1 - Solicite el permiso de prospección y exploración de aguas subterráneas
Este permiso le permite obtener el derecho de explorar la existencia y la viabilidad de aprovechar en el futuro las aguas subterráneas. Dicho permiso no le confiere la concesión para el aprovechamiento de aguas subterráneas, por lo tanto, una vez obtenga la viabilidad de esta solicitud deberá adelantar el trámite de solicitud de concesión de aguas Subterráneas
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso?
1. Descargue y diligencie el Formato Único Nacional de Solicitud de Permiso de Prospección y Exploración de Aguas Subterráneas.
2. Descargue y diligencie la lista de chequeo Trámite Ambiental Solicitud Permiso Prospección o Exploración según sea el caso
3. Presente el plano del Instituto Geográfico Agustín Codazzi IGAC, (entidad encargada de producir el mapa oficial y la cartografía básica de Colombia), a escala 1: 10.000 señalando ubicación del predio y pozo.
4. Presente el documento técnico: en original con la información que se exige en el Formato Único Nacional de solicitud de Permiso de prospección y Exploración.
5. En caso de actuar por medio de apoderado, presente 1 copia del poder general o 1 original del poder especial
6. En caso de no ser propietario del predio presente 1 copia de la prueba idónea de la posesión o tenencia del predio
7. En caso de ser tenedor del predio presente 1 original de la autorización del propietario o poseedor del predio.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna los documentos y cumpla con los requisitos necesarios para el tramite
2. Radique la documentación
3. Comunique y/o notifíquese del auto de inicio del tramite
4. Presente la información adicional, en caso de que se requiera
5. Realice el pago de la evaluación ((solicite liquidación en los puntos de atención o por el auto liquidador de la Secretaría Distrital para operaciones en Bogotá)
6. Reciba la visita
7. Notifíquese de la respuesta
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.
Si el trámite es para instalar operaciones en la ciudad de Bogotá, solicite el recibo de liquidación en los puntos de atención o realice la descarga por el Autoliquidador de la Secretaría Distrital de Ambiente ingresando al módulo color azul claro de nombre "Calidad del aire, auditiva y visual" luego en botón "Liquidador para evaluación de permisos prospección y exploración de aguas subterráneas".
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
80 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decreto 2811 de 1974 (Artículos 51, 54, 56, 57, 149-154)
Acuerdo 10 de 1989 (Artículos 62-64)
Ley 633 de 2000 (Artículo 96)
Ley 99 de 1993 (Artículos 31, 66)
Resolución 815 de 1997
Resolución 2202 de 2006 (Todos)
Acuerdo 23 de 2009 (Artículo 2 numeral 4 y artículos 4, 13 al 15.)
Resolución 1280 de 2010 (Artículo 1-2)
Resolución 5589 de 2011
Resolución 00288 de 2012
Decreto único reglamentario 1076 de 2015 (Libro 2, parte 2, título 3, capítulo 2, sección 16, artículos 2.2.3.2.16.4 - 2.2.3.2.16.12)
2 - Solicite la concesión de aguas subterráneas
Este trámite le permite obtener el derecho de usar o aprovechar las aguas subterráneas, tanto en predios propios como ajenos, para ser utilizados en diferentes procesos productivos.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso?
1. Complete el Formato Único Nacional de Solicitud de Concesión de Aguas Subterráneas.
2. Presente el documento con información sobre los sistemas para la captación, derivación, conducción, restitución de sobrantes, distribución y drenaje en original(es), así como el documento con las anotaciones adicionales sobre las inversiones, cuantía de estas y término en el cual se van a realizar. (según lo establecido en el artículo 152 del Decreto 1541 de 1978)
3. Presente el diseño definitivo del pozo:1 Fotocopia
4. En caso de actuar por medio de apoderado, poder:1 Copia(s) (poder general), 1 Original(es) (poder especial)
5. En caso de no ser el propietario del predio, prueba idónea de la posesión o tenencia del predio:1 Fotocopia(s)
6. En caso de ser tenedor del predio - autorización del propietario o poseedor del predio:1 Original(es)
7. Para la prestación de servicios públicos, censo de usuarios de la fuente de la cual se pretende obtener la concesión de aguas:1 Fotocopia(s), y documento que indique los detalles de las obras:1 Original(es)
8. Para refrigeración de máquinas, memoria descriptiva de las operaciones de lavado:1 Original(es) y dato exacto de la cantidad de agua que se necesita para refrigerar las máquinas:1 Fotocopia(s)
9. Para uso energético, estudio de factibilidad del proyecto completo:1 Original(es) y estudio ecológico y ambiental
10. Para uso industrial, estudio de factibilidad del proyecto industrial:1 Original(es) y estudio ecológico y ambiental
11. Para uso minero y petrolero, estudio de factibilidad del proyecto industrial:1 Original(es)
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna los documentos
2. Radique la documentación
3. Comunique y/o notifíquese del auto de inicio del tramite
4. Presente información adicional, en caso de requerirse
5. Realice el pago de la evaluación (solicite liquidación en los puntos de atención o por el auto liquidador de la Secretaría Distrital para operaciones en Bogotá)
6. Reciba la visita donde ser verificarán las condiciones de la fuente hídrica, del predio beneficiario y demás información suministrada por el solicitante, de acuerdo con la normatividad ambiental vigente.
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.
Si el trámite es para instalar operaciones en la ciudad de Bogotá, solicite el recibo de liquidación en los puntos de atención o realice la descarga por el Autoliquidador de la Secretaría Distrital de Ambiente ingresando al módulo color azul claro de nombre "Calidad del aire, auditiva y visual" luego en botón "Liquidador para evaluación de permisos de concesión de aguas subterráneas".
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
Entre 50 y 130 días laborales
Normatividad
Decreto 2811 de 1974, (Artículo 59 – 63, 68 y 151)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015 (Libro 2, Parte 2, Título 3, Capítulo 2, Sección 10, Último(s)-dígito(s) 1, 10 11, 12, 13,14,15,16,17,18, 19, 2, 20, 3, 4, 5, 6, 7, 8,9, 21,)
Ley 99 de 1993, (Título I, VI, VII y VIII)
Ley 633 de 2000, (Artículo 96)
Ley 962 de 2005, (Artículo 25)
Resolución 2202 de 2006, (Todos)
Decreto 1575 de 2007, (Artículo 28)
Resolución 1280 de 2010, (Artículo 1)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015.
