución 061177 de 2020, (todos)
Decreto 1840 de 1994, (Artículo 1-2 y 9)
Ley 101 de 1993, (Artículo 65)
Decreto 4765 de 2008, (Artículo 26)
Resolución 1056 de 1996, (Todos)
Resolución 00000054 de 2020, (Artículo 14)
Resolución 62542 de 2020, (Articulo 14)
Resolución 62770 de 2020, (Artículo 14)
15 - Solicite el certificado HACCP
El Sistema HACCP (Hazard Analysis Critical Control Point) permite identificar, evaluar y controlar peligros significativos contra la inocuidad de los alimentos. El fabricante deberá implementarlo como estrategia de aseguramiento de la inocuidad de los alimentos, en los productos pesqueros y acuícolas para consumo humano, de exportación e importación.
La certificación de implementación del Sistema de Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico (HACCP) para una o varias líneas de producción o la clasificación de las plantas de beneficio animal, debe tramitarse ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima).
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el certificado HACCP?
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Complete el formulario que puede descargar en el siguiente enlace: SUIT
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Presente una certificación o concepto favorable del cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) expedido con antelación no mayor a 3 meses
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Presente el certificado de inscripción a la Cámara de comercio correspondiente
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Complete en su totalidad con la información del establecimiento, buque o motonave.
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En caso de actuar mediante apoderado, deberá presentar u poder especial con presentación personal, o u poder general elevado mediante escritura pública. Si es poder otorgado desde el exterior debe estar apostillado o certificado por notario y autenticado por cónsul de Colombia en el país de origen y con traducción oficial si viene en otro idioma.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
-
Reúna los documentos y cumplir requisitos
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Solicite liquidación y realice el pago
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Radique los documentos
-
Reciba la visita técnica
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Obtenga información de cómo gestionar algunos pasos de manera virtual, sin embargo, tenga en cuenta que se programará una visita técnica y que la radicación de documentos es presencial.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Tarifa código 4030 – resolución Invima 2022001026 14 enero 2022 $8.281.452 COP (Pago en moneda nacional)
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
60 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 2022001026 de 2022
Decreto 1889 de 2021, (5)
Ley 2069 de 2020, (2)
Resolución 2020046413 de 2020
Resolución 2019058384 de 2019
Resolución 2018035612 de 2018
Decreto 1036 de 1991
Resolución 730 de 1998
Ley 399 de 1997
Decreto Ley 019 de 2012, (Artículos 4 y 9)
Decreto 60 de 2002
Decreto 3075 de 1997, (Título II, Capítulo V, Artículo 25)
Resolución 20190035791 de 2019
16 - Solicite el certificado zoosanitario de exportación
Si su empresa va a exportar el producto debe obtener el documento que certifica el cumplimiento de los requisitos sanitarios exigidos por el país de destino de los animales, sus productos y subproductos objeto a una exportación.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el certificado?
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Verificar si existen requisitos establecidos por el país destino para los productos a exportar.
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Inscribirse ante el Sistema de Información Sanitaria para Importación y Exportación de Productos Agrícolas y Pecuarios (SISPAP)
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Reunir la documentación y requisitos necesarios para el trámite.
- Permiso o documento zoosanitario de importación – Copia
- Certificado del MV (Médico Veterinario) del ICA – Original
- Pruebas diagnósticas en animales vivos – Original
- Inscripción del predio para exportación – Original - El predio previa exportación debe estar habilitado como establecimiento para cuarentena de exportación. (si no lo está, solicitar al (ICA) la inscripción del establecimiento y recibir la visita para la habilitación del predio).
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Inscripción en la Dirección Técnica de Inocuidad e Insumos Pecuarios del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA)
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
-
Verifique que cumple con los requisitos
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Realice la solicitud del trámite
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Efectúe el pago
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Descargue el documento
Para mayor información consulte el siguiente enlace: SUIT
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede obtener información de manera virtual, sin embargo, existe una visita técnica por parte del Instituto Colombiano Agropecuario ICA para la habilitación del predio de cuarentena.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
$51.086 COP – Código de tarifa 4251 – Resolución 115712 de 2021 del ICA, que modifica la Resolución 40063 de 2018
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
2 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 5239 de 2009
Resolución 1558 de 2010
Resolución 3336 de 2004
Resolución 3761 de 2014
Resolución 5606 de 2013
Resolución 3832 de 1994S
Resolución 061177 de 2020
17 - Solicite el registro sanitario / permiso sanitario / notificación Sanitaria
Mediante este trámite se otorga el registro, permiso o notificación sanitaria para el alimento solicitado ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA), que le permite obtener la autorización para producir, comercializar, importar y exportar productos para el consumo humano.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el registro sanitario?
