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Descripción de alcance del subsector

¿Qué es el subsector cárnico?

El sector de Carne Bovina se compone principalmente de tres eslabones: producción primaria (que se desarrolla en los predios o fincas), frigoríficos (plantas de beneficio que producen carne en canal, deshuesada y subproductos cárnicos) e industria cárnica (que fabrica embutidos o derivados cárnicos para comercializar y distribuir).


Descripción del trámite y procedimientos administrativos

¿Por qué invertir en el subsector cárnico?

Colombia cuenta con una ubicación geográfica privilegiada, lo que le permite tener gran variedad de pisos térmicos que van desde el nivel del mar hasta regiones de páramo, esto permite la explotación de diferentes razas bovinas como Aberdeen Angus, Charolais, o aquellas resultantes de cruces de las anteriores como la raza cebú: Santa Gertrudis, Brangus y Charbray, o la raza criolla, las cuales son productoras de carne, leche y doble propósito; por tanto, está en la capacidad de atender el crecimiento poblacional y económico que incrementa la demanda nacional e internacional de carne.

Por la disponibilidad de tierras fértiles y de agua dulce, el país cuenta con potencial de crecimiento en su inventario ganadero, por lo que podría desarrollarse en el mercado internacional. Con aproximadamente 28,2 millones de bovinos, Colombia tiene el cuarto hato ganadero más grande de América Latina. El inventario bovino y la genética del ganado son la base de la potencialidad de la carne bovina colombiana. Se concentra en los departamentos de Antioquia (11,3%), Caquetá (7,9%), Meta (7,7%), Casanare (7,6%) y Córdoba (7,6%)

Las exportaciones colombianas de carne bovina presentaron un crecimiento del 117% en la última década, alcanzando un valor de USD 75,9 millones durante este periodo. Cabe destacar que Colombia cuenta con puertos marítimos en el mar Caribe y en el océano Pacífico, permitiendo así facilidades logísticas con infraestructura de cadena de frío para la exportación de la carne bovina.

Fuentes:

ICA – 2020. https://www.ica.gov.co/areas/pecuaria/servicios/epidemiologia-veterinar

FAO – 2020. http://www.fao.org/faostat/es/#home

1 - Solicite el permiso de prospección exploración de aguas subterráneas

Este permiso le permite obtener el derecho de explorar la existencia y la viabilidad de aprovechar en el futuro las aguas subterráneas. Dicho permiso no le confiere la concesión para el aprovechamiento de aguas subterráneas, por lo tanto, una vez obtenga la viabilidad de esta solicitud deberá adelantar el trámite de solicitud de concesión de aguas Subterráneas

Requisitos
Requisitos

¿Qué necesito para solicitar el permiso?

  1. Descargue y diligencie el Formato Único Nacional de Solicitud de Permiso de Prospección y Exploración de Aguas Subterráneas.

  2. Descargue y diligencie la lista de chequeo Trámite Ambiental Solicitud Permiso Prospección o Exploración según sea el caso

  3. Presente el plano del Instituto Geográfico Agustín Codazzi IGAC, (entidad encargada de producir el mapa oficial y la cartografía básica de Colombia), a escala 1: 10.000 señalando ubicación del predio y pozo.

  4. Presente el documento técnico: en original con la información que se exige en el Formato Único Nacional de solicitud de Permiso de prospección y Exploración.

  5. En caso de actuar por medio de apoderado, presente 1 copia del poder general o 1 original del poder especial

  6. En caso de no ser propietario del predio presente 1 copia de la prueba idónea de la posesión o tenencia del predio

  7. En caso de ser tenedor del predio presente 1 original de la autorización del propietario o poseedor del predio.

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?

 

  1. Reúna los documentos y cumpla con los requisitos necesarios para el trámite

  2. Radique la documentación

  3. Comunique y/o notifíquese del auto de inicio del trámite

  4. Presente la información adicional, en caso de que se requiera

  5. Realice el pago de la evaluación ((solicite liquidación en los puntos de atención o por el auto liquidador de la Secretaría Distrital para operaciones en Bogotá)

  6. Reciba la visita

  7. Notifíquese de la respuesta

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.

Si el trámite es para instalar operaciones en la ciudad de Bogotá, solicite el recibo de liquidación en los puntos de atención o realice la descarga por el Autoliquidador de la Secretaría Distrital de Ambiente ingresando al módulo color azul claro de nombre "Calidad del aire, auditiva y visual" luego en botón "Liquidador para evaluación de permisos prospección y exploración de aguas subterráneas".

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

80 días laborales

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

Decreto 2811 de 1974 (Artículos 51, 54, 56, 57, 149-154)

Acuerdo 10 de 1989 (Artículos 62-64)

Ley 633 de 2000 (Artículo 96)

Ley 99 de 1993 (Artículos 31, 66)

Resolución 815 de 1997

Resolución 2202 de 2006 (Todos)

Acuerdo 23 de 2009 (Artículo 2 numeral 4 y artículos 4, 13 al 15.)

Resolución 1280 de 2010 (Artículo 1-2)

Resolución 5589 de 2011

Resolución 00288 de 2012

Decreto único reglamentario 1076 de 2015 (Libro 2, parte 2, título 3, capítulo 2, sección 16, artículos 2.2.3.2.16.4 - 2.2.3.2.16.12)

2 - Solicite la concesión de aguas subterráneas

Este trámite le permite obtener el derecho de usar o aprovechar las aguas subterráneas, tanto en predios propios como ajenos, para ser utilizados en diferentes procesos productivos.
Requisitos
Requisitos

 ¿Qué necesito para solicitar el permiso?

  1. Complete el Formato Único Nacional de Solicitud de Concesión de Aguas Subterráneas.

  2. Presente el documento con información sobre los sistemas para la captación, derivación, conducción, restitución de sobrantes, distribución y drenaje en original(es), así como el documento con las anotaciones adicionales sobre las inversiones, cuantía de estas y término en el cual se van a realizar. (según lo establecido en el artículo 152 del Decreto 1541 de 1978)

  3. Presente el diseño definitivo del pozo:1 Fotocopia

  4. En caso de actuar por medio de apoderado, poder:1 Copia(s) (poder general), 1 Original(es) (poder especial)

  5. En caso de no ser el propietario del predio, prueba idónea de la posesión o tenencia del predio:1 Fotocopia(s)

  6. En caso de ser tenedor del predio - autorización del propietario o poseedor del predio:1 Original(es)

  7. Para la prestación de servicios públicos, censo de usuarios de la fuente de la cual se pretende obtener la concesión de aguas:1 Fotocopia(s), y documento que indique los detalles de las obras:1 Original(es)

  8. Para refrigeración de máquinas, memoria descriptiva de las operaciones de lavado:1 Original(es) y dato exacto de la cantidad de agua que se necesita para refrigerar las máquinas:1 Fotocopia(s)

  9. Para uso energético, estudio de factibilidad del proyecto completo:1 Original(es) y estudio ecológico y ambiental

  10. Para uso industrial, estudio de factibilidad del proyecto industrial:1 Original(es) y estudio ecológico y ambiental

  11. Para uso minero y petrolero, estudio de factibilidad del proyecto industrial:1 Original(es)

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?

 

  1. Reúna los documentos

  2. Radique la documentación

  3. Comunique y/o notifíquese del auto de inicio del tramite

  4. Presente información adicional, en caso de requerirse

  5. Realice el pago de la evaluación (solicite liquidación en los puntos de atención o por el auto liquidador de la Secretaría Distrital para operaciones en Bogotá)

  6. Reciba la visita donde ser verificarán las condiciones de la fuente hídrica, del predio beneficiario y demás información suministrada por el solicitante, de acuerdo con la normatividad ambiental vigente.

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.

Si el trámite es para instalar operaciones en la ciudad de Bogotá, solicite el recibo de liquidación en los puntos de atención o realice la descarga por el Autoliquidador de la Secretaría Distrital de Ambiente ingresando al módulo color azul claro de nombre "Calidad del aire, auditiva y visual" luego en botón "Liquidador para evaluación de permisos de concesión de aguas subterráneas".

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

180 días laborales

Normatividad
Normatividad

Decreto 2811 de 1974, (Artículo 59 – 63, 68 y 151)

Decreto único reglamentario 1076 de 2015 (Libro 2, Parte 2, Título 3, Capítulo 2, Sección 10, Último(s)-dígito(s) 1, 10 11, 12, 13,14,15,16,17,18, 19, 2, 20, 3, 4, 5, 6, 7, 8,9, 21,)

Ley 99 de 1993, (Título I, VI, VII y VIII)

Ley 633 de 2000, (Artículo 96)

Ley 962 de 2005, (Artículo 25)

Resolución 2202 de 2006, (Todos)

Decreto 1575 de 2007, (Artículo 28)

Resolución 1280 de 2010, (Artículo 1)

Decreto único reglamentario 1076 de 2015.

3 - Solicite la concesión de aguas superficiales

Este trámite le permite obtener el derecho de usar o aprovechar las aguas de uso público para: abastecimiento doméstico, riego y silvicultura, abrevaderos, industrial, generación térmica de electricidad, explotación minera y tratamiento de minerales, explotación petrolera; inyección para generación geotérmica, generación hidroeléctrica, generación cinética directa, acuicultura y pesca, recreación y deportes, usos medicinales, y otros usos minerales.
Requisitos
Requisitos

 ¿Qué necesito para solicitar la concesión de aguas superficiales?

  1. Complete el formato Único Nacional de Solicitud de Concesión de Aguas Superficiales.

  2. Presente el documento con información sobre los sistemas para la captación, derivación, conducción, restitución de sobrantes, distribución y drenaje: 1 Original(es), así como el documento con las anotaciones adicionales sobre las inversiones, cuantía de estas y término en el cual se van a realizar.

  3. En caso de actuar por medio de apoderado, poder:1 Copia(s) (poder general), 1 Original(es) (poder especial)

  4. En caso de no ser el propietario del predio, prueba idónea de la posesión o tenencia del predio:1 Fotocopia(s)

  5. En caso de ser tenedor del predio - autorización del propietario o poseedor del predio:1 Original(es)

  6. Para la prestación de servicios públicos, presente documento que indique la extensión y el número de predios o de habitantes que se proyecta beneficiar, el plazo dentro del cual se dará al servicio y la reglamentación de este.