3 - Solicite la concesión de aguas superficiales
Este trámite le permite obtener el derecho de usar o aprovechar las aguas de uso público para: abastecimiento doméstico, riego y silvicultura, abrevaderos, industrial, generación térmica de electricidad, explotación minera y tratamiento de minerales, explotación petrolera; inyección para generación geotérmica, generación hidroeléctrica, generación cinética directa, acuicultura y pesca, recreación y deportes, usos medicinales, y otros usos minerales.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar la concesión de aguas superficiales?
1. Complete el formato Único Nacional de Solicitud de Concesión de Aguas Superficiales.
2. Presente el documento con información sobre los sistemas para la captación, derivación, conducción, restitución de sobrantes, distribución y drenaje: 1 Original(es), así como el documento con las anotaciones adicionales sobre las inversiones, cuantía de estas y término en el cual se van a realizar.
3. En caso de actuar por medio de apoderado, poder:1 Copia(s) (poder general), 1 Original(es) (poder especial)
4. En caso de no ser el propietario del predio, prueba idónea de la posesión o tenencia del predio:1 Fotocopia(s)
5. En caso de ser tenedor del predio - autorización del propietario o poseedor del predio:1 Original(es)
6. Para la prestación de servicios públicos, presente documento que indique la extensión y el número de predios o de habitantes que se proyecta beneficiar, el plazo dentro del cual se dará al servicio y la reglamentación de este.
7. Para refrigeración de máquinas, memoria descriptiva de las operaciones de lavado:1 Original(es) y dato exacto de la cantidad de agua que se necesita para refrigerar las máquinas:1 Fotocopia(s)
8. Para uso energético, estudio de factibilidad del proyecto completo:1 Original(es)
9. Para uso industrial, estudio de factibilidad del proyecto industrial:1 Original(es)
10. Para uso minero y petrolero, estudio de factibilidad del proyecto industrial:1 Original(es)
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna los documentos
2. Radique la documentación
3. Comuníquese y/o notifíquese del auto de inicio del tramite
4. Presente información adicional, en caso de requerirse
5. Realice el pago de la evaluación (solicite liquidación en los puntos de atención o por el auto liquidador de la Secretaría Distrital para operaciones en Bogotá)
6. Reciba la visita donde ser verificarán las condiciones de la fuente hídrica, del predio beneficiario y demás información suministrada por el solicitante, de acuerdo con la normatividad ambiental vigente.
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.
Si el trámite es para instalar operaciones en la ciudad de Bogotá, solicite el recibo de liquidación en los puntos de atención o realice la descarga por el Autoliquidador de la Secretaría Distrital de Ambiente ingresando al módulo color azul claro de nombre "Calidad del aire, auditiva y visual" luego en botón "Liquidador para evaluación de permisos de concesión de aguas superficiales".
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
Mínimo 50 días - Máximo 130 días laborales
En Bogotá: 120 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decreto 2811 de 1974, (Artículo 50 -63, 77 - 163)
Decreto 1575 de 2007, (Artículo 28)
Ley 99 de 1993, (Título I, VI, VII y VIII)
Ley 633 de 2000, (Artículo 96)
Ley 962 de 2005, (Artículo 25)
Ley 99 de 1993 (Título I, VI, VII y VIII)
Resolución 2202 de 2006, (Todos)
Resolución 1280 de 2010, (Artículo 1)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015
4 - Solicite el permiso de ocupación de cauces, playas y lechos
Este trámite corresponde a la autorización permanente o transitoria para la ejecución de obras que ocupen el cauce de una corriente o depósito de agua. Se requerirá cuando el proyecto de la empresa requiera obras, vertimientos o cruce en playas, cauces o lechos.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso?
1. Descargue y Complete el formulario Único Nacional de Solicitud de Ocupación de Cauces, Playas y Lechos.
2. Descargue y complete el formulario de solicitud permiso de ocupación de cauce, playas y lechos lista de chequeo según sea el caso
3. Entregue certificado de existencia y representación legal o documento que haga sus veces (no mayor a tres meses previo a la solicitud)
4. Entregue el plano de localización de la fuente hídrica en el área de influencia: 1 Fotocopia(s)
5. Entregue los planos y memorias de cálculo estructural e hidráulico de las obras necesarias para la captación, control, conducción, almacenamiento o aprovechamiento del cauce: 1 Fotocopia(s)
6. En caso de actuar por medio de apoderado, poder:1 Copia(s) (poder general), 1 Original(es) (poder especial)
7. En caso de ser tenedor del predio - autorización del propietario o poseedor del predio:1 Original(es)
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna los documentos descritos en los requisitos
2. Radique la documentación
3. Comunique y/o notifíquese del auto de inicio del tramite
4. Presente la información adicional, en caso de requerirse
5. Realice el pago de la evaluación (solicite liquidación en los puntos de atención o por el auto liquidador de la Secretaría Distrital para operaciones en Bogotá)
6. Reciba la visita técnica donde se verificará que la obra o construcción este ocupando el cauce que se solicitó.
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.
Si el trámite es para instalar operaciones en la ciudad de Bogotá, solicite el recibo de liquidación en los puntos de atención o realice la descarga por el Autoliquidador de la Secretaría Distrital de Ambiente ingresando al módulo color azul claro de nombre "Calidad del aire, auditiva y visual" luego en botón "Liquidador para evaluación de permisos de ocupación de cauces, playas y lechos".
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
mínimo 150 días y máximo 360 días calendario
En Bogotá: 60 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 99 de 1993, (Artículos 31, 66)
Acuerdo 10 de 1989, (Artículos 107 -111)
Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 9 y artículos 4, 13-15.)