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Presente el formato único de registro, permiso o notificación sanitaria de alimentos – descargable en: SUIT
Nota: Debe cumplir con todos los requisitos y exigencias del formulario.
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Presente el formato registro notificación electrónica – descargable en: SUIT
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En caso de actuar por medio de apoderado, presente el poder:1 Copia del poder general y 1 Original del poder especial según el caso que aplique.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
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Ingrese al link INVIMA Virtual.
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Regístrese como usuario (si es apoderado o Representante Legal).
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Realice su solicitud adjuntando los documentos escaneados para el trámite con validación de la firma digital. En caso de no aprobación realice nuevamente la solicitud.
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El INVIMA realizará una revisión previa de los documentos y le informará por correo si la solicitud fue aprobada.
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Realice el pago en línea y espere el número de radicado.
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Notifíquese de la respuesta, puede hacer seguimiento por vía telefónica (al número fijo: +52 1 7422121)
Horario de atención: lunes a viernes 7:30 a. m. a 4:30 p. m. en jornada continua o a través de la página web del Invima
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite y/o servicio en línea por medio de la web ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA), o de manera presencial en los puntos de atención del Invima.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá del nivel de riesgo de consumo del alimento. Puede consultar la tabla de tarifas en los siguientes enlaces:
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
2 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
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Resolución 2022001026 de 2022, (Todos)
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Decreto 1889 de 2021, (5)
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Ley 2069 de 2020, (2)
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Resolución 2019058384 de 2019, (Todos)
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Decreto 612 de 2000, (Todos)
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Decreto 1270 de 2002, (Todos)
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Decreto 4764 de 2005, (Todos)
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Decreto 2078 de 2012, (Todos)
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Decreto Ley 019 de 2012, (Artículos 126)
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Ley 399 de 1997, (Todos)
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Resolución 2674 de 2013, (Artículos 37 al 47)
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Resolución 719 de 2015, (Todos)
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Resolución 20190035791 de 2019, (Todos)
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Decreto 557 de 2020, (5)
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Resolución 2020014308 de 2020, (Todos)
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Resolución 2020046413 de 2020, (Todos)
18 - Solicite el permiso de prospección exploración de aguas subterráneas
Este permiso le permite obtener el derecho de explorar terrenos en busca de aguas subterráneas para su aprovechamiento.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso?
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Necesita el Formato Único Nacional de Solicitud de Permiso de Prospección y Exploración de Aguas Subterráneas. Descárguelo en: SUIT
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Presente el plano del Instituto Geográfico Agustín Codazzi IGAC, (entidad encargada de producir el mapa oficial y la cartografía básica de Colombia), a escala 1: 10.000 señalando ubicación del predio y pozo.
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Presente el documento técnico: en original con la información que se exige en el Formato Único Nacional de solicitud de Permiso de prospección y Exploración.
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En caso de actuar por medio de apoderado, presente 1 copia del poder general o 1 original del poder especial
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En caso de no ser propietario del predio presente 1 copia de la prueba idónea de la posesión o tenencia del predio
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En caso de ser tenedor del predio presente 1 original de la autorización del propietario o poseedor del predio
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
-
Reúna los documentos y cumpla con los requisitos necesarios para el trámite
-
Radique la documentación
-
Comunique y/o notifíquese del auto de inicio del trámite
-
Presente la información adicional, en caso de que se requiera
-
Realice el pago de la evaluación
-
Reciba la visita
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
Mínimo 150 días – Máximo 360 días calendario.
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 633 de 2000, (Artículo 96)
Resolución 2202 de 2006, (Todos)
Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 4 y artículos 4, 13 al 15.)
Acuerdo 10 de 1989, (Artículos 62-64)
Resolución 1280 de 2010, (Artículos 1 -2)
Decreto 2811 de 1974, (Artículos 51, 54, 56, 57, 149-154)
Ley 99 de 1993, (Artículos 31, 66)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015. Artículos: 2.2.3.2.16.2.2.3.2.16.12
19 - Solicite la concesión de aguas subterráneas
Este trámite le permite obtener el derecho de usar o aprovechar las aguas subterráneas, tanto en predios propios como ajenos. Especialmente cuando se haga uso de cuerpos acuíferos para la operación
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso?