  7. Para refrigeración de máquinas, memoria descriptiva de las operaciones de lavado:1 Original(es) y dato exacto de la cantidad de agua que se necesita para refrigerar las máquinas:1 Fotocopia(s)

  8. Para uso energético, estudio de factibilidad del proyecto completo:1 Original(es)

  9. Para uso industrial, estudio de factibilidad del proyecto industrial:1 Original(es)

  10. Para uso minero y petrolero, estudio de factibilidad del proyecto industrial:1 Original(es)

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?

 

  1. Reúna los documentos

  2. Radique la documentación

  3. Comuníquese y/o notifíquese del auto de inicio del trámite

  4. Presente información adicional, en caso de requerirse

  5. Realice el pago de la evaluación (solicite liquidación en los puntos de atención o por el auto liquidador de la Secretaría Distrital para operaciones en Bogotá)

  6. Reciba la visita donde se verificarán las condiciones de la fuente hídrica, del predio beneficiario y demás información suministrada por el solicitante, de acuerdo con la normatividad ambiental vigente.

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

 

Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.

Si el trámite es para instalar operaciones en la ciudad de Bogotá, solicite el recibo de liquidación en los puntos de atención o realice la descarga por el Autoliquidador de la Secretaría Distrital de Ambiente ingresando al módulo color azul claro de nombre "Calidad del aire, auditiva y visual" luego en botón "Liquidador para evaluación de permisos de concesión de aguas superficiales".

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

120 días laborales

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

 

Decreto 2811 de 1974, (Artículo 50 -63, 77 - 163)

Decreto 1575 de 2007, (Artículo 28)

Ley 99 de 1993, (Título I, VI, VII y VIII)

Ley 633 de 2000, (Artículo 96)

Ley 962 de 2005, (Artículo 25)

Ley 99 de 1993 (Título I, VI, VII y VIII)

Resolución 2202 de 2006, (Todos)

Resolución 1280 de 2010, (Artículo 1)

Decreto único reglamentario 1076 de 2015

4 - Solicite el permiso de ocupación de cauces, playas y lechos

Este trámite corresponde a la autorización permanente o transitoria para la ejecución de obras que ocupen el cauce de una corriente o depósito de agua. Se requerirá cuando el proyecto de la empresa requiera obras, vertimientos o cruce en playas, cauces o lechos.
Requisitos
Requisitos

 ¿Qué necesito para solicitar el permiso?

  1. Descargue y Complete el formulario Único Nacional de Solicitud de Ocupación de Cauces, Playas y Lechos.

  2. Descargue y complete el formulario de solicitud permiso de ocupación de cauce, playas y lechos lista de chequeo según sea el caso

  3. Entregue certificado de existencia y representación legal o documento que haga sus veces (no mayor a tres meses previo a la solicitud)

  4. Entregue el plano de localización de la fuente hídrica en el área de influencia: 1 Fotocopia(s)

  5. Entregue los planos y memorias de cálculo estructural e hidráulico de las obras necesarias para la captación, control, conducción, almacenamiento o aprovechamiento del cauce: 1 Fotocopia(s)

  6. En caso de actuar por medio de apoderado, poder:1 Copia(s) (poder general), 1 Original(es) (poder especial)

  7. En caso de ser tenedor del predio - autorización del propietario o poseedor del predio:1 Original(es)

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?

 

  1. Reúna los documentos descritos en los requisitos

  2. Radique la documentación

  3. Comunique y/o notifíquese del auto de inicio del tramite

  4. Presente la información adicional, en caso de requerirse

  5. Realice el pago de la evaluación (solicite liquidación en los puntos de atención o por el auto liquidador de la Secretaría Distrital para operaciones en Bogotá)

  6. Reciba la visita técnica donde se verificará que la obra o construcción este ocupando el cauce que se solicitó.

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.

Si el trámite es para instalar operaciones en la ciudad de Bogotá, solicite el recibo de liquidación en los puntos de atención o realice la descarga por el Autoliquidador de la Secretaría Distrital de Ambiente ingresando al módulo color azul claro de nombre "Calidad del aire, auditiva y visual" luego en botón "Liquidador para evaluación de permisos de ocupación de cauces, playas y lechos".

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

60 días laborales

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

 

Ley 99 de 1993, (Artículos 31, 66)

Acuerdo 10 de 1989, (Artículos 107 -111)

Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 9 y artículos 4, 13-15.)

Resolución 2202 de 2006, (Todos)

Ley 633 de 2000, (Artículo 96)

Decreto 1541 de 1978, (Artículos 87 - 97, 104 - 106 y 183 - 204)

Decreto 2811 de 1974, (Artículos 102 - 105 y 119 - 145)

Decreto único reglamentario 1076 de 2015 (Libro 2, parte 2, título 3, capítulo 2, sección 12, artículo 2.2.3.2.12.1 - 2.2.3.2.12.1.3; Libro 2, parte 2, título 3, capítulo 2, sección 19, artículos 2.2.3.2.19.1 - 2.2.3.2.19.17)

Resolución 1280 de 2010, (Artículos 1 - 2)

Decreto único reglamentario 1076 de 2015

5 - Solicite el permiso de vertimientos

Este permiso se solicita para descargar vertimientos en las fuentes superficiales de aguas, o en el suelo asociado a un terreno rocoso permeable dispuesto bajo la superficie.
Requisitos
Requisitos

 ¿Qué necesito para solicitar el permiso?

  1. Presente ante la Secretaría Distrital de Ambiente, una solicitud que contenga la lista de chequeo de trámite según sea el caso.

  2. Complete el formato Único Nacional de Solicitud de Permiso de Vertimientos. Descargue el formato

  3. Presente el documento técnico (1) original (es), que contenga: la ubicación, descripción de la operación del sistema, memorias técnicas y diseños de ingeniería conceptual y básica

  4. Presente el plano donde se identifique origen, cantidad y localización geo-referenciada de las descargas al cuerpo de agua o al suelo: 1 Fotocopia(s)

  5. Presente la caracterización del vertimiento (1) original (es)

  6. Presente el certificado de uso de suelo: 1 Original(es)

  7. Evaluación ambiental del vertimiento

  8. Presente el plan de Gestión del Riesgo para el Manejo del Vertimiento: 1 Original(es)

  9. En caso de actuar por medio de apoderado, poder:1 Copia(s) (poder general), 1 Original(es) (poder especial)

  10. En caso de no ser el propietario del predio, prueba idónea de la posesión o tenencia del predio:1 Fotocopia(s)

  11. En caso de ser tenedor del predio - autorización del propietario o poseedor del predio:1 Original(es)

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?

 

  1. Reúna los documentos

  2. Radique la documentación

  3. Comunique y/o notifíquese del auto de inicio del trámite

  4. Presente la información adicional, en caso de requerirse

  5. Realizar la descarga por el Autoliquidador  de la Secretaría Distrital de Ambiente y siga las instrucciones para realizar la liquidación del trámite (para el caso de Bogotá)

  6. Realice el pago de la evaluación

  7. Reciba la visita

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

 

Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

87 días laborales

 

Si el trámite es para instalar operaciones en la ciudad de Bogotá, solicite el recibo de liquidación en los puntos de atención o realice la descarga por el Autoliquidador de la Secretaría Distrital de Ambiente ingresando al módulo color azul claro de nombre "Calidad del aire, auditiva y visual" luego en botón "Liquidador para evaluación de permisos de vertimientos".

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

Resolución 1514 de 2012, (Artículos 1 - 6)

Resolución 1280 de 2010, (Artículos 1 - 2)

Decreto 2811 de 1974, (Artículos 5, 134 numeral e, 191, 336)

Resolución 2202 de 2006, (Artículos 1 - 5)

Resolución 631 de 2015, (Todos)

Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 7 y artículo 4, 13-15)

Ley 633 de 2000, (Artículo 96)

Decreto 50 de 2018, (9,10)

Ley 1955 de 2019, (Artículo 13)

Ley 99 de 1993, (Artículos 31 numeral 9, 66)

Decreto único reglamentario 1076 de 2015. 

6 - Regístrese en el sistema de Información Sobre Uso de Recursos Naturales Renovables

El objetivo de este registro es obtener información estandarizada sobre el uso, aprovechamiento o afectación de los recursos naturales renovables por las actividades del sector manufacturero.

La información capturada en este registro debe ser actualizada anualmente por los usuarios (según lo contemplado en el artículo 3ro de la Resolución 1023 de 2010) antes del 31 de marzo, de esta forma la Autoridad Ambiental realiza el proceso de revisión y validación de la información para y la remite al IDEAM (Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales) con el fin de apoyar a las Autoridades Ambientales en el control, seguimiento y los análisis que de allí se generan.

Requisitos
Requisitos

 ¿Qué necesito para solicitar el registro?

●        Complete la solicitud de inscripción mediante el aplicativo RUA Registro Único Ambiental

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?

 

●        Descargue y diligencie el anexo 2 de la Resolución 1023 de 2010,

●        Radique el anexo ante la autoridad ambiental competente donde esté ubicado el establecimiento (CAR)

●        La Autoridad tendrá 15 días laborales para notificar el usuario y contraseña

●        Ingrese y reporte, ya sea por el portal web del IDEAM o la Autoridad Ambiental

 

Nota: Los establecimientos con licencia ambiental o plan de manejo ambiental, que hayan sido expedidos por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales- ANLA, deberán tramitar la inscripción ante esta entidad

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

 

El interesado puede realizar la inscripción en línea, en la página del IDEAM

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

Sin costo

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

21 días laborales

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

Ley 99 de 1993 (Art. 5) (Ley Ordinaria)

Decreto 2041 de 2014 (Art. 48)

Resolución 1023 de 2010 del Minambiente (Art. 3 y Art. 4) (Acto Administrativo)

Resolución 941 de 2009

7 - Realice la inscripción en el registro de generadores de residuos o desechos peligrosos

Esta inscripción la debe realizar toda persona natural o jurídica que desarrolle cualquier tipo de actividad que genere residuos o desechos peligrosos, excepto los que generen una cantidad inferior a 10.000 kg/mes.
Requisitos
Requisitos

 ¿Qué necesito para realizar la inscripción?

  1. Realice la solicitud de Inscripción en el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos - RESPEL: 1 Original(es), ante la autoridad ambiental competente de la región en donde se instala la operación (CAR)

Nota: para la Ciudad de Bogotá, descargue y complete la Carta de solicitud y la Lista de chequeo.

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir?