Resolución 2202 de 2006, (Todos)
Ley 633 de 2000, (Artículo 96)
Decreto 1541 de 1978, (Artículos 87 - 97, 104 - 106 y 183 - 204)
Decreto 2811 de 1974, (Artículos 102 - 105 y 119 - 145)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015 (Libro 2, parte 2, título 3, capítulo 2, sección 12, artículo 2.2.3.2.12.1 - 2.2.3.2.12.1.3; Libro 2, parte 2, título 3, capítulo 2, sección 19, artículos 2.2.3.2.19.1 - 2.2.3.2.19.17)
Resolución 1280 de 2010, (Artículos 1 - 2)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015
5 - Solicite el permiso de vertimientos
Este permiso se solicita para descargar vertimientos en las fuentes superficiales de aguas, o en el suelo asociado a un terreno rocoso permeable dispuesto bajo la superficie.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso?
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Presente ante la Secretaría Distrital de Ambiente, una solicitud que contenga la lista de chequeo de trámite según sea el caso.
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Complete el formato Único Nacional de Solicitud de Permiso de Vertimientos. Descargue el formato
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Presente el documento técnico (1) original (es), que contenga: la ubicación, descripción de la operación del sistema, memorias técnicas y diseños de ingeniería conceptual y básica
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Presente el plano donde se identifique origen, cantidad y localización geo-referenciada de las descargas al cuerpo de agua o al suelo: 1 Fotocopia(s)
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Presente la caracterización del vertimiento (1) original (es)
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Presente el certificado de uso de suelo: 1 Original(es)
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Evaluación ambiental del vertimiento
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Presente el plan de Gestión del Riesgo para el Manejo del Vertimiento: 1 Original(es)
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En caso de actuar por medio de apoderado, poder:1 Copia(s) (poder general), 1 Original(es) (poder especial)
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En caso de no ser el propietario del predio, prueba idónea de la posesión o tenencia del predio:1 Fotocopia(s)
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En caso de ser tenedor del predio - autorización del propietario o poseedor del predio:1 Original(es)
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
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Reúna los documentos
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Radique la documentación
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Comunique y/o notifíquese del auto de inicio del trámite
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Presente la información adicional, en caso de requerirse
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Realizar la descarga por el Autoliquidador de la Secretaría Distrital de Ambiente y siga las instrucciones para realizar la liquidación del trámite (para el caso de Bogotá)
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Realice el pago de la evaluación
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Reciba la visita
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
El tiempo mínimo será de 96 días y máximo 240 días laborales
En Bogotá: 87 días laborales
Si el trámite es para instalar operaciones en la ciudad de Bogotá, solicite el recibo de liquidación en los puntos de atención o realice la descarga por el Autoliquidador de la Secretaría Distrital de Ambiente ingresando al módulo color azul claro de nombre "Calidad del aire, auditiva y visual" luego en botón "Liquidador para evaluación de permisos de vertimientos".
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 1514 de 2012, (Artículos 1 - 6)
Resolución 1280 de 2010, (Artículos 1 - 2)
Decreto 2811 de 1974, (Artículos 5, 134 numeral e, 191, 336)
Resolución 2202 de 2006, (Artículos 1 - 5)
Resolución 631 de 2015, (Todos)
Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 7 y artículo 4, 13-15)
Ley 633 de 2000, (Artículo 96)
Decreto 50 de 2018, (9,10)
Ley 1955 de 2019, (Artículo 13)
Ley 99 de 1993, (Artículos 31 numeral 9, 66)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015.
6 - Solicite el permiso de emisión atmosférica para fuentes fijas
Si la actividad de su empresa va a generar emisiones atmosféricas por encima de los niveles estipulados por la ley, deberá obtener el permiso que concede
la CAR (Corporación Autónoma Regional), para que una persona o empresa pueda realizar emisiones al aire dentro de los límites permisibles establecidos en las normas ambientales.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso de emisión atmosférica?
1. Complete el Formulario Único Nacional de Solicitud de Permiso de Emisiones Atmosféricas Fuentes Fijas.
2. Presente el Certificado uso del suelo que emiten las Alcaldías de acuerdo con el POT (Plan de Ordenamiento Territorial)
3. Entregue el documento que contenga la información meteorológica básica del área afectada por las emisiones: 1 Original(es).
4. Entregue el documento original que contenga la descripción de las obras, procesos y actividades de producción, mantenimiento, tratamiento, almacenamiento o disposición que generen las emisiones, así como los planos que dichas descripciones requieran.
5. Entregue el documento en original con el Flujograma, donde se indique y caracterice los puntos de emisión al aire; ubicación y cantidad de los puntos de descarga al aire; descripción y planos de los ductos, chimeneas o fuentes dispersas; además proporcione indicación de los materiales, medidas y características técnicas.
6. Presente el documento en original con la información técnica sobre producción prevista o actual, proyectos de expansión, proyecciones de producción y cambios de tecnología, todo proyectado a 5 años.
7. Tenga el documento en original de la Evaluación de las emisiones, de sus procesos de combustión o producción, y con anotaciones adicionales que contengan información sobre consumo de materias primas, combustibles y otros materiales utilizados.
8. Demuestre en Fotocopia los planos del diseño de los sistemas de control de emisiones atmosféricas existentes o proyectados, con anotaciones adicionales de su ubicación y un informe de ingeniería.
9. Presente el documento en Fotocopia de la Plancha IGAC (Instituto Geográfico Agustín Codazzi), es decir el plano a escala que emite esta entidad.
10. Si actúa por medio de un apoderado presente el documento del Poder en formato Original.
11. En caso de no ser propietario del predio, presente una fotocopia de la prueba idónea de la posesión o tenencia del predio.
12. En caso de ser tenedor del predio, presente en documento original la autorización del propietario o poseedor del predio.
13. Haga entrega del documento original del Estudio Técnico de Dispersión que aplica para los casos de refinerías de petróleos, fábrica de cementos, plantas químicas y petroquímicas, siderúrgicas, quemas abiertas controladas en actividades agroindustriales, y plantas termoeléctricas.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna los documentos anteriores de manera presencial en los puntos de atención de la CAR, a través de correo electrónico o a través de VITAL.
2. Radique los documentos
3. Verifique y notifique el inicio del trámite ante la autoridad competente
4. Presente la información adicional, en caso de requerirse
5. Realice el pago de la evaluación
6. Reciba la visita del representante de la CAR (Corporación Autónoma Regional) donde se verificará que se cumplan con los límites máximos de emisiones atmosféricas de acuerdo con lo establecido en la Resolución 909 de 2008.