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Complete el Formato Único Nacional de Solicitud de Concesión de Aguas Subterráneas. Descargue el formato en el encale: SUIT
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Presente el documento con información sobre los sistemas para la captación, derivación, conducción, restitución de sobrantes, distribución y drenaje: 1 Original(es)
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Presente el diseño definitivo del pozo:1 Fotocopia
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En caso de actuar por medio de apoderado, poder:1 Copia(s) (poder general), 1 Original(es) (poder especial)
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En caso de no ser el propietario del predio, prueba idónea de la posesión o tenencia del predio:1 Fotocopia(s)
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En caso de ser tenedor del predio - autorización del propietario o poseedor del predio:1 Original(es)
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Para la prestación de servicios públicos, censo de usuarios de la fuente de la cual se pretende obtener la concesión de aguas:1 Fotocopia(s), y documento que indique los detalles de las obras:1 Original(es)
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Para refrigeración de máquinas, memoria descriptiva de las operaciones de lavado:1 Original(es) y dato exacto de la cantidad de agua que se necesita para refrigerar las máquinas:1 Fotocopia(s)
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Para uso energético, estudio de factibilidad del proyecto completo:1 Original(es)
-
Para uso industrial, estudio de factibilidad del proyecto industrial:1 Original(es)
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Para uso minero y petrolero, estudio de factibilidad del proyecto industrial:1 Original(es)
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
-
Reúna los documentos
-
Radique la documentación
-
Comunique y/o notifíquese del auto de inicio del trámite
-
Presente información adicional, en caso de requerirse
-
Realice el pago de la evaluación
-
Reciba la visita
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
El rango de tiempo para la obtención de todo el trámite oscila entre 130 y 450 días calendario.
Normatividad
Decreto 2811 de 1974, (Artículo 59 – 63, 68 y 151)
Ley 99 de 1993, (Título I, VI, VII y VIII)
Ley 633 de 2000, (Artículo 96)
Ley 962 de 2005, (Artículo 25)
Resolución 2202 de 2006, (Todos)
Resolución 1280 de 2010, (Artículo 1)
Acuerdo 10 de 1989, (Artículo 72-73,76)
Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 5, artículos 4,13-15)
Decreto 1575 de 2007, (Artículo 28)
Decreto único reglamentario 1976 de 2015.
20 - Solicite la concesión de aguas superficiales
Este trámite le permite obtener el derecho de usar o aprovechar las aguas de uso público para: abastecimiento doméstico, riego y silvicultura, abrevaderos, industrial, generación térmica de electricidad, explotación minera y tratamiento de minerales, explotación petrolera; inyección para generación geotérmica, generación hidroeléctrica, generación cinética directa, acuicultura y pesca, recreación y deportes, usos medicinales, y otros usos minerales.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar la concesión de aguas superficiales?
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Complete el formato Único Nacional de Solicitud de Concesión de Aguas Superficiales. Descargue en: SUIT
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Presente el documento con información sobre los sistemas para la captación, derivación, conducción, restitución de sobrantes, distribución y drenaje: 1 Original(es)
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En caso de actuar por medio de apoderado, poder:1 Copia(s) (poder general), 1 Original(es) (poder especial)
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En caso de no ser el propietario del predio, prueba idónea de la posesión o tenencia del predio:1 Fotocopia(s)
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En caso de ser tenedor del predio - autorización del propietario o poseedor del predio:1 Original(es)
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Para la prestación de servicios públicos, censo de usuarios de la fuente de la cual se pretende obtener la concesión de aguas:1 Fotocopia(s), y documento que indique los detalles de las obras:1 Original(es)
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Para refrigeración de máquinas, memoria descriptiva de las operaciones de lavado:1 Original(es) y dato exacto de la cantidad de agua que se necesita para refrigerar las máquinas:1 Fotocopia(s)
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Para uso energético, estudio de factibilidad del proyecto completo:1 Original(es)
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Para uso industrial, estudio de factibilidad del proyecto industrial:1 Original(es)
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Para uso minero y petrolero, estudio de factibilidad del proyecto industrial:1 Original(es)
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
-
Reúna los documentos
-
Radique la documentación
-
Comuníquese y/o notifíquese del auto de inicio del trámite
-
Presente información adicional, en caso de requerirse
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Realice el pago de la evaluación
-
Reciba la visita
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
El rango de tiempo para la obtención de todo el trámite oscila entre 180 y 450 días calendario.