 

  1. Reúna los documentos y cumpla con los requisitos para el trámite

  2. Radique la documentación requerida

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

El interesado puede realizar la inscripción en línea a través de la página de la CAR o de manera presencial en los puntos de atención de la regional.

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

Sin costo

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

15 días laborales

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

 

Ley 99 de 1993, (Artículo 31)

Ley 1252 de 2008, (Todos)

Resolución 043 de 2007, (Todos)

Resolución 1362 de 2007, (Artículo 1 – 7, anexo 1 y 2)

Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 20 y artículos 4, 13-15.)

Decreto único reglamentario 1076 de 2015. Artículos: 2.2.6.1.6.2

8 - Solicite el permiso de emisión atmosférica para fuentes fijas

Si la actividad de su empresa va a generar emisiones atmosféricas por encima de los niveles estipulados por la ley, deberá obtener el permiso que concede la CAR (Corporación Autónoma Regional), para que una persona o empresa pueda realizar emisiones al aire dentro de los límites permisibles establecidos en las normas ambientales.
Requisitos
Requisitos

 ¿Qué necesito para solicitar el permiso de emisión atmosférica?

  1. Complete el Formulario Único Nacional de Solicitud de Permiso de Emisiones Atmosféricas Fuentes Fijas.

  2. Presente el Certificado uso del suelo que emiten las Alcaldías de acuerdo con el POT (Plan de Ordenamiento Territorial)

  3. Entregue el documento que contenga la información meteorológica básica del área afectada por las emisiones: 1 Original(es).

  4. Entregue el documento original que contenga la descripción de las obras, procesos y actividades de producción, mantenimiento, tratamiento, almacenamiento o disposición que generen las emisiones, así como los planos que dichas descripciones requieran.

  5. Entregue el documento en original con el Flujograma, donde se indique y caracterice los puntos de emisión al aire; ubicación y cantidad de los puntos de descarga al aire; descripción y planos de los ductos, chimeneas o fuentes dispersas; además proporcione indicación de los materiales, medidas y características técnicas.

  6. Presente el documento en original con la información técnica sobre producción prevista o actual, proyectos de expansión, proyecciones de producción y cambios de tecnología, todo proyectado a 5 años.

  7. Tenga el documento en original de la Evaluación de las emisiones, de sus procesos de combustión o producción, y con anotaciones adicionales que contengan información sobre consumo de materias primas, combustibles y otros materiales utilizados.

  8. Demuestre en Fotocopia los planos del diseño de los sistemas de control de emisiones atmosféricas existentes o proyectados, con anotaciones adicionales de su ubicación y un informe de ingeniería.

  9. Presente el documento en Fotocopia de la Plancha IGAC (Instituto Geográfico Agustín Codazzi),  es decir el  plano a escala que emite esta entidad.

  10. Si actúa por medio de un apoderado presente el documento del Poder en formato Original.

  11. En caso de no ser propietario del predio, presente una fotocopia de la prueba idónea de la posesión o tenencia del predio.

  12. En caso de ser tenedor del predio, presente en documento original la autorización del propietario o poseedor del predio.

  13. Haga entrega del documento original del Estudio Técnico de Dispersión que aplica para los casos de refinerías de petróleos, fábrica de cementos, plantas químicas y petroquímicas, siderúrgicas, quemas abiertas controladas en actividades agroindustriales, y plantas termoeléctricas.

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?

 

  1. Reúna los documentos anteriores de manera presencial en los puntos de atención de la CAR, a través de correo electrónico o a través de VITAL.

  2. Radique los documentos

  3. Verifique y notifique el inicio del trámite ante la autoridad competente

  4. Presente la información adicional, en caso de requerirse

  5. Realice el pago de la evaluación

  6. Reciba la visita del representante de la CAR (Corporación Autónoma Regional) donde se verificará que se cumplan con los límites máximos de emisiones atmosféricas de acuerdo con lo establecido en la Resolución 909 de 2008.

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

Adquiera información de cómo gestionar algunos pasos de manera virtual a través de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales y de las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR).

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

Si el trámite es para instalar operaciones en la ciudad de Bogotá, solicite el recibo de liquidación en los puntos de atención o realice la descarga por el Autoliquidador de la Secretaría Distrital de Ambiente ingresando al módulo color azul claro de nombre "Calidad del aire, auditiva y visual" luego en botón "Liquidador para evaluación de permisos de emisiones para fuentes fijas".

La Tarifa de Evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los Honorarios, Viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

85 días laborales

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

Decreto 2811 de 1974, (Artículo 73 - 76)

Ley 99 de 1993, (Artículo 31)

Ley 633 de 2000, (Artículo 96)

Ley 962 de 2005, (Artículo 25)

Resolución 619 de 1997, (Todos)

Resolución 2202 de 2006, (Todos)

Resolución 909 de 2008, (Todos)

Resolución 1280 de 2010, (Artículo 1)

Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 14 y artículos 4, 13-15.)

Decreto único reglamentario 1076 de 2015. Artículos: 2.2.5.1.7.2.2.5.1.7.7

9 - Solicite la certificación de Buenas Prácticas Ganaderas

El certificado se genera para incentivar a los productores, gremios y propietarios de predios pecuarios o agrícolas a implementar las Buenas Prácticas Ganaderas o Agrícolas y es un mecanismo para minimizar los riesgos sanitarios, fitosanitario en la producción de alimentos inocuos y el acceso de productos en mercados extranjeros.
Requisitos
Requisitos

 ¿Qué necesito para obtener la Certificación de Buenas Prácticas Ganaderas?

  1. Realice la solicitud de la certificación completando el Formulario 3-958 ante las oficinas regionales del ICA

  2. Si requiere la visita de auditoría para obtener la certificación oficial debe presentar:

  1. Presente copia de la cédula de ciudadanía, cédula de extranjería (si aplica) o RUT, si se trata de una persona natural o informar el nombre de la empresa y el NIT si es persona jurídica.

  2. Acredite la propiedad, posesión o tenencia del predio productor.

  3. Demuestre mediante documento la asistencia técnica al predio, por parte de un ingeniero agrónomo y copia de la tarjeta profesional vigente.

  4. Indique el croquis de llegada y plano del predio, aclarando las áreas destinadas al cultivo y especies.

  5. Presente el certificado del uso del suelo expedido por la autoridad competente.

  6. Dé a conocer el análisis microbiológico de aguas provenientes de las fuentes utilizadas en las labores del predio, con una vigencia no mayor a un año.

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir para obtener la Certificación de Buenas Prácticas Ganaderas?

  1. Reúna la documentación necesaria

  2. Realice la solicitud ante el ICA

  3. Coordine la visita de verificación

  4. Atienda y reciba la visita

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

Puede obtener información y gestionar algunos pasos de manera virtual a través de la Ventanilla Única de Trámites VUT, o ante las oficinas del ICA de su jurisdicción, pero hay una visita técnica exigida por las entidades participantes.

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

Sin costo

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

30 días laborales

Nota: en caso de existir observaciones es necesario dar un tiempo de espera para que el solicitante las resuelva y volver a coordinar la visita de validación de las acciones implementadas.

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

 

Resolución 082394 de 2020, (Todos)

Resolución 76509 de 2020, (Todos)

Resolución 068167 de 2020, (Todos)

Resolución 067449 de 2020, (Todos)

Resolución 7953 de 2017, (Todos)

Decreto 20277 de 2018, (Todos)

Decreto 3411 de 2008, (Todos)

10 - Solicite el certificado zoosanitario de exportación

Este documento certifica el cumplimiento de los requisitos sanitarios exigidos por el país de destino de los animales, sus productos y subproductos objeto de exportación.
Requisitos
Requisitos

 ¿Qué necesito para solicitar el certificado?

  1. Verifique los requisitos establecidos para la importación, según el país de origen, el producto, el uso y el destino de la importación.

  2. Inscribirse ante el Sistema de Información Sanitaria para Importación y Exportación de Productos Agrícolas y Pecuarios (SISPAP).

  3. Si aún no se encuentra registrado en el (SISPAP), envié a la dirección de correo electrónico director.logística@ica.gov.co  los siguientes datos: a. tipo de identificación (cédula de ciudadanía, NIT, u otro; número de identificación, nombre o razón social completos, ciudad y dirección, departamento y país; teléfonos, fax, correo electrónico y nombre del Representante Legal. Con esto se le asignará usuario y contraseña para ingresar al SISPAP.

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?

 

  1. Verifique que cumpla con los requisitos

  2. Realice la solicitud del trámite

  3. Efectúe el pago

  4. Descargue el documento e imprímalo si la solicitud se realizó a través del aplicativo, o reciba el documento a través de ventanilla si realizó el pago en una entidad bancaria.

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

Puede obtener información de manera virtual a través del aplicativo SISPAP.

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

$60.511 COP

Tenga en cuenta que la tarifa cambia cada año.

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

2 días laborales

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

Decreto 1071 de 2015, (Capitulo 13)

Resolución 3761 de 2014, (todos)

Resolución 1475 de 2012, (todos)

Acuerdo 515 de 2002, (Art. 10, 25, 29, 41, 43, 61)

Resolución 240 de 1999, (Todos)

Resolución 1558 de 2010, (Todos)

Resolución 2384 de 2019, (todos)

Resolución 3832 de 1994, (todos)

Resolución 061177 de 2020, (todos)

11 - Solicite el certificado de venta libre

El Certificado de Venta Libre le otorga las certificaciones y/o autorizaciones de los registros sanitarios de los productos que sean competencia del INVIMA.
Requisitos
Requisitos

¿Qué necesito para obtener el Certificado de Venta libre?

 

  1. Proporcione el soporte de Inscripción ante Cámara de Comercio Regional.

  2. En caso de actuar por medio de un apoderado en formato original el Poder Especial otorgado o en Fotocopia el Poder General (elevado mediante Escritura Pública) según sea el caso.

  3. Si requiere el Certificado de Venta Libre para bebidas alcohólicas, presente el Formulario Único de Bebidas Alcohólicas correspondiente.

  4. Complete el Formulario único para Dispositivos Médicos si requiere el Certificado de Venta Libre para esta actividad.

  5. Complete el Formulario único de medicamentos si requiere el Certificado de Venta Libre para esta actividad.

  6. Complete el Formulario único de registro, permiso o notificación sanitaria de alimentos si requiere el Certificado de Venta Libre para esta actividad.

