1 - Solicite el permiso de emisión atmosférica para fuentes fijas
Si la actividad de su empresa va a generar emisiones atmosféricas por encima de los niveles estipulados por la ley, deberá obtener el permiso que concede
la CAR (Corporación Autónoma Regional) correspondiente, para que una persona o empresa pueda realizar emisiones al aire dentro de los límites permisibles establecidos en las normas ambientales.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso de emisión atmosférica?
1. Complete el formulario Único Nacional de permiso de emisiones atmosféricas para fuentes fijas
2. Entregue el certificado de existencia y representación legal para personas jurídicas, expedido dentro del mes inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud, y fotocopia del documento de identificación en caso de ser personas naturales.
3. Presente el Poder debidamente otorgado, cuando se actúe mediante apoderado.
4. Demuestre el certificado de libertad y tradición expedido dentro del mes inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud; o documento que acredite la posesión o tenencia del solicitante, o presente el contrato de arrendamiento, comodato en caso de que aplique.
5. Debe tener el concepto sobre uso del suelo del establecimiento, obra o actividad, expedido por la autoridad municipal o distrital competente, o en su defecto, los documentos públicos u oficiales contentivos de normas y planos, o las publicaciones oficiales, que sustenten y prueben la compatibilidad entre la actividad u obra proyectada y el uso permitido del suelo.
6. Información meteorológica básica del área afectada por las emisiones.
7. Haga una descripción de las obras que ejecuta o va a ejecutar:
a. Localización de las instalaciones, del área o de la obra.
b. Descripción de las obras, procesos y actividades de producción, mantenimiento, tratamiento, almacenamiento o disposición que generen las emisiones y planos que dichas descripciones requieran.
c. Flujograma con indicación y caracterización de los puntos de emisión al aire, ubicación y cantidad de los puntos de descarga al aire.
d. Descripción y planos de los ductos, chimeneas o fuentes dispersas, e indicación de sus materiales, medidas y características técnicas.
e. Fecha proyectada de iniciación de actividades, o fechas proyectadas de iniciación y terminación de las obras, trabajos o actividades, si se trata de emisiones transitorias.
f. Información técnica sobre producción prevista o actual, proyectos de expansión y proyecciones de producción a cinco (5) años.
8. Realice el estudio técnico de evaluación de las emisiones de sus procesos de combustión o producción; se deberá anexar además información sobre consumo de materias primas combustibles u otros materiales utilizados.
9. Haga entrega del diseño de los sistemas de control de emisiones atmosféricas existentes o proyectados, su ubicación e informe de ingeniería.
10. Realice el estudio técnico de dispersión como información en proyectos para refinería de petróleos, fábricas de cementos, plantas química y petroquímicas, siderúrgicas, quemas abiertas controladas en actividades agroindustriales y plantas termoeléctricas.
Entregue el Informe de Estado de Emisión IE-1, el cual aplica para las cementeras, siderúrgicas, refinerías y termoeléctricas.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna los documentos anteriores
2. Radique los documentos
3. Verifique y notifique el inicio del trámite ante la autoridad competente
4. Presente la información adicional, en caso de requerirse
5. Realice el pago de la evaluación
6. Reciba la visita del representante de la CAR (Corporación Autónoma Regional)
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Adquiera información de cómo gestionar algunos pasos de manera virtual a través de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales (VITAL) y de las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR).
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo de este trámite varía y se establece en la Resolución 1140 del 1 de junio de 2022 “Por la cual se fijan las tarifas para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de licencias, permisos, concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de control y manejo ambiental.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
Entre 85 y 360 días hábiles.
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Acuerdo 23 de 2009 (Artículo 2 numeral 14 y artículos 4, 13-15.)
Decreto 2811 de 1974 (Artículo 73 - 76)
Ley 99 de 1993 (Artículo 31)
Ley 633 de 2000 (Artículo 96)
Ley 962 de 2005 (Artículo 25)
Decreto 1076 de 2015 (compila el Decreto 948 de 1995) (Art. 2.2.5.1.7.1) (Decreto Reglamentario)
2 - Solicite el permiso de prospección exploración de aguas subterráneas
Este permiso le permite obtener el derecho de explorar terrenos en busca de aguas subterráneas para su aprovechamiento.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso?
1. Necesita el Formato Único Nacional de Solicitud de Permiso de Prospección y Exploración de Aguas Subterráneas. Descargue el formato
2. Presente el plano del Instituto Geográfico Agustín Codazzi IGAC, (entidad encargada de producir el mapa oficial y la cartografía básica de Colombia), a escala 1: 10.000 señalando ubicación del predio y pozo.
3. Presente el documento técnico: en original con la información que se exige en el Formato Único Nacional de solicitud de Permiso de prospección y Exploración.
4. En caso de actuar por medio de apoderado, presente 1 copia del poder general o 1 original del poder especial
5. En caso de no ser propietario del predio presente 1 copia de la prueba idónea de la posesión o tenencia del predio
En caso de ser tenedor del predio presente 1 original de la autorización del propietario o poseedor del predio.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna los documentos y cumpla con los requisitos necesarios para el tramite
2. Radique la documentación
3. Comunique y/o notifíquese del auto de inicio del tramite
4. Presente la información adicional, en caso de que se requiera
5. Realice el pago de la evaluación
Reciba la visita
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
242 días hábiles.
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Acuerdo 10 de 1989 (Artículos 62-64)
Acuerdo 23 de 2009 (Artículo 2 numeral 4 y artículos 4, 13 al 15.)
Decreto 2811 de 1974 (Artículos 51, 54, 56, 57, 149-154)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015 (Libro 2, parte 2, título 3, capítulo 2, sección 16, artículos 2.2.3.2.16.4 - 2.2.3.2.16.12)
Ley 633 de 2000 (Artículo 96)
Ley 99 de 1993 (Artículos 31, 66)
Resolución 1280 de 2010 (Artículos 1 -2)
Resolución 2202 de 2006 (Todos)
3 - Solicite la concesión de aguas subterráneas
Este trámite le permite obtener el derecho de usar o aprovechar las aguas subterráneas, tanto en predios propios como ajenos.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso?
1. Complete el Formato Único Nacional de Solicitud de Concesión de Aguas Subterráneas. Descargue el formato
2. Presente el documento con información sobre los sistemas para la captación, derivación, conducción, restitución de sobrantes, distribución y drenaje: 1 Original(es)
3. Presente el diseño definitivo del pozo:1 Fotocopia
4. En caso de actuar por medio de apoderado, poder:1 Copia(s) (poder general), 1 Original(es) (poder especial)
5. En caso de no ser el propietario del predio, prueba idónea de la posesión o tenencia del predio:1 Fotocopia(s)
6. En caso de ser tenedor del predio - autorización del propietario o poseedor del predio:1 Original(es)
7. Para la prestación de servicios públicos, censo de usuarios de la fuente de la cual se pretende obtener la concesión de aguas:1 Fotocopia(s), y documento que indique los detalles de las obras:1 Original(es)
8. Para refrigeración de máquinas, memoria descriptiva de las operaciones de lavado:1 Original(es) y dato exacto de la cantidad de agua que se necesita para refrigerar las máquinas:1 Fotocopia(s)
9. Para uso energético, estudio de factibilidad del proyecto completo:1 Original(es)
10. Para uso industrial, estudio de factibilidad del proyecto industrial:1 Original(es)
Para uso minero y petrolero, estudio de factibilidad del proyecto industrial:1 Original(es)
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna los documentos
2. Radique la documentación
3. Comunique y/o notifíquese del auto de inicio del tramite
4. Presente información adicional, en caso de requerirse
5. Realice el pago de la evaluación
Reciba la visita
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
El tiempo para la obtención de todo el trámite oscila entre 50 y 130 días hábiles.