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decreto 2811 de 1974, (Artículo 50 -63, 77 - 163)
Decreto 1575 de 2007, (Artículo 28)
Ley 99 de 1993, (Título I, VI, VII y VIII)
Ley 633 de 2000, (Artículo 96)
Ley 962 de 2005, (Artículo 25)
Resolución 2202 de 2006, (Todos)
Resolución 1280 de 2010, (Artículo 1)
Acuerdo 10 de 1989, (Artículos 13, 33-34,59)
Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 6, artículos 4, 13-15)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015.
21 - Solicite el permiso de ocupación de cauces, playas y lechos
Este trámite corresponde a la autorización permanente o transitoria para la construcción de obras que ocupen el cauce de una corriente o depósito de agua. Se requerirá cuando el proyecto de la empresa requiera obras, vertimientos o cruce en playas, cauces o lechos.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso?
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Complete el formulario Único Nacional de Solicitud de Ocupación de Cauces, Playas y Lechos. Descargue en: SUIT
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Entregue el plano de localización de la fuente hídrica en el área de influencia: 1 Fotocopia(s)
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Entregue los planos y memorias de cálculo estructural e hidráulico de las obras necesarias para la captación, control, conducción, almacenamiento o aprovechamiento del cauce: 1 Fotocopia(s)
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En caso de actuar por medio de apoderado, poder:1 Copia(s) (poder general), 1 Original(es) (poder especial)
-
En caso de ser tenedor del predio - autorización del propietario o poseedor del predio:1 Original(es)
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
-
Reúna los documentos descritos en los requisitos
-
Radique la documentación
-
Comunique y/o notifíquese del auto de inicio del trámite
-
Presente la información adicional, en caso de requerirse
-
Realice el pago de la evaluación
-
Reciba la visita
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
El rango de tiempo total para la obtención de este trámite es de mínimo 150 días y máximo 360 días calendario
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 99 de 1993, (Artículos 31, 66)
Acuerdo 10 de 1989, (Artículos 107 -111)
Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 9 y artículos 4, 13-15.)
Resolución 2202 de 2006, (Todos)
Ley 633 de 2000, (Artículo 96)
Decreto 1541 de 1978, (Artículos 87 - 97, 104 - 106 y 183 - 204)
Decreto 2811 de 1974, (Artículos 102 - 105 y 119 - 145)
Resolución 1280 de 2010, (Artículos 1 - 2)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015.
22 - Solicite el permiso de vertimientos
Este permiso se solicita para descargar vertimientos en las fuentes superficiales de aguas, o en el suelo asociado a un terreno rocoso permeable dispuesto bajo la superficie.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso?
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Complete el formato Único Nacional de Solicitud de Permiso de Vertimientos. Descargue el formato en el enlace: http://visor.suit.gov.co/VisorSUIT/index.jsf?FI=18744
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Presente el documento técnico (1) original (es), que contenga: la ubicación, descripción de la operación del sistema, memorias técnicas y diseños de ingeniería conceptual y básica
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Presente el plano donde se identifique origen, cantidad y localización geo-referenciada de las descargas al cuerpo de agua o al suelo: 1 Fotocopia(s)
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Presente la caracterización del vertimiento (1) original (es)
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Presente el certificado de uso de suelo: 1 Original(es)
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Presente el plan de Gestión del Riesgo para el Manejo del Vertimiento: 1 Original(es)
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En caso de actuar por medio de apoderado, poder:1 Copia(s) (poder general), 1 Original(es) (poder especial)
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En caso de no ser el propietario del predio, prueba idónea de la posesión o tenencia del predio:1 Fotocopia(s)
-
En caso de ser tenedor del predio - autorización del propietario o poseedor del predio:1 Original(es)
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
-
Reúna los documentos
-
Radique la documentación
-
Comunique y/o notifíquese del auto de inicio del trámite
-
Presente la información adicional, en caso de requerirse
-
Realice el pago de la evaluación
-
Reciba la visita
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
El rango de tiempo total para la obtención de este trámite es de mínimo 150 días y máximo 360 días calendario
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 99 de 1993, (Artículos 31 numeral 9, 66)
Ley 1955 de 2019, (Artículo 13)
Decreto 50 de 2018, (9,10)
Ley 633 de 2000, (Artículo 96)
Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 7 y artículo 4, 13-15)
Resolución 631 de 2015, (Todos)
Resolución 2202 de 2006, (Artículos 1 - 5)
Decreto 2811 de 1974, (Artículos 5, 134 numeral e, 191, 336)
Resolución 1280 de 2010, (Artículos 1 - 2)
Resolución 1514 de 2012, (Artículos 1 - 6)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015.