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Adquiera información de cómo gestionar algunos pasos de manera virtual a través de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales y de las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR).
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Si el trámite es para instalar operaciones en la ciudad de Bogotá, solicite el recibo de liquidación en los puntos de atención o realice la descarga por el Autoliquidador de la Secretaría Distrital de Ambiente ingresando al módulo color azul claro de nombre "Calidad del aire, auditiva y visual" luego en botón "Liquidador para evaluación de permisos de emisiones para fuentes fijas".
La Tarifa de Evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los Honorarios, Viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
Entre 150 y 360 días calendario
En Bogotá:.85 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decreto 2811 de 1974, (Artículo 73 - 76)
Ley 99 de 1993, (Artículo 31)
Ley 633 de 2000, (Artículo 96)
Ley 962 de 2005, (Artículo 25)
Resolución 619 de 1997, (Todos)
Resolución 2202 de 2006, (Todos)
Resolución 909 de 2008, (Todos)
Resolución 1280 de 2010, (Artículo 1)
Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 14 y artículos 4, 13-15.)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015. Artículos: 2.2.5.1.7.2.2.5.1.7.7
7 - Presente el plan de contingencia para el manejo de derrames
Es un documento de control ambiental que busca establecer los pasos a seguir que se deben llevar a cabo frente a la ocurrencia de sucesos de carácter técnico, accidental o humano, con el objetivo de proteger los componentes ambientales en el área donde se desarrolla un proyecto que exploren, exploten, manufacturen, refinen, transformen, procesen, transporten o almacenen hidrocarburos o sustancias nocivas para la salud y los recursos hidrobiológicos. Para transporte el plan de contingencia se presentará ante la dirección regional en la cual se transite con mayor frecuencia.
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Requisitos
¿Qué necesito para presentar el plan de contingencia para el manejo de derrames?
Todas las actividades excepto transporte
1. Presente el documento plan de contingencia en medio físico y magnético en formato PDF. (El plan debe estar acorde a los Lineamientos técnicos para la presentación del Plan de Contingencia)
2. Suministre nombre, dirección e identificación del solicitante y razón social si se trata de una persona jurídica.
3. Entregue poder debidamente otorgado, cuando se actúe por medio de un apoderado.
4. Adjunte certificado de existencia y representación legal para el caso de persona jurídica o certificado de matrícula mercantil en caso de que el registro se haga a nombre de una persona natural, en cualquier caso, con expedición no superior a tres meses.
5. Obtenga autorización del propietario o poseedor cuando el solicitante sea mero tenedor.
6. Proporcione certificado actualizado del registro de instrumentos públicos y privados sobre la propiedad del inmueble, o la prueba idónea de la posesión o tenencia.
7. Suministre nombre y localización del predio, proyecto, obra o actividad.
8. Adjunte concepto sobre el uso del suelo expedido por la autoridad municipal competente.
Si la empresa es de transporte:
9. Adjunte una copia del documento plan de contingencia física (El plan debe estar acorde a los Lineamientos técnicos para la presentación del Plan de Contingencia)
10. Suministre una copia del documento plan de contingencia medio magnético
11. Asocie respectivos Soportes y Anexos
12. Proporcione radicado mediante oficio firmado por el gerente de la empresa o quien se haya delegado, NIT, dirección, teléfono, email, etc.
13. Declare el compromiso de la empresa en la implementación de lo consignado en el plan y el cumplimiento de la normatividad ambiental relacionada.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna los documentos mencionados anteriormente
2. Radique los documentos
3. Verifique y notifique el inicio del trámite ante la autoridad competente
4. Presente la información adicional, en caso de requerirse
5. Realice el pago de la evaluación
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Adquiera información de cómo gestionar algunos pasos de manera virtual a través de las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR).
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa se establece en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los Honorarios, Viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
Entre 150 y 360 días calendario
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decreto 321 de 1999, (Todos)
Resolución 1401 de 2012, (Todos)
Decreto 1609 de 2002, (Artículo 12)
Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 13 y artículos 4, 13-15.)
Ley 633 de 2000, (Artículo 96)
Resolución 1280 de 2010, (Artículos 1 -2)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015. Artículos: 2.2.3.3.2.2.3.3.4.14
8 - Realice la inscripción en el registro de generadores de residuos o desechos peligrosos
Esta inscripción la debe realizar toda persona natural o jurídica que desarrolle cualquier tipo de actividad que genere residuos o desechos peligrosos, excepto los que generen una cantidad inferior a 10.000 kg/mes.
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Requisitos
¿Qué necesito para realizar la inscripción?
1. Realice la solicitud de Inscripción en el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos - RESPEL: 1 Original(es), ante la autoridad ambiental competente de la región en donde se instala la operación (CAR)
Nota: para la Ciudad de Bogotá, descargue y complete la Carta de solicitud y la Lista de chequeo.
Pasos
¿Qué pasos seguir?
1. Reúna los documentos y cumpla con los requisitos para el tramite
2. Radique la documentación requerida
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
El interesado puede realizar la inscripción en línea a través de la página de la CAR o de manera presencial en los puntos de atención de la regional.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Sin costo
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
15 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 99 de 1993, (Artículo 31)
Ley 1252 de 2008, (Todos)
Resolución 043 de 2007, (Todos)
Resolución 1362 de 2007, (Artículo 1 – 7, anexo 1 y 2)
Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 20 y artículos 4, 13-15.)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015. Artículos: 2.2.6.1.6.2
9 - Realice el permiso de insumos agrícolas para experimentación
Si una empresa desea importar un insumo agrícola (ya sea fertilizante, acondicionador de suelo, plaguicida, bioinsumos, coadyuvante o regulador fisiológico) para realizar pruebas de desarrollo, análisis de laboratorio, pruebas de eficacia preliminares deberá informar al Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), el cual analizará la información reportada por la empresa y emitirá concepto favorable o no favorable al respecto. Si este concepto es favorable le permitirá a la empresa ingresar al país el producto terminado, o la materia prima reportada en las cantidades expuestas para la experimentación.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso de insumos agrícolas para experimentación?