Normatividad
Decreto 2811 de 1974, (Artículo 59 - 63 y 68)
Ley 99 de 1993, (Título I, VI, VII y VIII)
Ley 633 de 2000, (Artículo 96)
Ley 962 de 2005, (Artículo 25)
Resolución 2202 de 2006, (Todos)
Resolución 1280 de 2010, (Artículo 1)
Acuerdo 10 de 1989, (Artículo 72-73,76)
Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 5, artículos 4,13-15)
Decreto 1575 de 2007, (Artículo 28)
Decreto único reglamentario 1976 de 2015. Artículos: 2.2.3.2.7.6
Decreto único reglamentario 1076 de 2015.
4 - Solicite la concesión de aguas superficiales
Este trámite le permite obtener el derecho de usar o aprovechar las aguas de uso público para: abastecimiento doméstico, riego y silvicultura, abrevaderos, industrial, generación térmica de electricidad, explotación minera y tratamiento de minerales, explotación petrolera; inyección para generación geotérmica, generación hidroeléctrica, generación cinética directa, acuicultura y pesca, recreación y deportes, usos medicinales, y otros usos minerales.
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Requisitos
REQUISITOS
¿Qué necesito para solicitar la concesión de aguas superficiales?
1. Complete el formato Único Nacional de Solicitud de Concesión de Aguas Superficiales. Descargue el formato
2. Presente el documento con información sobre los sistemas para la captación, derivación, conducción, restitución de sobrantes, distribución y drenaje: 1 Original(es)
3. En caso de actuar por medio de apoderado, poder:1 Copia(s) (poder general), 1 Original(es) (poder especial)
4. En caso de no ser el propietario del predio, prueba idónea de la posesión o tenencia del predio:1 Fotocopia(s)
5. En caso de ser tenedor del predio - autorización del propietario o poseedor del predio:1 Original(es)
6. Para la prestación de servicios públicos, censo de usuarios de la fuente de la cual se pretende obtener la concesión de aguas:1 Fotocopia(s), y documento que indique los detalles de las obras:1 Original(es)
7. Para refrigeración de máquinas, memoria descriptiva de las operaciones de lavado:1 Original(es) y dato exacto de la cantidad de agua que se necesita para refrigerar las máquinas:1 Fotocopia(s)
8. Para uso energético, estudio de factibilidad del proyecto completo:1 Original(es)
9. Para uso industrial, estudio de factibilidad del proyecto industrial:1 Original(es)
Para uso minero y petrolero, estudio de factibilidad del proyecto industrial:1 Original(es)
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna los documentos
2. Radique la documentación
3. Comuníquese y/o notifíquese del auto de inicio del tramite
4. Presente información adicional, en caso de requerirse
5. Realice el pago de la evaluación
Reciba la visita
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
El tiempo para la obtención de todo el trámite oscila entre 50 y 130 días hábiles.
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decreto 2811 de 1974, (Artículo 50 -63, 77 - 163)
Decreto 1575 de 2007, (Artículo 28)
Ley 99 de 1993, (Título I, VI, VII y VIII)
Ley 633 de 2000, (Artículo 96)
Ley 962 de 2005, (Artículo 25)
Ley 99 de 1993 (Título I, VI, VII y VIII)
Resolución 2202 de 2006, (Todos)
Resolución 1280 de 2010, (Artículo 1)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015.
5 - Solicite el permiso de ocupación de cauces, playas y lechos
Este trámite corresponde a la autorización permanente o transitoria para la construcción de obras que ocupen el cauce de una corriente o depósito de agua. Se requerirá cuando el proyecto de la empresa requiera obras, vertimientos o cruce en playas, cauces o lechos.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso?
1. Complete el formulario Único Nacional de Solicitud de Ocupación de Cauces, Playas y Lechos. Descargue el formato
2. Entregue el plano de localización de la fuente hídrica en el área de influencia: 1 Fotocopia(s)
3. Entregue los planos y memorias de cálculo estructural e hidráulico de las obras necesarias para la captación, control, conducción, almacenamiento o aprovechamiento del cauce: 1 Fotocopia(s)
4. En caso de actuar por medio de apoderado, poder:1 Copia(s) (poder general), 1 Original(es) (poder especial)
5. En caso de ser tenedor del predio - autorización del propietario o poseedor del predio:1 Original(es)
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna los documentos descritos en los requisitos
2. Radique la documentación
3. Comunique y/o notifíquese del auto de inicio del tramite
4. Presente la información adicional, en caso de requerirse
5. Realice el pago de la evaluación
6. Reciba la visita técnica
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
El tiempo para este trámite puede estar entre 150 y máximo 360 días calendario
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 99 de 1993, (Artículos 31, 66)
Acuerdo 10 de 1989, (Artículos 107 -111)
Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 9 y artículos 4, 13-15.)
Resolución 2202 de 2006, (Todos)
Ley 633 de 2000, (Artículo 96)
Decreto 1541 de 1978, (Artículos 87 - 97, 104 - 106 y 183 - 204)
Decreto 2811 de 1974, (Artículos 102 - 105 y 119 - 145)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015 Todos
6 - Solicite el permiso de vertimientos
Este permiso se solicita para descargar vertimientos en las fuentes superficiales de aguas, o en el suelo asociado a un terreno rocoso permeable dispuesto bajo la superficie.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso?
1. Complete el formato Único Nacional de Solicitud de Permiso de Vertimientos. Descargue el formato
2. Presente el documento técnico (1) original (es), que contenga: la ubicación, descripción de la operación del sistema, memorias técnicas y diseños de ingeniería conceptual y básica
3. Presente el plano donde se identifique origen, cantidad y localización geo-referenciada de las descargas al cuerpo de agua o al suelo: 1 Fotocopia(s)
4. Presente la caracterización del vertimiento (1) original (es)
5. Presente el certificado de uso de suelo: 1 Original(es)
6. Evaluación ambiental del vertimiento
7. Presente el plan de Gestión del Riesgo para el Manejo del Vertimiento: 1 Original(es)
8. En caso de actuar por medio de apoderado, poder:1 Copia(s) (poder general), 1 Original(es) (poder especial)
9. En caso de no ser el propietario del predio, prueba idónea de la posesión o tenencia del predio:1 Fotocopia(s)
10. En caso de ser tenedor del predio - autorización del propietario o poseedor del predio:1 Original(es)
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna los documentos
2. Radique la documentación
3. Comunique y/o notifíquese del auto de inicio del tramite
4. Presente la información adicional, en caso de requerirse
5. Realice el pago de la evaluación
6. Reciba la visita
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
El tiempo mínimo será de 96 días y máximo 240 días hábiles.
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 1514 de 2012, (Artículos 1 - 6)
Resolución 1280 de 2010, (Artículos 1 - 2)
Decreto 2811 de 1974, (Artículos 5, 134 numeral e, 191, 336)
Resolución 2202 de 2006, (Artículos 1 - 5)
Resolución 631 de 2015, (Todos)
Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 7 y artículo 4, 13-15)
Ley 633 de 2000, (Artículo 96)
Decreto 50 de 2018, (9,10)
Ley 1955 de 2019, (Artículo 13)
Ley 99 de 1993, (Artículos 31 numeral 9, 66)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015.
Decreto 1076 de 2015 (compila el Decreto 948 de 1995) (Art. 2.2.5.1.7.2) (Decreto Reglamentario)
Decreto 1076 de 2015 (compila el Decreto 948 de 1995) (Art. 2.2.5.1.7.9) (Decreto Reglamentario)
Resolución 619 de 1997 del Ministerio de Ambiente (Art. 1) (Acto Administrativo)
Resolución 1280 de 2010 (Artículo 1)
Resolución 2202 de 2006 (Todos)
Resolución 909 de 2008 (Todos)
7 - Regístrese en el sistema de Información Sobre Uso de Recursos Naturales Renovables
El objetivo de este registro es obtener información estandarizada sobre el uso, aprovechamiento o afectación de los recursos naturales renovables por las actividades del sector manufacturero.