  7. Complete el Formulario único para presentación de solicitudes de registros sanitarios de productos fitoterapéuticos, medicamentos homeopáticos y suplementos dietarios si requiere el Certificado de Venta Libre para esta actividad.

  8. Si requiere el certificado para productos plaguicidas, complete el Formulario autoliquidación en plantas de beneficio animal para inspección permanente bajo Decreto 1500 de 2007.

  9. En caso de requerir el Certificado de Venta Libre para productos reactivos in vitro, complete el Formulario único de diligenciamiento de reactivos de diagnóstico in vitro.

Pasos
Pasos

¿Qué pasos debo seguir para obtener el Certificado de Venta libre?

  1. Presente los documentos requeridos ante la autoridad competente.

  2. Espere respuesta por parte de las entidades encargadas.

  3. Finalmente, si cumple con cada uno de los requisitos puede obtener el Certificado para realizar Venta Libre.

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

Puede realizar su trámite para el caso de certificados de venta libre automáticos en línea.

Para el caso de las demás solicitudes, debe entregar la documentación en la ventanilla de atención al ciudadano de la sede principal o en las oficinas de los Grupos de Trabajo Territorial. Se deben presentar los documentos foliados (enumerados) en la parte superior derecha de la hoja, tomando como primer folio el recibo de consignación o soporte de la transferencia electrónica.

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

$126.812 COP

Para más información consulte las tarifas en el INVIMA

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

20 días laborales

Nota: la certificación de venta libre con firma digital y sin observaciones para productos con registro sanitario se obtiene en 30 minutos.

Para el caso de estudio técnico de autorizaciones de importaciones especiales se estima un tiempo máximo de 15 días laborales.

Para otras importaciones dependiendo del producto el tiempo estimado es de 15 a 30 días laborales.

Para el certificado con fines de exportación para alimentos el término es de 3 días.

Para importación de repuestos para equipos biomédicos el término es de 2 días laborales.

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

 

Resolución 2022039580 de 2022, (Todos)

Resolución 2022001026 de 2022, (Todos)

Decreto 1889 de 2021, (5)

Ley 2069 de 2020, (2)

Resolución 2020046413 de 2020, (Todos)

Resolución 2018035612 de 2018, (Todos)

Resolución 3772 de 2013, (Todos)

Resolución 2674 de 2013, (Todos)

Resolución 2013034419 de 2013, (Todos)

Resolución 5893 de 2012, (Todos)

Resolución 333 de 2011, (Todos)

Resolución 4150 de 2009, (Todos)

Resolución 2606 de 2009, (Todos)

Resolución 2997 de 2007, (Todos)

Resolución 2434 de 2006, (Todos)

Resolución 016563 de 2002, (Todos)

Resolución 243710 de 1999, (Todos)

Resolución 599 de 1998, (Todos)

Ley 1437 de 2011, (Todos)

Ley 1564 de 2012, (Todos)

Ley 399 de 1997, (Todos)

Ley 100 de 1993, (Todos)

Ley 9 de 1979, (Todos)

Norma internacional 706 de 2008, (Todos)

Norma internacional 705 de 2008, (Todos)

Norma internacional 516 de 2002, (Todos)

Norma internacional 506 de 2001, (Todos)

Decreto 925 de 2013, (Todos)

Decreto 249 de 2013, (Todos)

Decreto 2078 de 2012, (Todos)

Decreto 1954 de 2012, (Todos)

Decreto 1686 de 2012, (Todos)

Decreto 2086 de 2010, (Todos)

Decreto 1313 de 2010, (Todos)

Decreto 426 de 2009, (Todos)

Decreto 3275 de 2009, (Todos)

Decreto 272 de 2009, (Todos)

Decreto 4320 de 2008, (Todos)

Decreto 4124 de 2008, (Todos)

Decreto 3863 de 2008, (Todos)

Decreto 4957 de 2007, (Todos)

Decreto 4858 de 2007, (Todos)

Decreto 383 de 2007, (Todos)

Decreto 1541 de 2007, (Todos)

Decreto 038 de 2009, (Todos)

Decreto 4562 de 2006, (Todos)

Decreto 3249 de 2006, (Todos)

Decreto 1861 de 2006, (Todos)

Decreto 4764 de 2005, (Todos)

Decreto 4725 de 2005, (Todos)

Decreto 4445 de 2005, (Todos)

Decreto 4444 de 2005, (Todos)

Decreto 3733 de 2005, (Todos)

Decreto 2888 de 2005, (Todos)

Decreto 919 de 2004, (Todos)

Decreto 481 de 2004, (Todos)

Decreto 4406 de 2004, (Todos)

Decreto 4149 de 2004, (Todos)

Decreto 4136 de 2004, (Todos)

Decreto 3770 de 2004, (Todos)

Decreto 3554 de 2004, (Artículo 1- 15 a 39 - 43 a 63 y 67)

Decreto 3553 de 2004, (Todos)

Decreto 2493 de 2004, (Todos)

Decreto 2350 de 2004, (Todos)

Decreto 2266 de 2004, (Todos)

Decreto 822 de 2003, (Todos)

Decreto 2510 de 2003, (Todos)

Decreto 2198 de 2003, (Todos)

Decreto 2685 de 1999, (Todos)

Decreto 219 de 1998, (Todos)

Decreto 1545 de 1998, (Todos)

Decreto 3075 de 1997, (Artículos 1- 45 a 58 - 66, 79, 80 y 112 a 117)

Decreto 677 de 1995, (Todos)

Decreto 1843 de 1991, (Todos)

Decreto 2092 de 1986, (Todos)

Documento técnico Acta 5 de 2011, (Todos)

Documento técnico 9060610 de 2009, (Todos)

Circular 50012982013 de 2013, (Todos)

Circular 050 de 2012, (Todos)

Resolución 719 de 2015, (Todos)

Resolución 20190035791 de 2019, (Todos)

Resolución 2019058384 de 2019, (Todos)

Resolución 5109 de 2005, (Todos)

Decreto Ley 19 de 2012, (Todos)

Resolución 2020046395 de 2019, (Todos)

Resolución 557 de 2022, (Todos)

Resolución 2022018438 de 2022, (Todos)

12 - Solicite el certificado HACCP

El Sistema HACCP (Hazard Analysis Critical Control Point) permite identificar, evaluar y controlar peligros significativos contra la inocuidad en la industria de los alimentos, plantas de beneficio animal 
Requisitos
Requisitos

 ¿Qué necesito para solicitar el certificado HACCP?

  1. Complete el formulario de solicitud de trámites (visitas, certificaciones y certificados).

  2. Presente una certificación o concepto favorable del cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) expedido con antelación no mayor a 3 meses

  3. Inscríbase a la Cámara de comercio correspondiente

  4. En caso de actuar mediante un apoderado, debe presentar en original y copia el poder especial otorgado con la presentación personal, debe presentar el poder general elevado mediante escritura pública.

  5. Si es un poder otorgado desde el exterior, debe estar apostillado o certificado por notario y autenticado por cónsul de Colombia en el país de origen y con traducción oficial si viene en otro idioma.

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir para solicitar el certificado HACCP?

 

  1. Reúna los documentos y cumpla con los requisitos

  2. Solicite la liquidación del costo del trámite y realice el pago

  3. Radique los documentos en la ventanilla de atención al ciudadano de la sede principal o en las Oficinas de los Grupos de Trabajo Territorial. Debe presentar los documentos foliados (enumerados) en la parte superior derecha de la hoja, tomando como primer folio el recibo de pago o el soporte de la transferencia electrónica.

  4. Reciba la visita técnica del INVIMA, en la fecha programada con anterioridad.

  5. Al finalizar la visita se suscribe el acta por parte de los inspectores del INVIMA y los responsables del establecimiento.

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

Obtenga información de cómo gestionar algunos pasos de manera virtual, sin embargo, tenga en cuenta que se programará una visita técnica y que la radicación de documentos es presencial.

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

$9.241.998,92 COP - $217,91 UVT (valor UVT 2023 $42.412 COP)

 

Nota: La UVT (Unidad de Valor Tributario) es un valor de referencia tributario que se usa en Colombia y cambia cada año por la DIAN

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

60 días laborales

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

Resolución 2022001026 de 2022

Decreto 1889 de 2021, (5)

Ley 2069 de 2020, (2)

Resolución 2020046413 de 2020

Resolución 2019058384 de 2019

Resolución 2018035612 de 2018

Decreto 1036 de 1991

Resolución 730 de 1998

Ley 399 de 1997

Decreto Ley 019 de 2012, (Artículos 4 y 9)

Decreto 60 de 2002

Decreto 3075 de 1997, (Titulo II, Capitulo V, Artículo 25)

Resolución 20190035791 de 2019

13 - Solicite el registro sanitario de predio pecuario RSPP

Este registro aplica para las producciones de bovinos, bufalinos, porcinos, équidos, acuícolas, aviares, ovinos y caprinos, para conocer la totalidad de predios existentes en el país y su vocación productiva. Por tanto, se convierte en un mecanismo importante para el desarrollo de los programas de control, prevención y erradicación de enfermedades en el país.
Requisitos
Requisitos

 ¿Qué necesito para obtener el Registro Sanitario de Predio Pecuario?

  1. Entregue copia de la cédula de ciudadanía, cédula de extranjería (si aplica) o RUT (Si aplica).

  2. Reúna los documentos que contengan la información exacta de la ubicación del predio, la vereda o corregimiento, municipio, departamento, número de extensión en hectáreas, dirección de notificación, teléfono de contacto y correo electrónico si cuenta con este, se debe diligenciar la forma 3-101. Se puede descargar en ante el ICA

  3. Para la especie bovino y bufalino, entregue el registro de la imagen de hierro, marca o padrón. En caso de no contar con marca o padrón de hierro para la identificación de animales el productor deberá informar el método de identificación de los animales y dejar constancia de ella en la solicitud.

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir para obtener el Registro Sanitario de Predio Pecuario?

  1. Reúna los documentos

  2. Radique la documentación en la oficina del ICA de su jurisdicción.

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

Puede obtener información y gestionar algunos pasos de manera virtual, sin embargo, tenga en cuenta que hay una visita técnica de por medio.