1. Presente la solicitud escrita, firmada por el representante legal de la empresa o de la persona encargada explicando la solicitud
2. Anexe la ficha técnica del producto si no está registrado en el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA)
3. Diligencie la forma ICA 3–423 "Concepto de Insumos para Experimentación" de acuerdo al instructivo de diligenciamiento
4. Adjunte documento que especifique el uso de la cantidad a importar si es el caso
a. Suministre el protocolo de ensayo de eficacia aprobado por el ICA
b. Entregue oficio explicando técnicamente el desarrollo interno de la empresa (uso del producto a importar, cantidades, manejos, usos y destinos)
5. Adjunte el recibo de pago
6. En caso de mayores cantidades o volúmenes se requiere justificación técnica adicional
7. Entregue factura de Venta ICA
8. Anexe Permiso de experimentación emitido por el Ministerio de Salud y Protección Social para la importación de muestras de Plaguicidas químicos si es el caso
9. Solicite el concepto de experimentación en caso de que las muestras de ingredientes activos o productos terminados tengan un origen diferente a los ya aprobados
10. Adjunte concepto técnico para la importación de muestras aprobado por el ICA, en el caso de bioinsumos para uso agrícola
11. Contemple evaluación de riesgos si el ICA lo determina de ser necesario
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Realice el pago
2. Reúna la documentación requerida para el trámite
3. Radique la documentación en la entidad (ICA)
4. Contrate los servicios de una Sociedad de Intermediación Aduanera (SIA) para tramitar la información por medio de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE)
Virtualidad
Adquiera información de cómo gestionar algunos pasos de manera virtual a través del Instituto Colombiano Agropecuario (
ICA).
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El valor dependerá de la tarifa establecida por el ICA y el tipo de insumos que se utilicen
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
3 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Circular Externa ICA No 04 de 2022
Resolución 061177 de 2020, (Todos)
Resolución 3759 de 2003, (Artículo 14)
Resolución 150 de 2003, (Artículo 4-7)
Resolución 698 de 2011, (Artículo 12)
Norma internacional 436 de 1998, (Artículo 14)
10 - Realice contrato de acceso a recursos genéticos y sus productos derivados
El contrato de acceso a recursos genéticos y sus productos derivados es el acuerdo entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y un tercero (persona natural o jurídica), para autorizar la ejecución de actividades de acceso a recursos genéticos, sus productos derivados y de colecta relacionados, que se pretendan llevar a cabo en desarrollo de un programa o proyecto de investigación determinado. En este acuerdo (contrato) se establecen los términos y condiciones en las que se autoriza el acceso a recursos genéticos, sus productos derivados y, de ser el caso, al componente intangible asociado (se refiere a todo conocimiento, innovación o práctica individual o colectiva, con valor real o potencial, asociado al recurso genético, o sus productos derivados o al recurso biológico que los contiene, protegido o no por regímenes de propiedad intelectual). Este contrato puede ser con fines comerciales o de bioprospección.
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Requisitos
¿Qué necesito para realizar el contrato de acceso a recursos genéticos y sus productos derivados?
1. Presente Formato de solicitud de acceso a recursos genéticos teniendo en cuenta los requisitos según tipo de contrato.
2. Diligencie carta modelo Institución Nacional de Apoyo.
3. Anexe el formato de autorización de notificación electrónica debidamente diligenciado.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna la documentación requerida para el trámite
2. Radique la documentación en la entidad
Virtualidad
Adquiera información de cómo gestionar algunos pasos de manera virtual a través de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales (VITAL)
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Sin costo
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
120 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 1352 de 2017
Decreto 1076 de 2015
Resolución 1348 de 2014
Decreto 1376 de 2013
Decreto 1375 de 2013
Ley 3570 de 2011
Decreto 730 de 1997
Decisión Andina 391 de 1996
Ley 165 de 1994
Ley 99 de 1993
11 - Solicite el Visto Bueno para la importación y/o exportación de sustancias que agotan la capa de ozono (SAO)
El visto bueno, se otorga para quienes realicen actividades de importación y/o exportación de sustancias que dañan la capa de ozono SAO. Los permisos o autorizaciones previos a la importación o exportación son otorgados por la entidad competente que para tal caso es la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -
ANLA y son radicadas a través del módulo de importaciones de la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el visto bueno de importación y/o exportación de sustancias SAO?
Para importadores:
1. Debe registrarse ante la Ventanilla Única de Comercio Exterior –VUCE, y obtener un usuario y contraseña.
2. Realice el registro o solicitud de licencia de importación de conformidad con lo consagrado en el Decreto 0925 de 2013[1], y los procedimientos establecidos por la Dirección de Comercio Exterior, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
3. Debe consultar la Circular 018 del 03 de septiembre de 2020 del Ministerio de Comercio Industria y Turismo, “Requisitos, permisos y autorizaciones exigidos previamente a la presentación de las solicitudes de registro y licencias de importación, por parte de las entidades que participan en la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE.
Para exportadores:
1. El exportador a través de VUCE debe diligenciar el formulario descuento de cupos de exportación de SAOs, de conformidad al artículo 8° de la Resolución 0131 de 2014.
2. El artículo 7 de la Resolución 0131 de 2014, establece la metodología para la distribución y asignación de los cupos anuales del país para las exportaciones de sustancias agotadoras de la capa de ozono, este cupo será otorgado por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) o la entidad que haga sus veces, teniendo en cuenta que, se asignará hasta un máximo de 33% del cupo anual autorizado del país para cada sustancia por interesado, mediante la regla primero solicitado - primero asignado.
3. Las exportaciones de SAO´S que deban efectuarse bajo las condiciones de excepciones, no requerirán tener previamente asignado cupo anual máximo, pero requerirán del Visto Bueno otorgado por la Autoridad, para lo cual deberá anexar la información correspondiente que justifique la solicitud.
4. Los vistos buenos otorgados por la ANLA para la exportación de sustancias agotadoras de la capa de ozono tendrán una vigencia de tres (3) meses contados a partir de la fecha de su otorgamiento.
5. El exportador debe informar a la ANLA la cantidad efectivamente exportada, radicando oficio y anexando la correspondiente copia de la Declaración de Exportación, dentro de los cinco (5) días laborales siguientes a la realización de la operación de exportación.