La información capturada en este registro debe ser actualizada anualmente por los usuarios (según lo contemplado en el artículo 3ro de la Resolución 1023 de 2010) antes del 31 de marzo, de esta forma la Autoridad Ambiental realiza el proceso de revisión y validación de la información para y la remite al IDEAM (Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales) con el fin de apoyar a las Autoridades Ambientales en el control, seguimiento y los análisis que de allí se generan.
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Requisitos
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 1514 de 2012, (Artículos 1 - 6)
Resolución 1280 de 2010, (Artículos 1 - 2)
Decreto 2811 de 1974, (Artículos 5, 134 numeral e, 191, 336)
Resolución 2202 de 2006, (Artículos 1 - 5)
Resolución 631 de 2015, (Todos)
Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 7 y artículo 4, 13-15)
Ley 633 de 2000, (Artículo 96)
Decreto 50 de 2018, (9,10)
Ley 1955 de 2019, (Artículo 13)
Ley 99 de 1993, (Artículos 31 numeral 9, 66)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015.
Decreto 1076 de 2015 (compila el Decreto 948 de 1995) (Art. 2.2.5.1.7.2) (Decreto Reglamentario)
Decreto 1076 de 2015 (compila el Decreto 948 de 1995) (Art. 2.2.5.1.7.9) (Decreto Reglamentario)
Resolución 619 de 1997 del Ministerio de Ambiente (Art. 1) (Acto Administrativo)
Resolución 1280 de 2010 (Artículo 1)
Resolución 2202 de 2006 (Todos)
Resolución 909 de 2008 (Todos)
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
· Descargue y diligencie el anexo 2 de la Resolución 1023 de 2010,
· Radique el anexo ante la autoridad ambiental competente donde esté ubicado el establecimiento (CAR)
· La Autoridad tendrá 15 días hábiles para notificar el usuario y contraseña
· Ingrese y reporte, ya sea por el portal web del IDEAM o la Autoridad Ambiental
Nota: Los establecimientos con licencia ambiental o plan de manejo ambiental, que hayan sido expedidos por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales- ANLA, deberán tramitar la inscripción ante esta entidad
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
El interesado puede realizar la inscripción en línea, en la página del IDEAM
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Sin costo
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
21 días laborales.
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 99 de 1993 (Art. 5) (Ley Ordinaria)
Decreto 2041 de 2014 (Art. 48)
Resolución 1023 de 2010 del Minambiente (Art. 3 y Art. 4) (Acto Administrativo)
Resolución 941 de 2009
8 - Realice la inscripción en el registro de generadores de residuos o desechos peligrosos
Si la actividad a desarrollar en el país como persona o empresa genera residuos o desechos peligrosos mayores a 10.000 kilogramos al mes, deberá inscribirse y obtener el registro de generadores de residuos o desechos peligrosos - RESPEL
Con este registro se contribuirá a mejorar el conocimiento de la problemática asociada a este tipo de residuos, para planificar la gestión más adecuada de ellos y establecer acciones que contribuyan con la solución de esta problemática.
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Requisitos
¿Qué necesito para realizar la inscripción?
· Realice la solicitud de Inscripción en el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos - RESPEL: 1 Original(es), ante la autoridad ambiental competente de la región en donde se instala la operación (CAR)
Pasos
¿Qué pasos seguir?
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Reúna los documentos y cumpla con los requisitos para el tramite
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Radique la documentación requerida
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
El interesado puede realizar la inscripción en línea, en la página del IDEAM
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Sin costo
Tiempo
How long does this procedure take?
15 working days
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 99 de 1993, (Artículo 31)
Ley 1252 de 2008, (Todos)
Resolución 043 de 2007, (Todos)
Resolución 1362 de 2007, (Artículo 1 – 7, anexo 1 y 2)
Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 20 y artículos 4, 13-15.)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015. Artículos: 2.2.6.1.6.2
9 - Solicite la certificación de Buenas Prácticas Ganaderas
El certificado se genera para incentivar a los productores, gremios y propietarios de predios pecuarios o agrícolas a implementar las Buenas Prácticas Ganaderas o Agrícolas y es un mecanismo para minimizar los riesgos sanitarios, fitosanitario en la producción de alimentos inocuos y el acceso de productos en mercados extranjeros.
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Requisitos
¿Qué necesito para obtener la Certificación de Buenas Prácticas Ganaderas?
1. Realice la solicitud de la certificación completando el Formulario 3-958 ante las oficinas regionales del ICA
2. Complete el Formulario 3-189 ante el ICA de su jurisdicción o a través de la Ventanilla Única de Trámites VUT (del ICA)
3. Si requiere la visita de auditoría para obtener la certificación oficial debe presentar:
a. Presente copia de la cédula de ciudadanía, cédula de extranjería (si aplica) o RUT, si se trata de una persona natural o informar el nombre de la empresa y el NIT si es persona jurídica.
b. Acredite la propiedad, posesión o tenencia del predio productor.
c. Demuestre mediante documento la asistencia técnica al predio, por parte de un ingeniero agrónomo y copia de la tarjeta profesional vigente.
d. Indique el croquis de llegada y plano del predio, aclarando las áreas destinadas al cultivo y especie(s).
e. Presente el certificado del uso del suelo expedido por la autoridad competente.
f. Dé a conocer el análisis microbiológico de aguas provenientes de las fuentes utilizadas en las labores del predio, con una vigencia no mayor a un (1) año.
Pasos
¿Qué pasos seguir para obtener la Certificación de Buenas Prácticas Ganaderas?
1. Reúna la documentación necesaria
2. Realice la solicitud ante el ICA
3. Coordine la visita de verificación
Atienda y reciba la visita
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede obtener información y gestionar algunos pasos de manera virtual a través de la Ventanilla Única de Trámites VUT, o ante las oficinas del ICA de su jurisdicción, pero hay una visita técnica exigida por las entidades participantes.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Sin costo
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
30 días hábiles
Nota: en caso de existir observaciones es necesario dar un tiempo de espera para que el solicitante las resuelva y volver a coordinar la visita de validación de las acciones implementadas.
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 082394 de 2020, (Todos)
Resolución 76509 de 2020, (Todos)
Resolución 068167 de 2020, (Todos)
Resolución 067449 de 2020, (Todos)
Resolución 7953 de 2017, (Todos)
Decreto 20277 de 2018, (Todos)
Decreto 3411 de 2008, (Todos)
10 - Solicite el certificado zoosanitario de exportación
Este documento certifica el cumplimiento de los requisitos sanitarios exigidos por el país de destino de los animales, sus productos y subproductos objeto de exportación.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el certificado?
1. Verifique los requisitos establecidos para la importación, según el país de origen, el producto, el uso y el destino de la importación.
2. Inscribirse ante el Sistema de Información Sanitaria para Importación y Exportación de Productos Agrícolas y Pecuarios (SISPAP).
3. Si aún no se encuentra registrado en el (SISPAP), envié a la dirección de correo electrónico director.logística@ica.gov.co los siguientes datos: a. tipo de identificación (cédula de ciudadanía, NIT, u otro; número de identificación, nombre o razón social completos, ciudad y dirección, departamento y país; teléfonos, fax, correo electrónico y nombre del Represente Legal. Con esto se le asignará usuario y contraseña para ingresar al SISPAP.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Verifique que cumpla con los requisitos
2. Realice la solicitud del tramite
3. Efectúe el pago
4. Descargue el documento e imprímalo si la solicitud se realizó a través del aplicativo, o reciba el documento a través de ventanilla si realizó el pago en una entidad bancaria.