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

Sin costo

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

>1 día laboral

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

Resolución ICA 090464 de 2021, (Todos)

14 - Solicite la evaluación de viabilidad de sustracción

Este trámite es el levantamiento de la figura legal de Reserva Forestal sobre un área definida, para el desarrollo de actividades económicas que de acuerdo con la ley son de utilidad pública o de interés social, y que requieren la eliminación de bosques o el cambio en el uso de los suelos, o cualquiera otra actividad distinta del aprovechamiento racional de los bosques.
Requisitos
Requisitos

 ¿Qué necesito para solicitar la evaluación de viabilidad de sustracción?

  1. Presente una copia del documento de identificación.

  2. Presente un documento de solicitud que contenga la siguiente información:

a.        Nombre o razón social

b.        Número de identificación

c.        Domicilio y nacionalidad

d.        Dirección

e.        Teléfono de contacto

f.         Correo electrónico

 

  1. Presente en documento original de Certificación expedida por el Ministerio del Interior que indique las siguientes anotaciones Adicionales:

 

a.        La presencia o no de comunidades étnicas

b.        La procedencia de consulta previa.

 

  1. En caso de actuar bajo un apoderado debe presentar el poder

  2. En caso de que aplique, presente el original del Acta de protocolización de la consulta previa, además verifique que contenga las anotaciones adicionales: Conforme en la Ley 21 de 1991 y demás normas que regulan la materia.

  3. Si es persona jurídica, presente el Certificado de existencia y representación legal.

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir para obtener la evaluación de viabilidad de sustracción?

 

  1. Reúna los documentos y cumpla con los requisitos necesarios para el tramite

  2. Radique la documentación a través de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea VITAL

  3. Notifíquese de la respuesta vía correo electrónico o de manera presencial en los puntos de atención del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible MINAMBIENTE

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?


Puede obtener información y gestionar algunos pasos de manera virtual a través de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales VITAL, sin embargo, La radicación de documentos es presencial o por correo certificado.

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

Sin costo

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

85 días laborales

Nota: El tiempo de obtención de la autorización puede ser mayor cuando se requiera solicitar más información o realizar visitas técnicas.

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

Ley 02 de 1959, (Todos)

Resolución 293 de 1998, (Todos)

Resolución 629 de 2012, (Todos)

Resolución 1526 de 2012, (Todos)

Resolución 763 de 2004, (Todos)

Resolución 871 de 2006, (Todos)

Resolución 1917 de 2011, (Todos)

Decreto 2372 de 2010, (Todos)

Decreto 2811 de 1974, (Artículo 210)

Decreto 111 de 1959, (Todos)

Resolución 168 de 2013, (Todos)

Resolución 590 de 2018, (Todos)

15 - Solicite el Visto Bueno para la importación y/o exportación de sustancias que agotan la capa de ozono (SAO)

El visto bueno, se otorga para quienes realicen actividades de importación y/o exportación de sustancias que dañan la capa de ozono SAO. Los permisos o autorizaciones previos a la importación o exportación son otorgados por la entidad competente que para tal caso es la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA y son radicadas a través del módulo de importaciones de la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE.
Requisitos
Requisitos

 ¿Qué necesito para solicitar el visto bueno de importación y/o exportación de sustancias SAO?

Para importadores:

  1. Debe registrarse ante la Ventanilla Única de Comercio Exterior –VUCE, y obtener un usuario y contraseña.

 

  1. Realice el registro o solicitud de licencia de importación de conformidad con lo consagrado en el Decreto 0925 de 2013[1], y los procedimientos establecidos por la Dirección de Comercio Exterior, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

 

  1. Debe consultar la Circular 018 del 03 de septiembre de 2020 del Ministerio de Comercio Industria y Turismo, “Requisitos, permisos y autorizaciones exigidos previamente a la presentación de las solicitudes de registro y licencias de importación, por parte de las entidades que participan en la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE.

 

Para exportadores:

  1. El exportador a través de VUCE debe diligenciar el formulario descuento de cupos de exportación de SAOs, de conformidad al artículo 8° de la Resolución 0131 de 2014.

 

  1. El artículo 7 de la Resolución 0131 de 2014, establece la metodología para la distribución y asignación de los cupos anuales del país para las exportaciones de sustancias agotadoras de la capa de ozono, este cupo será otorgado por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) o la entidad que haga sus veces, teniendo en cuenta que, se asignará hasta un máximo de 33% del cupo anual autorizado del país para cada sustancia por interesado, mediante la regla primero solicitado - primero asignado.

 

  1. Las exportaciones de SAO´S que deban efectuarse bajo las condiciones de excepciones, no requerirán tener previamente asignado cupo anual máximo, pero requerirán del Visto Bueno otorgado por la Autoridad, para lo cual deberá anexar la información correspondiente que justifique la solicitud.

 

  1. Los vistos buenos otorgados por la ANLA para la exportación de sustancias agotadoras de la capa de ozono tendrán una vigencia de tres (3) meses contados a partir de la fecha de su otorgamiento.

 

  1. El exportador debe informar a la ANLA la cantidad efectivamente exportada, radicando oficio y anexando la correspondiente copia de la Declaración de Exportación, dentro de los cinco (5) días laborales siguientes a la realización de la operación de exportación.

 

  1. El nombre del exportador y Número de Identificación Tributaria NIT, deben coincidir con la información de la solicitud de asignación del cupo individual máximo de exportación otorgado por la Autoridad.

 

  1. Debe relacionar claramente la cantidad a exportar. En caso de que la sustancia requiera cupo deberá tener en cuenta las cantidades aprobadas por la Autoridad en el año, y el descuento de estas cada vez que solicite su exportación y no podrá exceder el cupo aprobado.

 

  1. Finalmente, presente los reportes de todos los componentes y especificaciones de la importación o exportación.

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?

 

  1. Ingrese a la Ventanilla Única de Comercio Exterior  (VUCE), esta es una herramienta práctica donde podrá realizar sus solicitudes de autorización para importación o exportación de sustancias SAO.

 

  1. Como importador debe radicar la solicitud a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior –VUCE, seleccionando en el registro o licencia de importación, de manera precisa en la Casilla 38 “Entidades de Visto Bueno” la entidad ante la cual solicita el visto bueno, para el caso concreto, selecciona la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales-ANLA.

 

  1. Radique los documentos

 

4.        Espere la respuesta de Visto Bueno    

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

Puede realizar este trámite ante el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE), también puede obtener información y gestionar trámites de manera virtual en la Ventanilla Única de Comercio Exterior VUCE.

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

Sin Costo

Nota: La solicitud del Visto Bueno no tiene ningún costo por parte de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –ANLA, sin embargo, como es una plataforma exclusiva del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo son ellos los encargados de su administración.

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

Visto Bueno de importación: Entre 1 y 2 días laborales

Visto Bueno de exportación: 5 días laborales

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

Ley 629 de 2000

Ley 29 de 1992

Decreto 1076 de 2015

Decreto 423 de 2005

Resolución 131 de 2014

Circular 005 de 2022. anexo No. 6

Circular 032 de 2020

Decreto-ley 2106 de 2019

Decreto-Ley 2811 de 1974

Decreto 1881 de 2021

Decreto 376 de 2022

Decreto 1076 de 2015

Decreto 3573 de 2011

Circular 005 de 2022. 

Resolución 634 de 2022

Circular 004 de 2022

Circular 018 de 2020

Decreto 0925 de 2013

Decreto-Ley 2811 de 1974

Decreto Ley 0019 de 2012

16 - Solicite la revisión del sistema de protección contra incendios

A través de este trámite puede obtener un concepto técnico emitido por el Cuerpo Oficial de Bomberos (de la región donde se ubique), a través del cual se revisan las condiciones de seguridad humana, riesgos de incendio, materiales peligrosos y sistemas de protección contra incendios que se presentan en las edificaciones o establecimientos. Por otro lado, se realizan pruebas de la presión de redes hidráulicas cuando sea necesario.
Requisitos
Requisitos

¿Qué necesito para solicitar la revisión del sistema de protección contra incendios?

 

1.        Realice el pago de esta revisión 

 

Nota: Para la ciudad de Bogotá puede ingresar al portal de servicios de Bomberos de Bogotá, a través del cual puede auto gestionar su trámite.

 

2.        Diligencie el formato de inscripción generado por el cuerpo de Bomberos quienes realizarán la revisión de este trámite.

3.        Complete el formato de radicación generado por el cuerpo de Bomberos quienes realizarán la revisión de este trámite.

4.        Para el día de la visita de revisión tenga a la mano Representación legal VIGENTE del establecimiento a certificar o documento que acredite su existencia y funcionamiento, que contenga como mínimo nombre del establecimiento, razón social, NIT y dirección.

5.        Si es declarante: presente la declaración de impuesto de industria y comercio vigente.

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?

 

1.        Reúna los documentos y los formatos solicitados para radicar el trámite.

 

Tenga en cuenta que para la ciudad de Bogotá aplican los siguientes pasos:

 

2.        Este proceso lo puede realizar ante el cuerpo oficial de Bomberos Bogotá, en la Oficina de Atención al Ciudadano ubicada en la Calle 20 Nº 68A-06 con el recibo de pago y la documentación solicitada.

 

3.        Si la solicitud es aprobada, el sistema realiza automáticamente la clasificación de los niveles de riesgo del establecimiento (empresa, planta, edificación) en riesgo bajo, moderado o alto.

 

4.        Si el establecimiento se encuentra clasificado en riesgo alto, a partir de la fecha de registro y dentro de los treinta (30) días laborales siguientes, desde la Subdirección de Gestión del Riesgo de la entidad, se programa visita. El concepto de seguridad estará disponible en la oficina de Servicio a la Ciudadanía dentro de los treinta (30) días laborales siguientes a realizada la visita.

 

5.        Si el lugar sujeto a revisión se encuentra clasificado en riesgo bajo o moderado llegará un correo para que realice la capacitación, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la aprobación del recibo de pago, o de acuerdo con la naturaleza del establecimiento recibirá una convocatoria para participar de manera presencial en una feria de servicios.

 

6.        El certificado de seguridad estará disponible en el portal de servicios dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a realizada la capacitación y diligenciado del formulario de AUTO-REVISIÓN.

 

7.        Si la ciudadanía participa en la feria de servicio recibirá la capacitación de manera presencial, y posterior al diligenciamiento del formulario de AUTO-REVISIÓN recibirá el certificado de seguridad.

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

Puede hacer seguimiento al trámite en la oficina de Servicio al Ciudadano en la Calle 20 No. 68 A - 06 Puente Aranda, o al Teléfono: 60 1 3822500 Ext. 40101.