6. El nombre del exportador y Número de Identificación Tributaria NIT, deben coincidir con la información de la solicitud de asignación del cupo individual máximo de exportación otorgado por la Autoridad.
7. Debe relacionar claramente la cantidad a exportar. En caso de que la sustancia requiera cupo deberá tener en cuenta las cantidades aprobadas por la Autoridad en el año, y el descuento de estas cada vez que solicite su exportación y no podrá exceder el cupo aprobado.
8. Finalmente, presente los reportes de todos los componentes y especificaciones de la importación o exportación.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Ingrese a la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), esta es una herramienta práctica donde podrá realizar sus solicitudes de autorización para importación o exportación de sustancias SAO.
2. Como importador debe radicar la solicitud a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior –VUCE, seleccionando en el registro o licencia de importación, de manera precisa en la Casilla 38 “Entidades de Visto Bueno” la entidad ante la cual solicita el visto bueno, para el caso concreto, selecciona la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales-ANLA.
3. Radique los documentos
4. Espere la respuesta de Visto Bueno
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede realizar este trámite ante el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE), también puede obtener información y gestionar trámites de manera virtual en la Ventanilla Única de Comercio Exterior VUCE.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Sin Costo
Nota: La solicitud del Visto Bueno no tiene ningún costo por parte de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –ANLA, sin embargo, como es una plataforma exclusiva del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo son ellos los encargados de su administración.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
Visto Bueno de importación: Entre 1 y 2 días laborales
Visto Bueno de exportación: 5 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 629 de 2000
Ley 29 de 1992
Decreto 1076 de 2015
Decreto 423 de 2005
Resolución 131 de 2014
Circular 005 de 2022. anexo No. 6
Circular 032 de 2020
Decreto-ley 2106 de 2019
Decreto-Ley 2811 de 1974
Decreto 1881 de 2021
Decreto 376 de 2022
Decreto 1076 de 2015
Decreto 3573 de 2011
Circular 005 de 2022.
Resolución 634 de 2022
Circular 004 de 2022
Circular 018 de 2020
Decreto 0925 de 2013
Decreto-Ley 2811 de 1974
Decreto Ley 0019 de 2012
12 - Solicite el certificado de buenas prácticas para bancos de tejidos
Es un documento que busca regular las condiciones higiénicas, técnicas, locativas y de control de calidad; para la selección, obtención, extracción, procesamiento, preservación, almacenamiento, control de calidad, distribución de componentes anatómicos y los procedimientos de trasplante o implante de estos en seres humanos.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el certificado de buenas prácticas para bancos de tejidos?
1. Descargue Formulario solicitud de trámites (visitas, certificaciones y certificados) y anexe debidamente diligenciado y firmado
2. Inscríbase en la cámara de comercio como persona natural o jurídica
3. Presente organigrama del establecimiento
4. Anexe Manual de calidad que contenga las especificaciones de todos los materiales y métodos de procesamiento e inspección
5. Adjunte plano arquitectónico del establecimiento
6. Presente listado maestro de procesos y procedimientos
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna la documentación requerida para el trámite y cumpla las condiciones
2. Solicite la liquidación
3. Radique la documentación
4. Reciba la visita técnica
5. Notifíquese de la respuesta
Virtualidad
Notifíquese de la respuesta en la ventanilla de la oficina de atención al ciudadano dentro de los 5 días laborales siguientes al recibo de la citación, en caso contrario se procederá a la notificación por aviso
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
COP $13.387.670
Tarifa código 4025-1. Certificación y visita en Buenas Prácticas (BP) para: bancos de tejidos y de médula ósea.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
30 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 2022001026 de 2022, (Todos)
Decreto 1889 de 2021, (5)
Ley 2069 de 2020, (2)
Resolución 2020046413 de 2020, (Todos)
Resolución 20190035791 de 2019, (Todos)
Resolución 5108 de 2005, (Todos)
Ley 399 de 2007, (Todos)
Decreto Ley 19 de 2012, (Artículos 9 y 26)
Decreto 2078 de 2012, (Todos)
Decreto 2493 de 2004, (Artículo 45)
Resolución 2019058384 de 2019, (Todos)
13 - Solicite el Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura Cosmética - BMPC
Es el documento expedido por el
Invima que da constancia de que el establecimiento cumple con las buenas prácticas de manufactura cosmética vigentes, expedidas por el
Ministerio de Salud. Tiene como objetivo garantizar la producción uniforme y controlada de cada lote de productos cosméticos, de conformidad con las normas de calidad y los requisitos exigidos para su comercialización.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el certificado de buenas prácticas de manufactura cosmética - BPMC?
1. Descargue Formulario solicitud de trámites (visitas, certificaciones y certificados) y anéxelo debidamente diligenciado y firmado
2. Inscríbase al Registro Único Empresarial y Social- RUES, requisito que será verificado por el INVIMA cuando aplique, o el documento que haga sus veces, en donde conste la representación y existencia legal.
3. Suministre poder debidamente otorgado, si es el caso.
4. Acredite el pago de la tasa correspondiente al tipo de certificado solicitado.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna los documentos anteriormente mencionados
2. Solicite liquidación (se tienen las opciones de pago en línea (PSE) o la de generar recibo para pago en entidad bancaria)
3. Realice el pago
4. Radique los documentos
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede obtener información y gestionar algunos pasos de manera virtual.
Descargue el formulario de manera virtual o diríjase a los puntos de atención del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA).
Sin embargo, tenga en cuenta que la radicación de documentos y notificación del resultado se realizan de manera presencial en la ventanilla de atención al ciudadano de la sede principal o en las oficinas de los Grupos de Trabajo Territorial.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
COP $443.887
Se puede hacer pago en línea o solicitar un recibo para pago en entidad bancaria.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
15 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 2022001026 de 2022, (Todos)
Decreto 1889 de 2021, (5)
Ley 2069 de 2020, (2)
Resolución 2020046413 de 2020, (Todos)
Resolución 3774 de 2004, (Todos)
Norma internacional 516 de 2002, (Todos)
Decreto 219 de 1998, (Artículo 9)
Decreto 2078 de 2012, (Todos)
Decreto Ley 019 de 2012, (Artículos 9 y 26)
Ley 399 de 1997, (Todos)
Resolución 2019058384 de 2019, (Todos)
14 - Solicite el registro sanitario o renovación automática de equipos biomédicos de tecnología no controlada de riesgo I y IIA
Es un documento que busca regular las condiciones higiénicas, técnicas, locativas y de control de calidad; para la selección, obtención, extracción, procesamiento, preservación, almacenamiento, control de calidad, distribución de componentes anatómicos y los procedimientos de trasplante o implante de estos en seres humanos.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el registro sanitario o renovación automática de equipos biomédicos de tecnología no controlada de riesgo I y IIA?