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede obtener información de manera virtual a través del aplicativo SISPAP.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
$53.773 COP
Tenga en cuenta que la tarifa cambia cada año.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
2 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decreto 1071 de 2015, (Capitulo 13)
Resolución 3761 de 2014, (todos)
Resolución 1475 de 2012, (todos)
Acuerdo 515 de 2002, (Art. 10, 25, 29, 41, 43, 61)
Resolución 240 de 1999, (Todos)
Resolución 1558 de 2010, (Todos)
Resolución 2384 de 2019, (todos)
Resolución 3832 de 1994, (todos)
Resolución 061177 de 2020, (todos)
11 - Solicite el certificado de venta libre
Este es uno de los trámites que debe realizar si va a ejecutar procesos de importación de alimentos. Debe tener en cuenta que todo el trámite se realiza desde el país de origen del producto y los documentos y soportes se presentan previamente ante las autoridades de Colombia.
El certificado de venta libre para productos de exportación al país:
ES un documento expedido por la autoridad sanitaria competente del país de origen, en el cual conste que los alimentos, materias primas o insumos para alimentos destinados al consumo humano objeto de exportación se encuentran autorizados para su uso, consumo y comercialización en el país de origen. Su vigencia no debe ser mayor a un (1) año.
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Requisitos
¿Qué necesito para obtener el Certificado de Venta libre?
1. Debe indicar el nombre del producto
2. Debe informar el nombre y dirección del fabricante, con el respectivo sello de apostille o en su defecto el sello de consularización (este proceso se realiza en el país de origen del producto) y legalización (se hace ante el Ministerio de Relaciones Exteriores en Colombia).
3. Si el documento proviene del exterior en idioma diferente al castellano (español), adicionalmente se debe adjuntar traducción oficial conforme con lo establecido en el Artículo 251 del Código General del Proceso.
4. Finalmente, tenga en cuenta que el certificado debe estar vigente al momento de la radicación de la solicitud.
Pasos
¿Qué pasos debo seguir para obtener el Certificado de Venta libre?
1. Tramite los documentos requeridos ante las autoridades del país de origen
2. Presente en tiempo y forma los documentos ante las autoridades colombianas
3. Espere respuesta por parte de las entidades de Colombia
4. Finalmente, si cumple con cada uno de los requisitos puede obtener el Certificado para realizar Venta Libre del producto en el país.
El certificado de venta libre para productos de exportación desde el país:
Para trámites de exportación, el trámite se realiza ante el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), específicamente para productos biológicos veterinarios y medicamentos.
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Para mayor información consulte la ficha del trámite en el Sistema Único de Información de Trámites SUIT
De manera presencial puede acudir ante el Instituto Colombiano Agropecuario ICA (solo para la ciudad de Bogotá)
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo promedio es de $105.041 COP, sin embargo, el costo dependerá de la cantidad de Certificados que requiera
Además, debe realizar el pago de la tarifa por concepto de Apostillad de los documentos ante el Ministerio de Relaciones Exteriores en Colombia
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
8 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 9 de 1979 (Art. 300) (Ley Ordinaria)
Ley 100 de 1993 (Art. 245) (Ley ordinaria)
Decreto 539 de 2014 (Art. 3) (Decreto Reglamentario)
Decreto 539 de 2014 (Art. 4) (Decreto Reglamentario)
Resolución 061177 de 2020, (todos)
Decreto 1840 de 1994, (Articulo 1-2 y 9)
Ley 101 de 1993, (Articulo 65)
Decreto 4765 de 2008, (Artículo 26)
Resolución 1056 de 1996, (Todos)
Resolución 00000054 de 2020, (Artículo 14)
Resolución 62542 de 2020, (Articulo 14)
Resolución 62770 de 2020, (Artículo 14)
12 - Solicite el certificado HACCP
El Sistema HACCP (Hazard Analysis Critical Control Point
) permite identificar, evaluar y controlar peligros significativos contra la inocuidad en la industria de los alimentos, plantas de beneficio animal
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el certificado HACCP?
1. Complete el formulario de solicitud tramites (visitas, certificaciones y certificados) el cual puede descargar a través del Sistema Único de Información de Trámites SUIT
2. Presente una certificación o concepto favorable del cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) expedido con antelación no mayor a 3 meses
3. Presente el certificado de inscripción a la Cámara de comercio correspondiente
4. En caso de actuar mediante un apoderado, debe presentar en original y copia el poder especial otorgado con la presentación personal, debe presentar el poder general elevado mediante escritura pública.
5. Si es un poder otorgado desde el exterior, debe estar apostillado o certificado por notario y autenticado por cónsul de Colombia en el país de origen y con traducción oficial si viene en otro idioma.
Pasos
¿Qué pasos seguir para solicitar el certificado HACCP?
1. Reúna los documentos y cumpla con los requisitos
2. Solicite la liquidación del costo del trámite y realice el pago
3. Radique los documentos en la ventanilla de atención al ciudadano de la sede principal o en las Oficinas de los Grupos de Trabajo Territorial. Debe presentar los documentos foliados (enumerados) en la parte superior derecha de la hoja, tomando como primer folio el recibo de pago o el soporte de la transferencia electrónica.
4. Reciba la visita técnica del INVIMA, en la fecha programada con anterioridad.
5. Al finalizar la visita se suscribe el acta por parte de los inspectores del INVIMA y los responsables del establecimiento.
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Obtenga información de cómo gestionar algunos pasos de manera virtual, sin embargo, tenga en cuenta que se programará una visita técnica y que la radicación de documentos es presencial.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
$8.708.604 COP
Nota: Consulte información de costos y tarifas a través de SUIT o ante el INVIMA y tenga en cuenta que la tarifa cambia cada año.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
60 días laborales.
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 2022001026 de 2022
Decreto 1889 de 2021, (5)
Ley 2069 de 2020, (2)
Resolución 2020046413 de 2020
Resolución 2019058384 de 2019
Resolución 2018035612 de 2018
Decreto 1036 de 1991
Resolución 730 de 1998
Ley 399 de 1997
Decreto Ley 019 de 2012, (Artículos 4 y 9)
Decreto 60 de 2002
Decreto 3075 de 1997, (Titulo II, Capitulo V, Artículo 25)
Resolución 20190035791 de 2019
13 - Solicite el registro sanitario de predio pecuario RSPP
Este registro aplica para las producciones de bovinos, bufalinos, porcinos, équidos, acuícola, aviares, ovinos y caprinos, para conocer la totalidad de predios existentes en el país y su vocación productiva. Por tanto, se convierte en un mecanismo importante para el desarrollo de los programas de control, prevención y erradicación de enfermedades en el país.
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Requisitos
¿Qué necesito para obtener el Registro Sanitario de Predio Pecuario?
1. Entregue copia de la cédula de ciudadanía, cédula de extranjería (si aplica) o RUT (Si aplica).
2. Reúna los documentos que contengan la información exacta de la ubicación del predio, la vereda o corregimiento, municipio, departamento, número de extensión en hectáreas, dirección de notificación, teléfono de contacto y correo electrónico si cuenta con este, se debe diligenciar la forma 3-101. Se puede descargar en ante el ICA
3. Para la especie bovino y bufalino, entregue el registro de la imagen de hierro, marca o padrón. En caso de no contar con marca o padrón de hierro para la identificación de animales el productor deberá informar el método de identificación de los animales y dejar constancia de ella en la solicitud.
4. Si va a registrar animales de la especie ovinos y caprinos, presente en original el documento dirigido al ICA, que contenga nombre del predio, especie, tipo de producción, tipo de identificación que usa en su producción, número de animales por especie, sexo y categorías de edad de los animales que se encuentran en el predio.
Pasos
¿Qué pasos seguir para obtener el Registro Sanitario de Predio Pecuario?
1. Reúna los documentos
2. Radique la documentación en la oficina del ICA de su jurisdicción.
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede obtener información y gestionar algunos pasos de manera virtual, sin embargo, tenga en cuenta que hay una visita técnica de por medio.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Sin costo
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
>1 día
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución ICA 090464 de 2021, (Todos)
14 - Solicite la evaluación de viabilidad de sustracción
Este trámite es el levantamiento de la figura legal de Reserva Forestal sobre un área definida, para el desarrollo de actividades económicas que de acuerdo con la ley son de utilidad pública o de interés social, y que requieren la eliminación de bosques o el cambio en el uso de los suelos, o cualquiera otra actividad distinta del aprovechamiento racional de los bosques.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar la evaluación de viabilidad de sustracción?