23 - Regístrese en el sistema de Información Sobre Uso de Recursos Naturales Renovables
El objetivo de este registro es obtener información estandarizada sobre el uso, aprovechamiento o afectación de los recursos naturales renovables por las actividades del sector manufacturero. Se realiza ante el Instituto de Hidrología, Meteorología y estudios Ambientales - IDEAM
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el registro?
Necesita completar la solicitud de inscripción en el Registro Único Ambiental RUA.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
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Descargue y diligencie el anexo 2 de la Resolución 1023 de 2010,
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Radique el anexo ante la autoridad ambiental competente donde esté ubicado el establecimiento (CAR)
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La autoridad tendrá 15 días hábiles para notificar el usuario y contraseña
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Ingrese y reporte, ya sea por el portal web del IDEAM o la Autoridad Ambiental - http://rua-respel.ideam.gov.co/mursmpr/index.php?tab=3
Nota: Los establecimientos con licencia ambiental o plan de manejo ambiental, que hayan sido expedidos por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales- ANLA, deberán tramitar la inscripción ante esta entidad
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
El interesado puede realizar la inscripción en línea, en la página del
IDEAM
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Sin costo
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
21 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
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Ley 99 de 1993 (Art. 5) (Ley Ordinaria)
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Decreto 2041 de 2014 (Art. 48)
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Resolución 1023 de 2010 del Minambiente (Art. 3 y Art. 4) (Acto Administrativo)
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Resolución 941 de 2009
24 - Realice la inscripción en el registro de generadores de residuos o desechos peligrosos
Si la actividad a desarrollar en el país como persona o empresa genera residuos o desechos peligrosos mayores a 10 kilogramos al mes, deberá inscribirse y obtener el registro de generadores de residuos o desechos peligrosos - RESPEL
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Requisitos
¿Qué necesito para realizar la inscripción?
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Realice la solicitud de Inscripción en el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos - RESPEL: 1 Original(es), ante la autoridad ambiental competente de la región en donde se instala la operación (CAR)
Pasos
¿Qué pasos seguir?
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Reúna los documentos y cumpla con los requisitos para el trámite
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Radique la documentación requerida
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
El interesado puede realizar la inscripción en línea, en la página del IDEAM
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Sin costo
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
15 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 99 de 1993, (Artículo 31)
Ley 1252 de 2008, (Todos)
Resolución 043 de 2007, (Todos)
Resolución 1362 de 2007, (Artículo 1 – 7, anexo 1 y 2)
Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 20 y artículos 4, 13-15.)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015. Artículos: 2.2.6.1.6.2
25 - Solicite el registro como productor de camarón y peces para consumo humano
Si va a producir camarón o peces para consumo humano destinados a la exportación, debe realizar el registro de los productores, como medida preventiva, de vigilancia y control de los riesgos químicos y biológicos en la producción y que pueden afectar la salud humana y animal, y la competitividad de los productos de acuicultura en el comercio internacional.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el registro?
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Realice la solicitud de forma escrita: 1 Original(es), la cual debe contener: a) Nombre y apellidos del propietario o representante legal, cédula de ciudadanía o NIT, dirección y teléfono. b) Nombres, apellidos y matrícula del profesional responsable del manejo sanitario de la explotación. c) Nombre de la finca o predio. d) Ubicación geográfica (departamento, municipio y vereda). e) Especies cultivadas. f) Fases de producción que se desarrollan en la explotación.
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Presente el Acto administrativo que otorga el permiso para el ejercicio de la actividad acuícola: 1 Fotocopia(s), expedido por el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (INCODER).
NOTA: Este trámite se realiza ante el Instituto Colombiano Agropecuario – ICA
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
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Radique la solicitud y la documentación en la Dirección Técnica de sanidad de la entidad
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Atienda la visita de inspección
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Sin costo
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
60 días calendario
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 101 de 1993 (Art. 65) (Ley ordinaria)
Decreto 1840 de 1994 (Art.6-7.9) (Decreto reglamentario)
Resolución 1414 de 2006, del Instituto Colombiano Agropecuario (Art.3) (Acto administrativo)