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

Para Bogotá el valor a pagar será el establecido en el Acuerdo 11 de 1988, Capítulo IV, y el acuerdo 9 de 1992:

La tarifa para acceder al trámite será del uno por ciento (1%) liquidado sobre el valor del impuesto de Industria y Comercio del año anterior, más el equivalente a un (1) salario mínimo legal vigente diario por cada establecimiento. Para establecimientos nuevos bajo la razón social que paga con esta regla, la tarifa será un (1) salario mínimo legal vigente diario por cada establecimiento.

La tarifa por los servicios de inspección que soliciten los contribuyentes que estén exentos de declarar ICA, será dos (2) salarios mínimos legal vigentes diarios por cada establecimiento.

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

30 días laborales

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

Resolución 0231 de 2021, (Todos)

Resolución 0661 de 2014, (Artículo 203)

Ley 1575 de 2012, (Artículo 42)

Ley 1801 de 2016, (Artículo 2)

17 - Registre su marca en la Superintendencia de Industria y Comercio

El objetivo de este procedimiento es Registrar la marca comercial de la empresa ante la Superintendencia de Industria y Comercio en Colombia SIC
Requisitos
Requisitos

 ¿Qué necesito para solicitar el Registro de la Marca?

  1. Conozca qué es una marca y qué puede registrar como marca en la Superintendencia de Industria y Comercio

  2. Consulte los antecedentes marcarios: Antes de presentar una solicitud puede consultar sobre antecedentes marcarios para conocer si existen marcas semejantes o idénticas registradas o en trámite, que obstaculicen el registro de su marca, y evitar que sea negada porque previamente haya sido registrada por un tercero. Consulte más información a través de SIPI.

  3. Clasifique los productos y/o servicios que distinguirá la marca y clasifíquelos según Clasificación Internacional de Niza.

 

Nota: La Clasificación Internacional de Niza es una clasificación de productos y servicios que se aplica para el registro de marcas.

 

  1. Presente la solicitud de manera electrónica o en físico a través de la Oficina Virtual de Propiedad Industrial SIPI o en los Puntos de atención.

 

  1. Realice el seguimiento del trámite, recuerde que debe cumplir con una serie de requisitos formales de presentación, plazos para los distintos trámites, publicación en la gaceta oficial, pagos de tasas, etc. Puede conocer las normas legales vigentes (Decisión 486 de 2000 y Circular Única de la Superintendencia de Industria Y Comercio. Titulo X) y hacer un seguimiento del trámite, para evitar incumplir los plazos previstos.

 

Etapas del trámite del registro de una marca
 

ETAPAS PLAZO
1. Presentación de la solicitud No Aplica
2. La solicitud se admite a trámite y se le asigna la fecha de presentación No Aplica
3. Examen de forma No Aplica
3.1. Si existe algún error formal, la SIC expide un requerimiento y se otorga un plazo para subsanar. 60 días hábiles siguientes a la notificación.
4. La SIC ordena publicar la solicitud en la Gaceta de la Propiedad Industrial No Aplica
5. Se otorga un plazo para que terceros interesados se opongan a la solicitud de registro. 30 días hábiles siguientes a la fecha de publicación.
6. Se otorga un plazo adicional (si se solicita) para presentar pruebas que soporten la oposición. 30 días hábiles después del vencimiento del plazo para oposiciones.
7. Se otorga un plazo al solicitante para que conteste la oposición. 30 días hábiles siguientes a la notificación de la oposición.
8. Se otorga un plazo adicional (si se solicita) para presentar pruebas que soporten la contestación a la oposición. 30 días hábiles después del vencimiento del plazo para oposiciones.
9. La SIC hace el examen de fondo de la solicitud y de la(s) oposición(es) –si aplica- N/A
10. Presentación del recurso de apelación frente a la decisión de la SIC. 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación de la decisión1.

 

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos para el Registro de Marca?

 

  1. Reúna la documentación requerida

  2. Realice el pago

  3. En caso de presentar una oposición al registro de marca deberá diligenciar el formulario PI01-F12

  4. En caso de realizar el proceso virtualmente deberá seguir los pasos indicados en el enlace denominado “Oficina Virtual de Propiedad Industrial”.

  5. En caso de requerir división de la solicitud de marca y lema deberá diligenciar el formulario PI01-F08

  6. En caso de solicitar la renuncia a derechos respecto del registro de marca de productos y/o servicios deberá diligenciar el formulario PI0-F05

  7. En caso de que requiera presentar correcciones y modificaciones a la solicitud, debe diligenciar el formulario PI0-F11

  8. Atienda la solicitud del proceso de revisión formal de los documentos adjuntados con la solicitud y la corrección de estos, en caso de que sea necesario

9.        Realice el pago de acuerdo a la Resolución 66173 de 2022 y de acuerdo sea su caso verifique aquí

10.     Radique la solicitud

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

Puede iniciar, hacer seguimiento, pagar y finalizar el trámite con la obtención de los documentos a través de la web de la Superintendencia de Industria y Comercio.

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

El costo de este trámite dependerá de las características específicas. Remítase a las tasas de marcas emitidas por la SIC de acuerdo a la Resolución 66173 de 2022 y de acuerdo sea su caso verifique aquí

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

Entre 180 y 210 días laborales

Nota: Dependiendo de si la decisión de primera instancia es objeto de apelación o no, el tiempo de obtención puede variar entre 12 y 18 meses.

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

Decreto 1074 de 2015, (Artículo 2.2.2.19.5.1)

Norma internacional 486 de 2000, (Artículo 1 al 13, 134 al 189, 237)

Decreto 4886 de 2011, (Artículo 18,19)

Circular 1 de 2001, (Título I, Capítulo Sexto, 6.2 y Título X Capítulo Primero, Capítulo Tercero y Capítulo Sexto.)

Resolución 63360 de 2021, (Total)

18 - Solicite la declaración de protección de denominación de origen

Se refiere a la posibilidad de obtener la protección del nombre de origen de un país, de una región, de un lugar determinado, o de una zona geográfica determinada y utilizarla para designar un producto originario de dicho lugar. Se hace uso de la denominación de origen por la calidad, reputación u otras características que son exclusivas o que representan esencialmente al medio geográfico en el cual se encuentra el producto, incluyendo los factores naturales y humanos.
Requisitos
Requisitos

¿Qué necesito para realizar la solicitud?

  1. Si requiere hacer la solicitud de delegación de la facultad para autorizar el uso de denominaciones de origen complete el formulario PI01-F14.

 

  1. En caso de solicitar la autorización de uso de la denominación de origen complete el formulario requerido (PI01-F18 - Autorización de uso de la denominación de origen).

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir?

  1. Presente la solicitud para el examen formal por parte de las autoridades competentes, quienes verificaran el cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley.

 

  1. Publicada la solicitud de denominación de origen (la cual estará disponible durante 30 días laborales), tendrá la posibilidad de formular oposiciones (si así lo requiere el caso), esto solo lo podrá hacer un titular de signos distintivos.

 

  1. La SIC verifica la información suministrada, la cual podrá ser corroborada con visitas al sitio geográfico correspondiente, a través de un estudio específico o puede solicitar la información al solicitante.

 

  1. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) declara o no la protección de la denominación de origen y expedirá un certificado una vez quede en firme la resolución de protección.

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

Puede iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea a través de la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio o también de manera presencial.

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

El costo puede variar si la solicitud se hace en línea o manera física, para más información contactar con la Superintendencia de Industria y Comercio. (SIC)

Nota: El costo aproximado será de $180.500 COP en línea, $220.500​ COP en físico.

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

240 días

Nota: Esto dependerá si la decisión de primera instancia es objeto de apelación o no.

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

Decreto 1074 de 2015, (Artículos 2.2.2.20.6. y 2.2.2.23.1.)

Norma internacional 486 de 2000, (Artículo 140 a 150, 201, 202, 203, 204, 205,206, 212.)

Circular 1 de 2001, (Capítulo VII)

Resolución 63360 de 2021, (Total)

Decreto Ley 4886 de 2011, (Artículo 18 y 19)

19 - Solicite la autorización de integraciones empresariales

Esta autorización le permitirá al inversionista adquirir el control de una o varias empresas, o adquirir el control de una empresa en otra ya existente o para crear una nueva empresa con el fin de desarrollar actividades conjuntamente.

El régimen de competencia colombiano prevé que las integraciones o concentraciones empresariales que cumplan ciertas condiciones deben ser reportadas a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), siendo ésta la autoridad nacional de protección de la competencia.

El término integración empresarial es amplio y comprende las fusiones, adquisiciones, consolidaciones, acuerdos de colaboración o Joint Venture u otro tipo de acuerdo o transacción mediante la cual una empresa adquiere control sobre otra y cese la competencia en el mercado, mediante la consolidación de dos agentes del mercado en uno solo.

Cuando.  las partes tengan en conjunto una participación inferior al 20% en el mercado relevante, la operación de integración se entiende autorizada de manera automática por virtud de la ley, pero en todo caso debe ser notificada a la SIC antes de que ésta se lleve a cabo, y la SIC se reserva el derecho de revisar los supuestos de hecho tenidos en cuenta por las partes.

Cuando las partes tengan una participación conjunta superior al 20% en el mercado relevante, la operación debe ser aprobada por la SIC para que pueda llevarse a cabo.

Requisitos
Requisitos

 ¿Qué necesito para solicitar la integración de empresas?

Las integraciones empresariales deben ser reportadas a la SIC cuando se cumplen los siguientes supuestos:

 

  1. Supuesto subjetivo: Que las empresas involucradas en la operación se dediquen a la misma actividad económica (integración horizontal); o que las empresas involucradas en la operación hagan parte de la misma cadena de valor (integración vertical).

 

  1. Supuesto objetivo: Que las empresas que cumplen con cualquiera de los  supuestos subjetivos hayan tenido, conjunta o individualmente, ingresos operacionales superiores a 60.000 salarios mínimos legales mensuales en el año inmediatamente anterior a la operación; o que las empresas que cumplen con cualquiera de los supuestos subjetivos hayan tenido activos totales, conjunta o individualmente, superiores o 60.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, en el año inmediatamente anterior a la operación.

 

  1. Presente el documento de notificación la página web del SIC

 

  1. En caso de tener poder aprobado, presentar los poderes y certificados de existencia y representación legal de todas las empresas intervinientes

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir para solicitar la integración de empresas?