1. Presente una copia del documento de identificación.
2. Presente un documento de solicitud que contenga la siguiente información:
a. Nombre o razón social
b. Número de identificación
c. Domicilio y nacionalidad
d. Dirección
e. Teléfono de contacto
f. Correo electrónico
3. Presente en documento original de Certificación expedida por el Ministerio del Interior que indique las siguientes anotaciones Adicionales:
a. La presencia o no de comunidades étnicas
b. La procedencia de consulta previa.
4. En caso de actuar bajo un apoderado debe presentar el poder
5. En caso de que aplique, presente el original del Acta de protocolización de la consulta previa, además verifique que contenga las anotaciones adicionales: Conforme en la Ley 21 de 1991 y demás normas que regulan la materia.
6. Si es persona jurídica, presente el Certificado de existencia y representación legal.
Pasos
¿Qué pasos seguir para obtener la evaluación de viabilidad de sustracción?
1. Reúna los documentos y cumpla con los requisitos necesarios para el tramite
2. Radique la documentación a través de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea VITAL
3. Notifíquese de la respuesta vía correo electrónico o de manera presencial en los puntos de atención del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible MINAMBIENTE
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Sin costo
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
85 días laborales
Nota: El tiempo de obtención de la autorización puede ser mayor cuando se requiera solicitar más información o realizar visitas técnicas.
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 02 de 1959, (Todos)
Resolución 293 de 1998, (Todos)
Resolución 629 de 2012, (Todos)
Resolución 1526 de 2012, (Todos)
Resolución 763 de 2004, (Todos)
Resolución 871 de 2006, (Todos)
Resolución 1917 de 2011, (Todos)
Decreto 2372 de 2010, (Todos)
Decreto 2811 de 1974, (Artículo 210)
Decreto 111 de 1959, (Todos)
Resolución 168 de 2013, (Todos)
Resolución 590 de 2018, (Todos)
15 - Solicite el Visto Bueno para la importación y/o exportación de sustancias que agotan la capa de ozono (SAO)
Si va a importar y/o exportar sustancias que dañan la capa de ozono, deberá obtener visto bueno del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible –
MADS
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso?
1. Complete el formulario requerido
2. Reporte los componentes y especificaciones de importación o exportación
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Ingrese a la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) y realice el registro
2. Radique los documentos
Espere la respuesta de Visto Bueno
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede realizar este trámite ante el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE), también puede obtener información y gestionar algunos pasos de manera virtual y en la Ventanilla Única de Comercio Exterior VUCE puede realizar algunos trámites.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Sin Costo
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
5 días hábiles
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 2811 de 1974.
Decreto 1608 de 1979
Decreto 1791 de 1996
Decreto 1909 de 2000.
Resolución 1367 de 2000.
Decreto 309 de 2000.
Resolución 454 de 2001.
Decreto 1375 de 2013.
Decreto 1376 de 2013.
Resolución 324 de 2015.
Circular 024 de 2016. ANEXO No. 05.
Decreto 3573 de 2011.
Decreto 0925 de 2013.
Decreto 1076 de 2015.
Decreto 2153 de 2016
Decreto-ley 2106 de 2019.
Circular 018 de 2020. MINCIT.
16 - Solicite la autorización de incentivos promocionales
Esta autorización le permite imprimir, marcar o grabar en la superficie interna de un empaque o cualquier otro objeto diferente al producto, pero que tiene contacto directo con él y que tiene como finalidad promocionarlo. Este trámite se realiza ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar la autorización de incentivos promocionales?
Los interesados en utilizar los incentivos deberán solicitar previamente a la comercialización del alimento con el incentivo, autorización ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Alimentos y Medicamentos - INVIMA, anexando los siguientes documentos:
1. Realice la solicitud de autorización del incentivo, rótulo o etiqueta.
2. Presente la copia del comprobante de pago para la autorización.
3. Demuestre el Certificado de Existencia y Representación Legal (persona jurídica) o Registro Mercantil (Persona natural)
4. En caso de actuar mediante apoderado, debe presentar el poder especial con presentación personal, o un poder general elevado mediante escritura pública.
Si es poder otorgado desde el exterior debe estar apostillado o certificado por notario y autenticado por cónsul de Colombia en el país de origen y con traducción oficial si viene en otro idioma.
5. Presente el documento de Informe técnico que contenga: Información del alimento, Información del incentivo, soportes técnicos y Certificación y/o Declaración emitida por el fabricante del incentivo y de su envoltura, o del rótulo o etiqueta, y por el fabricante o proveedor de las materias primas empleadas.
6. Entregue muestras físicas del alimento que contenga el incentivo a utilizar, en cantidad suficiente y necesaria para la realización de los análisis de laboratorio que se requieran.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Radique la solicitud de autorización del incentivo, rótulo o etiqueta ante el Invima con los requisitos adjuntos
2. Realice el pago según las tasas vigentes
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite y/o servicio en línea por medio de pagos en línea ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA).
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
$687.873 COP, según el manual tarifario INVIMA vigente.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
42 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 100 de 1993 (Art. 245) (Ley Ordinaria)
Resolución 1893 de 2001 del Ministerio de Salud (Art. 5) (Acto Administrativo)
17 - Solicite la autorización de prácticas con organismos genéticamente modificados
A través de este trámite obtiene la autorización para adelantar las actividades de movimiento transfronterizo, tránsito, manipulación y utilización de los Organismos Genéticamente Modificados (OGM), y en particular, de los Organismos Vivos Modificados (OVM), que puedan tener efectos adversos para el medio ambiente, la diversidad biológica, los riesgos para la salud humana, la productividad y la producción agropecuaria.
Se entiende por Organismo Genéticamente Modificado (OGM). Cualquier organismo vivo que posea una combinación nueva de material genético, que se haya obtenido mediante la aplicación de la tecnología de ADN Recombinante, sus desarrollos o avances; así como sus partes, derivados o productos que los contengan, con capacidad de reproducirse o de transmitir información genética. Se incluyen dentro de este concepto los Organismos Vivos Modificados (OVM), a que se refiere el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad en la Biotecnología.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar la autorización de prácticas con organismos genéticamente modificados?
1. Entregue la carta de solicitud con nombre, dirección e información del solicitante
2. Reporte el nombre e identidad del Organismo Vivo Modificado – Identificador único de la OCDE
3. Informe sobre los usos aprobados del Organismo Vivo Modificado
4. Realice la descripción de la modificación genética realizada
5. Entregue las características del vector
6. Reporte los centros de origen y centros de diversidad genética
7. Informe sobre organismos donantes
8. Reporte el uso previsto del organismo Vivo Modificado o sus productos
9. Presente el medio receptor – Información sobre ubicación, características geográficas, climáticas y ecológicas
10. Reporte los métodos sugeridos para la manipulación, almacenamiento, transporte y utilización segura
11. Acompañe la solicitud de un informe no confidencial en idioma castellano
12. Entregue el soporte del pago de la tarifa correspondiente a través del sistema de información designado por el ICA.
13. Presente el documento de gestión del riesgo
14. Entregue la carta de compromiso de entrega de material del Organismo Genéticamente Modificado (OGM)
Nota: Puede consultar más detalles de este trámite en la Resolución N. 91505 del 15 de febrero de 2021
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Verifique la conformidad de la documentación
2. Realice el pago
3. Radique los documentos
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Este trámite puede realizarlo de manera presencial en cualquiera de las sedes a nivel nacional del Instituto Colombiano Agropecuario ICA.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
$1.967.683 COP
Puede consultar las tarifas establecidas por el ICA
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
60 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015. (Compila el Decreto 4525 de 2005) (Art. 2.13.1.2.1, numeral 45) (Decreto Reglamentario)
Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015. (Compila el Decreto 4525 de 2005) (Art. 2.13.7.3.6.) (Decreto Reglamentario)
Resolución 91505 de 2021 del ICA
18 - Solicite el certificado de buenas prácticas de manufactura BPM
Este certificado es el mecanismo por el cual se garantiza que los productos fabricados por una y que están destinados al uso, son conformes con los requisitos de las normas y cumplen con los estándares de calidad sanitarios para su uso y/o comercialización.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura?