1. Descargue el formato único de diligenciamiento de dispositivos médicos y anexe debidamente diligenciado y firmado
2. Presente el formato registro notificación electrónica
3. Inscríbase en la cámara de comercio como persona natural o jurídica
4. Presente organigrama del establecimiento
5. Anexe la descripción del equipo médico que contenga un listado de partes principales que componen el producto y su composición, especificaciones, funcionamiento, información descriptiva.
6. Adjunte estudios técnicos y comprobaciones analíticas
7. Suministre método de esterilización
8. Proporcione Método de desecho o disposición final del producto
9. Adjunte Artes finales de las etiquetas e insertos
10. Entregue historial comercial del dispositivo médico
11. Anexe declaración expedida por parte del titular, del fabricante o representante autorizado de los equipos en Colombia en caso de ser equipos biomédicos
12. Anexe análisis de riesgos para dispositivos médicos y biomédicos de clase IIA
13. Adjunte lista de normas empleadas para dispositivos médicos y biomédicos de clase IIA
14. Suministre información científica para equipos biomédicos IIA
15. Cuente con la certificación vigente de condiciones sanitarias para dispositivos médicos y/o biomédicos a la fecha de radicación del trámite para productos de fabricación nacional
Para productos Importados
1. Adjunte certificado de venta libre
2. Anexe autorización del fabricante al importados
3. Suministre historial comercial del dispositivo médico
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna la documentación requerida para el trámite y cumpla las condiciones
2. Solicite la liquidación
3. Radique la documentación
4. Notifíquese de la respuesta
Virtualidad
Procederá la notificación electrónica de la resolución, si fue diligenciado el formato por parte del interesado al momento de radicar los documentos. Para la notificación personal deberá acercarse a la ventanilla de la oficina de atención al ciudadano dentro de los 5 días laborales siguientes al recibo de la citación, en caso contrario se procederá a la notificación por aviso.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá del descuento al que aplique la empresa:
Tarifa código 3003. COP $3.219.071
Nota: Verifique si su empresa aplica a algún descuento
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
3 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 2022001026 de 2022, (Todos)
Decreto 1889 de 2021, (5)
Ley 2069 de 2020, (2)
Resolución 2020014308 de 2020, (Todos)
Decreto 557 de 2020, (5)
Resolución 2019058384 de 2019, (Todos)
Decreto 582 de 2017, (Todos)
Ley 399 de 1997, (Todos)
Decreto Ley 019 de 2012, (Artículos 9, 25 y 26)
Decreto 4725 de 2005, (Capítulo I, II, III, IV, VI, y VIII Artículo 2)
Resolución 20190035791 de 2019, (Todos)
Resolución 2020046413 de 2020, (Todos)
15 - Solicite el registro sanitario o renovación de dispositivos médicos de riesgo IIB y III
Es un documento que busca conceder la autorización a una persona natural o jurídica para producir, comercializar, importar, exportar, envasar, procesar, expender y o almacenar dispositivos médicos de fabricación nacional o importado de clase II B y clase III, teniendo en cuenta la normatividad sanitaria vigente.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el registro sanitario o renovación automática de equipos biomédicos de tecnología no controlada de riesgo IIB y III?
1. Descargue el formato único de diligenciamiento de dispositivos médicos y anexe debidamente completado y firmado.
2. Presente el formato registro notificación electrónica.
3. Inscríbase en la cámara de comercio como persona natural o jurídica.
4. Anexe la descripción del dispositivo médico
5. Adjunte estudios técnicos y comprobaciones analíticas
6. Suministre método de esterilización
7. Proporcione Método de desecho o disposición final del producto
8. Adjunte Artes finales de las etiquetas e insertos
9. Suministre estudios de biocompatibilidad
10. Anexe análisis de riesgos
11. Adjunte lista de normas empleadas
12. Proporcione estudios clínicos
13. Suministre historial comercial del dispositivo médico
14. Anexe declaración de conformidad emitida por el fabricante
15. Proporcione vida útil
16. Adjunte poder debidamente otorgado en caso de actuar por apoderado
17. Cuente con la certificación vigente de condiciones sanitarias para dispositivos médicos y/o biomédicos a la fecha de radicación del trámite para productos de fabricación nacional
Para productos Importados
1. Cuente con la certificación vigente de capacidad de almacenamiento y/o acondicionamiento para dispositivos médicos a la fecha de radicación del trámite
2. Anexe autorización del fabricante al importarlos
3. Adjunte certificado de venta libre
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna la documentación requerida para el trámite y cumpla las condiciones
2. Solicite la liquidación
3. Radique la documentación
4. Notifíquese de la respuesta
Virtualidad
Entregar la documentación en la ventanilla de atención al ciudadano de la sede principal del INVIMA o en las oficinas de los Grupos de Trabajo Territorial. Se deben presentar los documentos foliados (enumerados) en la parte superior derecha de la hoja, tomando como primer folio el recibo de consignación o soporte de la transferencia electrónica.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá de la Tarifa a la que aplique la empresa:
Tarifa código 3004: COP $3.643.615
Nota: Verifique si su empresa aplica a algún descuento
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
15 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 2022001026 de 2022, (Todos)
Decreto 1889 de 2021, (5)
Ley 2069 de 2020, (2)
Resolución 2020014308 de 2020, (Todos)
Decreto 557 de 2020, (5)
Resolución 2019058384 de 2019, (Todos)
Decreto 582 de 2017, (Todos)
Decreto Ley 019 de 2012, (Artículos 5, 25 y 26)
Decreto 4725 de 2005, (capítulos I, II, VI, VIII, Artículo 8, 9, 16, 18, 19, 21, 40, 41)
Decreto 3275 de 2009, (Todos)
Ley 399 de 1997, (Todos)
Resolución 20190035791 de 2019, (Todos)
Resolución 2020046413 de 2020, (Todos)
16 - Solicite el registro sanitario reactivos in vitro (Registro sanitario y renovaciones automáticos para reactivos de diagnóstico in vitro categorías I y II)
Es la autorización para producir, comercializar, importar, exportar, envasar o procesar legalmente reactivos de diagnóstico in vitro de fabricación nacional e importados de categoría I y II, basados en el cumplimiento de la normatividad sanitaria vigente.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el registro sanitario reactivos in vitro?