 

  1. Reúna la documentación requerida (solicitud de preevaluación e información adicional si es requerida)

  2. Realice el pago

  3. Radique la solicitud ante la Superintendencia de Industria y Comercio

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

Puede iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite y/o servicio en línea a través de la web de la Superintendencia de Industria y Comercio SIC

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

COP$2.767.000.

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

10 días laborales

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

Decreto 092 de 2022, (Total)

Resolución 2751 de 2021, (Total)

Decreto Ley 019 de 2012, (Artículo 2, 156, 157)

Ley 1437 de 2011, (artículos 1 al 31; artículos 34, 35, 36, 39, 40, 41, 45, 56, 61, 62, 63, 64, 74 al 81, 84 al 89 y 91 al 97)

Decreto 4886 de 2011, (artículo 1, numerales 8, 11 al 15, 62 al 65; artículo 3, numerales 15 al 18, 34 y artículo 9, numerales 8, 9, 10, 13, 14, 18 y 20)

Ley 1340 de 2009, (artículos 1, 2, 4, 5, 6, 8 al 13, 17, 20, 22, 23, 28, 31, 33 y 34 de los Títulos I, II, IV y VI)

Circular 1 de 2001, (capítulo Segundo del Título VII)

Ley 2010 de 2019, (Artículo 152)

Resolución 916 de 2022, (Total)

Resolución 77896 de 2020, (Total)

20 - Realice el registro de productores, importadores y prestadores sujetos a los reglamentos técnicos vigilados por la Superintendencia de Industria y Comercio

En este trámite deben registrarse los productores e importadores de productos (bienes o servicios) sujetos al cumplimiento de reglamentos técnicos cuyo control y vigilancia le corresponde a la Superintendencia de Industria y Comercio.
Requisitos
Requisitos

¿Qué necesito para solicitar el Registro de productores y/o importadores?

  1. Complete el formulario de registro de productores, importadores y prestadores sujetos a los reglamentos técnicos ante la Superintendencia de Industria y Comercio y realice el registro o la actualización de la información en la página web www.sic.gov.co.

  2. Se validarán los datos ingresados al sistema, si se está inscribiendo una empresa, el sistema comprobará del Número de Matrícula Mercantil datos como: Razón Social, Dirección, Teléfono, etc.  En caso de que la información suministrada no concuerde con la del registro mercantil, no podrá continuar el trámite de inscripción.

  3. Registre una cuenta de correo electrónico. Esta cuenta de correo tiene como la cual tiene como recuperar su contraseña en caso de perderla.

  4. Todos los establecimientos de comercio de una misma razón social estarán asociados en un solo registro, y sólo contarán con un único número de registro.

  5. Para las empresas prestadoras de servicios sujetos al cumplimiento de reglamentos técnicos que exijan el cumplimiento de competencias laborales para sus empleados, deberán, además de diligenciar sus datos, vincular a cada uno de los empleados con que cuentan. Para poder realizar esta operación, los empleados deben haber diligenciado su registro previamente.

  6. En los casos de prestación de servicios sujetos a reglamento técnico que exige competencias laborales, cada persona natural es responsable de diligenciar su registro y seleccionar en el sistema los servicios que prestan. Por cada uno de los servicios seleccionados, el sistema comprobará en línea la información de los certificados de competencias laborales que ingresen, con la entidad que los emitió.

  7. El Registro de Productores e Importadores tendrá un módulo de consulta pública, para encontrar más información acerca de las personas inscritas. 

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?

 

  1. Reúna la documentación requerida

  2. Realice el pago

  3. Radique la solicitud

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

Puede iniciar el trámite, hacer seguimiento y finalizarlo en línea a través de la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio SIC en la opción de registro de productores e importadores

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

Sin costo

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

>1 día

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

Ley 1480 de 2011 (Art. 17) (Ley ordinaria)

Ley 1480 de 2011 (Art. 46, numeral 3) (Ley ordinaria)

Ley 1480 de 2011 (Art. 53) (Ley ordinaria)

Decreto 1595 de 2015 (Art. 2.2.1.7.15.6) (Decreto Reglamentario)

Circular 1 de 2001 de la Superintendencia de Industria y Comercio, Título IV (Numeral 1.1) (Acto Administrativo)

21 - Solicite su patente en la Superintendencia de Industria y Comercio

Como inversionista puede obtener la concesión de un título de patente al inventar una solución técnica que aporte beneficio a la humanidad, por tanto, podría explotar de manera exclusiva este invento por un tiempo determinado.
Requisitos
Requisitos

 ¿Qué necesito para solicitar la Patente?

  1. Complete el formulario al que se denomina petitorio en caso de presentarlo en físico o en caso de hacerlo en línea a través de SIPI (Oficina Virtual de Propiedad Intelectual) debe registrarse e ingresar la información requerida.

  2. Tenga en cuenta que las reivindicaciones que corresponden a la memoria descriptiva de la patente.

  3. Presente las figuras o ejemplos.

  4. Entregue el comprobante de pago de la tasa establecida (la cual cambia cada año)

  5. Si se presenta por intermedio de un abogado debe presentarse el poder otorgado a éste. El poder no necesita de presentación personal, autenticación o legalización y podrá otorgarse mediante documento privado.

  6. Si la solicitud la hace una empresa, no es necesario aportar el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica solicitante. La SIC podrá consultar los registros públicos de los Certificados de Existencia y Representación de las Cámara de Comercio.

  7. Proporcione una copia del contrato de cesión o bien del contrato en virtud del cual se presuma la cesión cuando el solicitante no sea el inventor, por ejemplo: contrato de prestación de servicios o de trabajo.

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?

 

  1. Reúna la documentación requerida

  2. Realice el pago

  3. Radique la solicitud

  4. Atienda la solicitud del proceso de revisión formal de los documentos adjuntados con la solicitud y la corrección de estos, en caso de que sea necesario

  5. Tenga en cuenta la respuesta de oposiciones

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

Puede iniciar, tener el seguimiento y finalizar el trámite y/o servicio en línea a través de la web de la Superintendencia de Industria y Comercio SIC

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

$1.516.000 COP

Nota: TASAS PATENTE DE INVENCIÓN - SOLICITUDES NACIONALES EN LINEA

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

90 días

El tiempo del trámite dependerá del tipo de patente que se requiera obtener y puede ser entre 3 y 36 meses.

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

Resolución 63360 de 2021, (Total)

Circular 1 de 2001, (Títulos I y X)

Ley 463 de 1998, (Todos)

Decreto 2591 de 2000, (Artículos 1 al 4, 24, 25)

Norma internacional 486 de 2000, (Artículos 3 al 80, 163, 237 al 240, 271, 279, 280)

Decreto 4886 de 2011, (Artículo 20)

Decreto 63360 de 2021, (total)

22 - Registre el diseño industrial

Mediante un Registro de Diseño Industrial se puede proteger la apariencia particular de un producto que resulte de cualquier reunión de líneas o combinación de colores, o de cualquier forma externa bidimensional o tridimensional, línea, contorno, configuración, textura o material, sin que cambie la finalidad de dicho producto, que resulte novedoso, es decir, que el producto sea nuevo universalmente, así que no se ha dado a conocer al público.
Requisitos
Requisitos

 ¿Qué necesito para solicitar el Registro del Diseño Industrial?

 un formulario al que se denomina petitorio.

  1. Complete el formulario PI02-F02 - REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIAL que puede obtener en cualquiera de los puntos autorizados de la SIC

  2. Descargue el recibo de pago por el valor correspondiente ante la SIC

  3. Proporcione los dibujos del diseño (en total 7, discriminados así: seis vistas, una por cada cara y una perspectiva isométrica para ver el objeto en 3 dimensiones), las figuras del diseño no deben indicar medidas, cortes o funciones técnicas.

  4. Si el diseño es solicitado por una persona diferente al diseñador o por una empresa, se debe anexar una cesión de derechos del diseñador a la persona o empresa que lo solicita.

  5. Si la empresa o persona solicitante se hace representar por un abogado para que siga el trámite, se debe anexar, además, un poder dado al abogado. El poder no necesita de presentación personal, autenticación o legalización y podrá otorgarse mediante documento privado.

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?

 

  1. Reúna la documentación requerida

  2. Realice el pago

  3. Radique la solicitud

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

Este trámite lo puede realizar ante la Superintendencia de Industria y Comercio SIC, en línea, hacer seguimiento y finalizar todo el proceso.

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

COP $702.000,00 si es en línea

Nota: El costo puede variar si la solicitud se hace en línea o manera física, para más información contacte a la Superintendencia de Industria y Comercio. (SIC)

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

210 días calendario

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

Decreto 4886 de 2011, (Artículo 20, numeral 8)

Decreto 1074 de 2015, (Capitulo 19)

Circular 1 de 2001, (Títulos I y X)

Norma internacional 486 de 2000, (Artículos 4 al 11, 113 al 133)

Decreto 2591 de 2000, (Artículo 1 al 4, 13, 14, 24, 25)

Resolución 63360 de 2021, (general)

23 - Solicite la autorización de incentivos promocionales

Esta autorización le permite imprimir, marcar o grabar en la superficie interna de un empaque o cualquier otro objeto diferente al producto, pero que tiene contacto directo con él y que tiene como finalidad promocionarlo. Este trámite se realiza ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA.
Requisitos
Requisitos

 ¿Qué necesito para solicitar la autorización de incentivos promocionales?

Los interesados en utilizar los incentivos deberán solicitar previamente a la comercialización del alimento con el incentivo, autorización ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Alimentos y Medicamentos - INVIMA, anexando los siguientes documentos:

  1. Realice la solicitud de autorización del incentivo, rótulo o etiqueta.

 

  1. Presente la copia del comprobante de pago para la autorización.

 

  1. Demuestre el Certificado de Existencia y Representación Legal (persona jurídica) o Registro Mercantil (Persona natural)

 

  1. En caso de actuar mediante apoderado, debe presentar el poder especial con presentación personal, o un poder general elevado mediante escritura pública.

 

Si es poder otorgado desde el exterior debe estar apostillado o certificado por notario y autenticado por cónsul de Colombia en el país de origen y con traducción oficial si viene en otro idioma.