1. Complete el formulario de información que solicita el INVIMA
2. Solicite la liquidación del valor del trámite
3. Realice el Pago
4. Reúna la Información técnica en caso de ser solicitada
5. En caso de actuar mediante apoderado, debe presentar un poder especial con presentación personal, o un poder general elevado mediante escritura pública. Si es poder otorgado desde el exterior debe estar apostillado o certificado por notario y autenticado por cónsul de Colombia en el país de origen y con traducción oficial si viene en otro idioma.
Pasos
¿Qué pasos seguir?
1. Reúna los documentos y cumpla con los requisitos
2. Realice el pago
3. Radique los documentos ante el INVIMA de manera presencial
4. Reciba la visita técnica
Notifíquese del resultado de manera presencial ante el INVIMA
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede obtener información y gestionar algunos pasos de manera virtual. Sin embargo, tenga en cuenta que existe una visita técnica por parte de los funcionarios asignados por el INVIMA, y que la radicación de documentos y notificación del resultado se realizan de manera presencial ante la misma entidad.
Puede obtener más información a través de SUIT
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
$6.973.734 COP
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
75 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 2022001026 de 2022, (Todos)
Decreto 1889 de 2021, (5)
Ley 2069 de 2020, (2)
Resolución 2020046413 de 2020, (Todos)
Decreto 1366 de 2020, (Todos)
Resolución 2019058384 de 2019, (Todos)
Decreto 3075 de 1997, (Título I, Artículo 2, Capítulo V, Artículo 25)
Decreto 1686 de 2012, (Todos)
Decreto 2078 de 2012, (Todos)
Decreto Ley 019 de 2012, (Artículo 9 y 26)
Ley 9 de 1979, (Artículo 576)
Ley 399 de 1997, (Todos)
Resolución 20190035791 de 2019, (Todos)
19 - Solicite el registro sanitario / permiso sanitario / notificación sanitaria
Este registro es un acto administrativo mediante el cual se autoriza a una persona natural o jurídica a fabricar, procesar, envasar, importar y/o comercializar un alimento, según el riesgo (alto, medio o bajo) en salud pública con destino al consumo humano.
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Requisitos
¿Qué necesito para realizar la solicitud?
1. Complete el formulario único de alimentos, registros sanitarios, permiso o notificación sanitaria y tramites asociados.
2. Presente la inscripción a la Cámara de Comercio como persona jurídica o natural.
3. Presente en original y copia el documento otorgado en caso de actuar como apoderado.
Pasos
¿Qué pasos seguir?
1. Realice el pago según la solicitud (registro, permiso o notificación).
2. Radique los documentos de manera presencial o virtual ante el INVIMA.
3. Notifíquese de la respuesta.
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite y/o servicio en línea a través de la página web del INVIMA o también de manera presencial.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo puede variar según solicitud requerida y el riesgo (bajo, medio o alto) y se puede pagar en línea, para más información contactar con el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA).
Nota: El costo aproximando puede ser desde $2.510.545,00 COP hasta $7.798.041,00 COP
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
2 días hábiles
Normatividad
NORMATIVIDAD
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 2022001026 de 2022, (Todos)
Decreto 1889 de 2021, (5)
Ley 2069 de 2020, (2)
Resolución 2019058384 de 2019, (Todos)
Decreto 612 de 2000, (Todos)
Decreto 1270 de 2002, (Todos)
Decreto 4764 de 2005, (Todos)
Decreto 2078 de 2012, (Todos)
Decreto Ley 019 de 2012, (Artículos 126)
Ley 399 de 1997, (Todos)
Resolución 2674 de 2013, (Artículos 37 al 47)
Resolución 719 de 2015, (Todos)
Resolución 20190035791 de 2019, (Todos)
Decreto 557 de 2020, (5)
Resolución 2020014308 de 2020, (Todos)
Resolución 2020046413 de 2020, (Todos)
20 - Solicite la revisión del sistema de protección contra incendios
A través de este trámite puede obtener un concepto técnico emitido por el Cuerpo Oficial de Bomberos (de la región donde se ubique), a través del cual se revisan las condiciones de seguridad humana, riesgos de incendio, materiales peligrosos y sistemas de protección contra incendios que se presentan en las edificaciones o establecimientos. De otro lado, se realizarán pruebas de la presión de redes hidráulicas cuando sea necesario
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar la revisión del sistema de protección contra incendios?
1. Realice el pago de esta revisión
2. Diligencie el formato de inscripción generado por el cuerpo de Bomberos quienes realizarán la revisión de este trámite.
3. Diligencie el formato de radicación generado por el cuerpo de Bomberos quienes realizarán la revisión de este trámite
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna los documentos solicitados en los formatos para inscripción y radicación para la revisión del sistema de protección contra incendios solicitados por el cuerpo de Bomberos.
2. Radique la documentación en la Oficina de Atención al Ciudadano ubicada en la Calle 20 Nº 68A-06 con el recibo de pago y la documentación solicitada.
3. Reciba la visita
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede hacer seguimiento al trámite en la oficina de Servicio al Ciudadano en la Calle 20 No. 68 A - 06 Puente Aranda, o al Teléfono: 60 1 3822500 Ext. 40101.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Régimen común y régimen simplificado: el valor a pagar es el equivalente al uno por ciento (1%) liquidado sobre el valor del impuesto de Industria y Comercio del año anterior más el equivalente a un (1) salario mínimo diario por cada establecimiento.
Establecimientos nuevos (primer año agradable de existencia) o no obligados a declarar: el valor a pagar es el equivalente a dos (2) salarios mínimos diarios $55.300 COP éste monto debe ser cancelado por cada sucursal que tenga el establecimiento.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
Este trámite tendrá un tiempo de respuesta durante los 40 días hábiles luego de radicada la solicitud.
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 0231 de 2021, (Todos)
Resolución 0661 de 2014, (Artículo 203)
Ley 1575 de 2012, (Artículo 42)
Ley 1801 de 2016, (Artículo 2)
21 - Registre su marca en la Superintendencia de Industria y Comercio
El objetivo de este procedimiento es Registrar la marca comercial de la empresa ante la
Superintendencia de Industria y Comercio en Colombia SIC
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el Registro de la Marca?
1. Conozca qué es una marca y qué puede registrar como marca en la Superintendencia de Industria y Comercio
2. Consulte los antecedentes marcarios: Antes de presentar una solicitud puede consultar sobre antecedentes marcarios para conocer si existen marcas semejantes o idénticas registradas o en trámite, que obstaculicen el registro de su marca, y evitar que sea negada porque previamente haya sido registrada por un tercero. Consulte más información a través de SIPI.
3. Clasifique los productos y/o servicios que distinguirán la marca y clasifíquelos según Clasificación Internacional de Niza.
Nota: La Clasificación Internacional de Niza es una clasificación de productos y servicios que se aplica para el registro de marcas.
4. Presente la solicitud de manera electrónica o en físico a través de la Oficina Virtual de Propiedad Industrial SIPI o en los Puntos de atención.
5. Realice el seguimiento del trámite, recuerde que debe cumplir con una serie de requisitos formales de presentación, plazos para los distintos trámites, publicación en la gaceta oficial, pagos de tasas, etc. Puede conocer las normas legales vigentes (Decisión 486 de 2000 y Circular Única de la Superintendencia de Industria Y Comercio. Titulo X) y hacer un seguimiento del trámite, para evitar incumplir los plazos previstos.
Etapas del trámite del registro de una marca
| ETAPAS |
PLAZO |
| 1. Presentación de la solicitud |
No Aplica |
| 2. La solicitud se admite a trámite y se le asigna la fecha de presentación |
No Aplica |
| 3. Examen de forma |
No Aplica |
| 3.1. Si existe algún error formal, la SIC expide un requerimiento y se otorga un plazo para subsanar. |
60 días hábiles siguientes a la notificación. |
| 4. La SIC ordena publicar la solicitud en la Gaceta de la Propiedad Industrial |
No Aplica |
| 5. Se otorga un plazo para que terceros interesados se opongan a la solicitud de registro. |
30 días hábiles siguientes a la fecha de publicación. |
| 6. Se otorga un plazo adicional (si se solicita) para presentar pruebas que soporten la oposición. |
30 días hábiles después del vencimiento del plazo para oposiciones. |
| 7. Se otorga un plazo al solicitante para que conteste la oposición. |
30 días hábiles siguientes a la notificación de la oposición. |
| 8. Se otorga un plazo adicional (si se solicita) para presentar pruebas que soporten la contestación a la oposición. |
30 días hábiles después del vencimiento del plazo para oposiciones. |
| 9. La SIC hace el examen de fondo de la solicitud y de la(s) oposición(es) –si aplica- |
N/A |
| 10. Presentación del recurso de apelación frente a la decisión de la SIC. |
10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación de la decisión1. |
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos para el Registro de Marca?
1. Reúna la documentación requerida
2. Realice el pago
3. Radique la solicitud
4. Atienda la solicitud del proceso de revisión formal de los documentos adjuntados con la solicitud y la corrección de estos, en caso de que sea necesario
5. Tenga en cuenta la respuesta de oposiciones (dichas oposiciones las presenta quien tenga legítimo interés para desvirtuar el registro de marca, por posible riesgo de confusión o asociación)
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede iniciar, hacer seguimiento, pagar y finalizar el trámite con la obtención de los documentos a través de la web de la Superintendencia de Industria y Comercio.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
COP $ 1.626.500
Con base en las tasas de precio de marcas que se actualizan anualmente y se pueden pagar en línea o de manera física.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
Entre 180 y 210 días calendario
Nota: Dependiendo de si la decisión de primera instancia es objeto de apelación o no, el tiempo de obtención puede variar entre 12 y 18 meses.
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decreto 1074 de 2015, (Artículo 2.2.2.19.5.1)
Norma internacional 486 de 2000, (Artículo 1 al 13, 134 al 189, 237)
Decreto 4886 de 2011, (Artículo 18,19)
Circular 1 de 2001, (Título I, Capítulo Sexto, 6.2 y Título X Capítulo Primero, Capítulo Tercero y Capítulo Sexto.)
Resolución 63360 de 2021, (Total)
22 - Solicite la declaración de protección de denominación de origen
Se refiere a una zona geográfica determinada, utilizada para designar un producto originario de ellos y cuya calidad, reputación u otras características se deban exclusiva o esencialmente al medio geográfico en el cual se produce, incluyendo los factores naturales y humanos.
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Pasos
¿Qué pasos seguir?
1. Presente la solicitud para el examen formal por parte de las autoridades competentes, quienes verificaran el cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley.
2. Publicada la solicitud de denominación de origen (la cual estará disponible durante 30 días hábiles), tendrá la posibilidad de formular oposiciones (si así lo requiere el caso), esto solo lo podrá hacer un titular de signos distintivos.
3. La SIC verifica la información suministrada, la cual podrá ser corroborada con visitas al sitio geográfico correspondiente, a través de un estudio específico o puede solicitar la información al solicitante.
4. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) declara o no la protección de la denominación de origen y expedirá un certificado una vez quede en firme la resolución de protección.
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea a través de la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio o también de manera presencial.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo puede variar si la solicitud se hace en línea o manera física, para más información contactar con la Superintendencia de Industria y Comercio. (SIC)
Nota: El costo aproximado seria de $162.000 COP en línea, $198.000 COP en físico.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
240 días
Nota: Esto dependerá si la decisión de primera instancia es objeto de apelación o no.
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decreto 1074 de 2015, (Artículos 2.2.2.20.6. y 2.2.2.23.1.)
Norma internacional 486 de 2000, (Artículo 140 a 150, 201, 202, 203, 204, 205,206, 212.)
Circular 1 de 2001, (Capítulo VII)
Resolución 63360 de 2021, (Total)
Decreto Ley 4886 de 2011, (Artículo 18 y 19)
23 - Solicite la autorización de integraciones empresariales
Esta autorización le permitirá al inversionista adquirir el control de una o varias empresas, o adquirir el control de una empresa en otra ya existente o para crear una nueva empresa con el fin de desarrollar actividades conjuntamente.
El régimen de competencia colombiano prevé que las integraciones o concentraciones empresariales que cumplan ciertas condiciones deben ser reportadas a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), siendo ésta la autoridad nacional de protección de la competencia.
El término integración empresarial es amplio y comprende las fusiones, adquisiciones, consolidaciones, acuerdos de colaboración o Joint Venture u otro tipo de acuerdo o transacción mediante la cual una empresa adquiere control sobre otra y cese la competencia en el mercado, mediante la consolidación de dos agentes del mercado en uno solo.
Cuando. las partes tengan en conjunto una participación inferior al 20% en el mercado relevante, la operación de integración se entiende autorizada de manera automática por virtud de la ley, pero en todo caso debe ser notificada a la SIC antes de que ésta se lleve a cabo, y la SIC se reserva el derecho de revisar los supuestos de hecho tenidos en cuenta por las partes.
Cuando las partes tengan una participación conjunta superior al 20% en el mercado relevante, la operación debe ser aprobada por la SIC para que pueda llevarse a cabo.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar la integración de empresas?
Las integraciones empresariales deben ser reportadas a la SIC cuando se cumplen los siguientes supuestos:
1. Supuesto subjetivo: Que las empresas involucradas en la operación se dediquen a la misma actividad económica (integración horizontal); o que las empresas involucradas en la operación hagan parte de la misma cadena de valor (integración vertical).
2. Supuesto objetivo: Que las empresas que cumplen con cualquiera de los supuestos subjetivos hayan tenido, conjunta o individualmente, ingresos operacionales superiores a 60.000 salarios mínimos legales mensuales en el año inmediatamente anterior a la operación; o que las empresas que cumplen con cualquiera de los supuestos subjetivos hayan tenido activos totales, conjunta o individualmente, superiores o 60.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, en el año inmediatamente anterior a la operación.
3. Presente el documento de notificación la página web del SIC
4. En caso de tener poder aprobado, presentar los poderes y certificados de existencia y representación legal de todas las empresas intervinientes
Pasos
¿Qué pasos seguir para solicitar la integración de empresas?
1. Reúna la documentación requerida (solicitud de preevaluación e información adicional si es requerida)
2. Realice el pago
3. Radique la solicitud ante la Superintendencia de Industria y Comercio
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite y/o servicio en línea a través de la web de la Superintendencia de Industria y Comercio SIC
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Para presentar una notificación: COP$2.767.000.