 

  1. Presente el documento de Informe técnico que contenga: Información del alimento, Información del incentivo, soportes técnicos y Certificación y/o Declaración emitida por el fabricante del incentivo y de su envoltura, o del rótulo o etiqueta, y por el fabricante o proveedor de las materias primas empleadas.

 

  1. Entregue muestras físicas del alimento que contenga el incentivo a utilizar, en cantidad suficiente y necesaria para la realización de los análisis de laboratorio que se requieran.

 

NotaPuede consultar la Guía de Solicitud de Autorización de Incentivos Promocionales

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?

 

  1. Radique la solicitud de autorización del incentivo, rótulo o etiqueta ante el Invima con los requisitos adjuntos.

 

  1. Realice el pago según las tasas vigentes

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

Puede iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite y/o servicio en línea por medio de pagos en línea ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA).

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

$767.657 COP según el manual tarifario INVIMA vigente.

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

42 días laborales

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

Ley 100 de 1993 (Art. 245) (Ley Ordinaria)

Resolución 1893 de 2001 del Ministerio de Salud (Art. 5) (Acto Administrativo)

24 - Solicite la autorización de prácticas con organismos genéticamente modificados

A través de este trámite obtiene la autorización para adelantar las actividades de movimiento transfronterizo, tránsito, manipulación y utilización de los Organismos Genéticamente Modificados (OGM), y en particular, de los Organismos Vivos Modificados (OVM), que puedan tener efectos adversos para el medio ambiente, la diversidad biológica, los riesgos para la salud humana, la productividad y la producción agropecuaria.

Se entiende por Organismo Genéticamente Modificado (OGM). Cualquier organismo vivo que posea una combinación nueva de material genético, que se haya obtenido mediante la aplicación de la tecnología de ADN Recombinante, sus desarrollos o avances; así como sus partes, derivados o productos que los contengan, con capacidad de reproducirse o de transmitir información genética. Se incluyen dentro de este concepto los Organismos Vivos Modificados (OVM), a que se refiere el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad en la Biotecnología.

Requisitos
Requisitos

 ¿Qué necesito para solicitar la autorización de prácticas con organismos genéticamente modificados?

  1. Entregue la carta de solicitud con nombre, dirección e información del solicitante

  2. Reporte el nombre e identidad del Organismo Vivo Modificado – Identificador único de la OCDE

  3. Informe sobre los usos aprobados del Organismo Vivo Modificado

  4. Realice la descripción de la modificación genética realizada

  5. Entregue las características del vector

  6. Reporte los centros de origen y centros de diversidad genética

  7. Informe sobre organismos donantes

  8. Reporte el uso previsto del organismo Vivo Modificado o sus productos

  9. Presente el medio receptor – Información sobre ubicación, características geográficas, climáticas y ecológicas

  10. Reporte los métodos sugeridos para la manipulación, almacenamiento, transporte y utilización segura

  11. Acompañe la solicitud de un informe no confidencial en idioma castellano

  12. Entregue el soporte del pago de la tarifa correspondiente a través del sistema de información designado por el ICA.

  13. Presente el documento de gestión del riesgo

  14. Entregue la carta de compromiso de entrega de material del Organismo Genéticamente Modificado (OGM)

 

Nota: Puede consultar más detalles de este trámite en la Resolución N. 91505 del 15 de febrero de 2021

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?

 

  1. Verifique la conformidad de la documentación

  2. Realice el pago

  3. Radique los documentos

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

Este trámite puede realizarlo de manera presencial en cualquiera de las sedes a nivel nacional del Instituto Colombiano Agropecuario ICA.

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

$1.967.683 COP

Puede consultar las tarifas establecidas por el ICA

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

60 días laborales

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015. (Compila el Decreto 4525 de 2005) (Art. 2.13.1.2.1, numeral 45) (Decreto Reglamentario)

Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015. (Compila el Decreto 4525 de 2005) (Art. 2.13.7.3.6.) (Decreto Reglamentario)

Resolución 91505 de 2021 del ICA

25 - Solicite la autorización sanitaria de plantas de beneficio animal de las especies bovinos

Este certificado otorga la autorización sanitaria a plantas de sacrificio animal, desposte y/o desprese para realizar actividades de producción primaria, beneficio y desposte; con el fin de establecer que cumple con los requisitos establecidos en el Decreto 1500 de 2007, Decreto 2270 de 2012 y sus reglamentos técnicos correspondientes según la especie.
Requisitos
Requisitos

¿Qué necesito para obtener la autorización sanitaria de planta para beneficio animal?

1.        Realice la solicitud de la certificación completando el Formato de inscripción ante las oficinas del INVIMA.

2.        Diligencie el formato de evaluación de nivel sanitario de cumplimiento de plantas de beneficio de bovinos.

3.        Realice el pago de la autorización.

Pasos
Pasos

¿Qué pasos debo seguir para obtener la autorización sanitaria de planta para beneficio animal?

  1. Realice la solicitud ante el INVIMA

  2. Radique los documentos solicitados

  3. Realice el pago

  4. Atienda la visita técnica por parte de la entidad.

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

Puede obtener información y gestionar algunos pasos de manera virtual, tenga en cuenta que es necesario una visita técnica por parte de los funcionarios de la entidad.

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

$ 2,746,177 código 4052-1 Verifique la tabla de precios del INVIMA

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

30 días laborales

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

Resolución 2022001026 de 2022, (Todos)

Decreto 1889 de 2021, (5)

Ley 2069 de 2020, (2)

Resolución 2020046413 de 2020, (Todos)

Resolución 20190035791 de 2019, (Todos)

Resolución 242 de 2013, (Todos)

Resolución 241 de 2013, (Todos)

Resolución 240 de 2013, (Todos)

Resolución 2013010990 de 2013, (Todos)

Resolución 2013005726 de 2013, (Todos)

Decreto 2270 de 2012, (Todos)

Decreto 1500 de 2007, (Todos)

Resolución 2019058384 de 2019, (Todos)

26 - Solicite el certificado de Buenas Prácticas de Manufactura BPM

Este certificado es el mecanismo por el cual se garantiza que los productos fabricados por una y que están destinados al uso, son conformes con los requisitos de las normas y cumplen con los estándares de calidad sanitarios para su uso y/o comercialización.
Requisitos
Requisitos

¿Qué necesito para solicitar el Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura?

 

  1. Complete el formulario solicitud de trámites de información que solicita el INVIMA

  2. Adjunte el registro profesional del director técnico expedido por el Colegio Nacional de Químicos Farmacéuticos de Colombia o su equivalente

  3. Solicite la liquidación del valor del trámite

  4. Realice el Pago

  5. Reúna la Información técnica en caso de ser solicitada

  6. En caso de actuar mediante apoderado, debe presentar un poder especial con presentación personal, o un poder general elevado mediante escritura pública. Si es poder otorgado desde el exterior debe estar apostillado o certificado por notario y autenticado por cónsul de Colombia en el país de origen y con traducción oficial si viene en otro idioma.

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir?

 

  1. Reúna los documentos y cumpla con los requisitos

  2. Realice el pago

  3. Radique los documentos ante el INVIMA de manera presencial

  4. Notifíquese del resultado de manera presencial ante el INVIMA

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

Puede obtener información y gestionar algunos pasos de manera virtual. Sin embargo, tenga en cuenta que la radicación de documentos se realiza de manera presencial en la ventanilla de atención al ciudadano de la sede principal o en las oficinas de los Grupos de Trabajo Territorial del INVIMA

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

$6.973.734 COP

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

75 días laborales

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

 

Resolución 2022001026 de 2022, (Todos)

Decreto 1889 de 2021, (5)

Ley 2069 de 2020, (2)

Resolución 2020046413 de 2020, (Todos)

Decreto 1366 de 2020, (Todos)

Resolución 2019058384 de 2019, (Todos)

Decreto 3075 de 1997, (Título I, Artículo 2, Capítulo V, Artículo 25)

Decreto 1686 de 2012, (Todos)

Decreto 2078 de 2012, (Todos)

Decreto Ley 019 de 2012, (Artículo 9 y 26)

Ley 9 de 1979, (Artículo 576)

Ley 399 de 1997, (Todos)

Resolución 20190035791 de 2019, (Todos)

27 - Solicite el registro sanitario / permiso sanitario / notificación sanitaria

Este registro es un acto administrativo mediante el cual se autoriza a una persona natural o jurídica a fabricar, procesar, envasar, importar y/o comercializar un alimento, según el riesgo (alto, medio o bajo) en salud pública con destino al consumo humano.
Requisitos
Requisitos

¿Qué necesito para realizar la solicitud?

  1. Complete el formulario único de alimentos, registros sanitarios, permiso o notificación sanitaria y tramites asociados.

  2. Presente la inscripción a la Cámara de Comercio como persona jurídica o natural.

  3. Presente en original y copia el documento otorgado en caso de actuar como apoderado.

Pasos
Pasos

¿Qué pasos seguir?

  1. Realice el pago según la solicitud (registro, permiso o notificación).

  2. Radique los documentos de manera presencial o virtual ante el INVIMA.

  3. Notifíquese de la respuesta.

Virtualidad
Virtualidad

¿A dónde puedo ir?

Puede iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite y/o servicio en línea a través de la página web del INVIMA o también de manera presencial.

Costos
Costos

¿Cuál es el costo de este trámite?

El costo puede variar según solicitud requerida y el riesgo (bajo, medio o alto) y se puede pagar en línea, para más información contactar con el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA).

Nota: El costo aproximando puede ser desde $2.510.545,00 COP hasta $7.798.041,00 COP

Tiempo
Tiempo

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

2 días laborales

Normatividad
Normatividad

¿Qué normatividad debo cumplir?

Resolución 2022001026 de 2022, (Todos)

Decreto 1889 de 2021, (5)

Ley 2069 de 2020, (2)

Resolución 2019058384 de 2019, (Todos)

Decreto 612 de 2000, (Todos)

Decreto 1270 de 2002, (Todos)

Decreto 4764 de 2005, (Todos)

Decreto 2078 de 2012, (Todos)

Decreto Ley 019 de 2012, (Artículos 126)

Ley 399 de 1997, (Todos)

Resolución 2674 de 2013, (Artículos 37 al 47)

Resolución 719 de 2015, (Todos)

Resolución 20190035791 de 2019, (Todos)

Decreto 557 de 2020, (5)

Resolución 2020014308 de 2020, (Todos)

Resolución 2020046413 de 2020, (Todos)