Para presentar una solicitud de preevaluación: COP$14.998.000
Si la SIC determina que la transacción presenta preocupaciones competitivas es necesario iniciar la Fase 2, que dependiendo de los ingresos operacionales o activos totales de las partes que están en proceso de integración, deben asumir tasas superiores que van desde COP$27.630.000, hasta COP$39.480.000.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
10 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decreto 092 de 2022, (Total)
Resolución 2751 de 2021, (Total)
Decreto Ley 019 de 2012, (Artículo 2, 156, 157)
Ley 1437 de 2011, (artículos 1 al 31; artículos 34, 35, 36, 39, 40, 41, 45, 56, 61, 62, 63, 64, 74 al 81, 84 al 89 y 91 al 97)
Decreto 4886 de 2011, (artículo 1, numerales 8, 11 al 15, 62 al 65; artículo 3, numerales 15 al 18, 34 y artículo 9, numerales 8, 9, 10, 13, 14, 18 y 20)
Ley 1340 de 2009, (artículos 1, 2, 4, 5, 6, 8 al 13, 17, 20, 22, 23, 28, 31, 33 y 34 de los Títulos I, II, IV y VI)
Circular 1 de 2001, (capítulo Segundo del Título VII)
Ley 2010 de 2019, (Artículo 152)
Resolución 916 de 2022, (Total)
Resolución 77896 de 2020, (Total)
24 - Realice el registro de productores, importadores y prestadores sujetos a los reglamentos técnicos vigilados por la Superintendencia de Industria y Comercio
En este trámite deben
registrarse los productores e importadores de productos (bienes o servicios) sujetos al cumplimiento de reglamentos técnicos cuyo control y vigilancia le corresponde a la Superintendencia de Industria y Comercio.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el Registro de productores y/o importadores?
1. Complete el formulario de registro de productores, importadores y prestadores sujetos a los reglamentos técnicos ante la Superintendencia de Industria y Comercio y realice el registro o la actualización de la información en la página web www.sic.gov.co.
2. Se validarán los datos ingresados al sistema, si se está inscribiendo una empresa, el sistema comprobará del Número de Matrícula Mercantil datos como: Razón Social, Dirección, Teléfono, etc. En caso de que la información suministrada no concuerde con la del registro mercantil, no podrá continuar el trámite de inscripción.
3. Registre una cuenta de correo electrónico. Esta cuenta de correo tiene como la cual tiene como recuperar su contraseña en caso de perderla.
4. Todos los establecimientos de comercio de una misma razón social estarán asociados en un solo registro, y sólo contarán con un único número de registro.
5. Para las empresas prestadoras de servicios sujetos al cumplimiento de reglamentos técnicos que exijan el cumplimiento de competencias laborales para sus empleados, deberán, además de diligenciar sus datos, vincular a cada uno de los empleados con que cuentan. Para poder realizar esta operación, los empleados deben haber diligenciado su registro previamente.
6. En los casos de prestación de servicios sujetos a reglamento técnico que exige competencias laborales, cada persona natural es responsable de diligenciar su registro y seleccionar en el sistema los servicios que prestan. Por cada uno de los servicios seleccionados, el sistema comprobará en línea la información de los certificados de competencias laborales que ingresen, con la entidad que los emitió.
7. El Registro de Productores e Importadores tendrá un módulo de consulta pública, para encontrar más información acerca de las personas inscritas.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna la documentación requerida
2. Realice el pago
3. Radique la solicitud
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede iniciar el trámite, hacer seguimiento y finalizarlo en línea a través de la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio SIC en la opción de registro de productores e importadores.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Sin costo.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
>1 día
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 1480 de 2011 (Art. 17) (Ley ordinaria)
Ley 1480 de 2011 (Art. 46, numeral 3) (Ley ordinaria)
Ley 1480 de 2011 (Art. 53) (Ley ordinaria)
Decreto 1595 de 2015 (Art. 2.2.1.7.15.6) (Decreto Reglamentario)
Circular 1 de 2001 de la Superintendencia de Industria y Comercio, Título IV (Numeral 1.1) (Acto Administrativo)
25 - Solicite su patente en la Superintendencia de Industria y Comercio
Como inversionista puede obtener la Concesión de un título de patente al inventar una solución técnica que aporte beneficio a la humanidad, por tanto, podría explotar de manera exclusiva este invento por un tiempo determinado.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar la Patente?
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Complete el formulario al que se denomina petitorio en caso de presentarlo en físico o en caso de hacerlo en línea a través de SIPI (Oficina Virtual de Propiedad Intelectual) debe registrarse e ingresar la información requerida.
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Entregue en documento original la descripción, reivindicaciones o resumen, puede consultar más información en el SUIT.
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Tenga en cuenta que las reivindicaciones que corresponden a la memoria descriptiva de la patente.
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Presente las figuras o ejemplos.
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Entregue el comprobante de pago de la tasa establecida (la cual cambia cada año)
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Si se presenta por intermedio de un abogado debe presentarse el poder otorgado a éste. El poder no necesita de presentación personal, autenticación o legalización y podrá otorgarse mediante documento privado.
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Si la solicitud la hace una empresa, no es necesario aportar el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica solicitante. La SIC podrá consultar los registros públicos de los Certificados de Existencia y Representación de las Cámara de Comercio.
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Proporciones una copia del contrato de cesión o bien del contrato en virtud del cual se presuma la cesión cuando el solicitante no sea el inventor, por ejemplo: contrato de prestación de servicios o de trabajo.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna la documentación requerida
2. Realice el pago
3. Radique la solicitud
4. Atienda la solicitud del proceso de revisión formal de los documentos adjuntados con la solicitud y la corrección de estos, en caso de que sea necesario
5. Tenga en cuenta la respuesta de oposiciones
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede iniciar, tener el seguimiento y finalizar el trámite y/o servicio en línea a través de la web de la Superintendencia de Industria y Comercio SIC
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
90 días
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 63360 de 2021, (Total)
Circular 1 de 2001, (Títulos I y X)
Ley 463 de 1998, (Todos)
Decreto 2591 de 2000, (Artículos 1 al 4, 24, 25)
Norma internacional 486 de 2000, (Artículos 3 al 80, 163, 237 al 240, 271, 279, 280)
Decreto 4886 de 2011, (Artículo 20)
Decreto 63360 de 2021, (total)
26 - Registre el diseño industrial
Mediante un
Registro de Diseño Industrial se puede proteger la apariencia particular de un producto que resulte de cualquier reunión de líneas o combinación de colores, o de cualquier forma externa bidimensional o tridimensional, línea, contorno, configuración, textura o material, sin que cambie la finalidad de dicho producto, que resulte novedoso, es decir, que el producto sea nuevo universalmente, así que no se ha dado a conocer al público.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el Registro del Diseño Industrial?
un formulario al que se denomina petitorio.
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Complete el formulario PI02-F02 - REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIAL que puede obtener en cualquiera de los puntos autorizados de la SIC
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Descargue el recibo de pago por el valor correspondiente ante la SIC
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Proporcione los dibujos del diseño (en total 7, discriminados así: seis vistas, una por cada cara y una perspectiva isométrica para ver el objeto en 3 dimensiones), las figuras del diseño no deben indicar medidas, cortes o funciones técnicas.
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Si el diseño es solicitado por una persona diferente al diseñador o por una empresa, se debe anexar una cesión de derechos del diseñador a la persona o empresa que lo solicita.
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Si la empresa o persona solicitante se hace representar por un abogado para que siga el trámite, se debe anexar, además, un poder dado al abogado. El poder no necesita de presentación personal, autenticación o legalización y podrá otorgarse mediante documento privado.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna la documentación requerida
2. Realice el pago
3. Radique la solicitud
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Este trámite lo puede realizar ante la Superintendencia de Industria y Comercio SIC, en línea, hacer seguimiento y finalizar todo el proceso.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
COP $702.000,00 si es en línea
Nota: El costo puede variar si la solicitud se hace en línea o manera física, para más información contacte a la Superintendencia de Industria y Comercio. (SIC)
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
210 días calendario
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decreto 4886 de 2011, (Artículo 20, numeral 8)
Decreto 1074 de 2015, (Capitulo 19)
Circular 1 de 2001, (Títulos I y X)
Norma internacional 486 de 2000, (Artículos 4 al 11, 113 al 133)
Decreto 2591 de 2000, (Artículo 1 al 4, 13, 14, 24, 25)
Resolución 63360 de 2021, (general)