1. Descargue el formato único de diligenciamiento de reactivos de diagnóstico in vitro y anexe debidamente completado y firmado
2. Descargue el formato único de diligenciamiento de reactivos no IVD
3. Presente el formato registro notificación electrónica
4. Presente el recibo de consignación o transferencia electrónica
5. Suministre anotaciones adicionales en el siguiente orden:
a. Consignación original o copia del comprobante de la transacción electrónica
b. Formulario de solicitud
c. Información legal de soporte
d. Información técnica de soporte
6. Esté inscrito a la cámara de comercio como persona jurídica o natural
7. Anexe el certificado expedido por la Superintendencia de Industria y Comercio en caso de registrar un producto con nombre no genérico o marca registrable
8. Suministre inserto con la siguiente información:
a. nombre del producto
b. razón social del fabricante y o importador
c. aplicación y uso
d. componentes
e. contenido del estuche
f. metodología: principio del método, criterios de desempeño y limitaciones del método
g. preparación de reactivos
h. condiciones de almacenamiento y estabilidad de los reactivos
i. espécimen o muestra
j. procedimiento
k. cálculo de los resultados analíticos
l. control interno de calidad
m. intervalos de referencia (cuando aplique)
n. precauciones y advertencias
o. tecnología y equipo utilizado (cuando aplique)
p. referencias bibliográficas
q. presentación de las etiquetas y empaques
9. Adicione estudios de estabilidad que demuestren la vida útil del producto a diferentes temperaturas y tiempos, los que validan la vigencia y condiciones de almacenamiento indicando las conclusiones y resultados obtenidos de los estudios técnicos
10. Proporcione especificaciones de calidad del producto terminado (certificado de análisis), que contenga la sensibilidad, la especificidad, reproducibilidad y precisión del producto terminado y de cualquier lote del reactivo, que se demuestren las pruebas de calidad que se le realizan al producto y en donde se evidencie que el producto cumple o supera estas pruebas. Debe venir firmado por el director técnico o el encargado de la realización de las pruebas.
11. Anexe certificado de calidad sanitario expedido por una autoridad sanitaria competente o su equivalente en el país de origen, en el que se establezca el cumplimiento de las buenas prácticas
12. Anexe rotulado según especificaciones exigidas, en caso de tener productos que no requieran envase secundario
13. Suministre certificado de Venta Libre, autorización para ser importador y/o titular del registro sanitario, sticker de acondicionamiento y certificación de capacidad de almacenamiento y/o acondicionamiento (CCAA), en caso de que los productos sean importados
14. Cuente con certificación vigente de condiciones sanitarias para reactivos de diagnóstico in vitro en caso de que los productos sean de fabricación nacional
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Solicite liquidación
2. Reúna los documentos y cumpla con las condiciones mencionadas anteriormente
3. Radique los documentos
4. Notifíquese de la respuesta
Virtualidad
Procederá la notificación electrónica, si fue diligenciado el
formato por parte del interesado al momento de radicar los documentos. Para la notificación personal deberá acercarse a la ventanilla de la oficina de atención al ciudadano del Invima.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá de la tarifa a la que aplique la empresa:
Tarifa código 3042: COP $3.820.473
Nota: Verifique si su empresa aplica a algún descuento
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
3 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 2022001026 de 2022, (Todos)
Decreto 1889 de 2021, (5)
Ley 2069 de 2020, (2)
Resolución 2020046413 de 2020, (Todos)
Resolución 2020014308 de 2020, (Todos)
Decreto 557 de 2020, (5)
Resolución 2019058384 de 2019, (Todos)
Decreto 581 de 2017, (Todos)
Ley 399 de 1997, (Todos)
Decreto Ley 019 de 2012, (Artículos 9, 25 y 26)
Decreto 3770 de 2004, (Título III, capítulo II, III, IV y V)
Decreto 1036 de 2018, (Todos)
Resolución 20190035791 de 2019, (Todos)
17 - Solicite el registro sanitario de reactivos de diagnóstico in vitro
Es un documento que busca conceder la autorización por parte del
Invima para producir, comercializar, importar, exportar, envasar o procesar legalmente un reactivo de diagnóstico in vitro de fabricación nacional o importado de categoría III, teniendo en cuenta la normatividad sanitaria vigente.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el registro de reactivos de diagnóstico in vitro?
1. Descargue el formato único de diligenciamiento de reactivos de diagnóstico in vitro y anexe debidamente completado y firmado
2. Presente el formato registro notificación electrónica
3. Inscríbase en la cámara de comercio como persona natural o jurídica
4. Anexe el inserto que contenga las instrucciones generales de uso, almacenamiento, componentes, precauciones y toda la información necesaria para el uso seguro y adecuado del reactivo
5. Suministre el sticker de acondicionamiento
6. Proporcione el certificado de calidad sanitario o de buenas prácticas de manufactura
7. Anexe el certificado de marca registrable expedido por la Superintendencia de Industria y Comercio y el nombre del titular según el caso
8. Suministre los estudios de estabilidad si el reactivo de diagnóstico in vitro es importado y proviene de un país de referencia
9. Incluya el rotulado para productos que no requieren envase secundario
10. Suministre información técnica y legal indicando el número y año del acta de la sala especializada de reactivos de diagnóstico in vitro de la comisión revisora en la que se aprueba el producto, si el producto NO se comercializa en los siguientes países de referencia: Estados Unidos, Comunidad Económica Europea, Canadá, Japón y Australia.
11. Anexe poder debidamente diligenciado si es el caso
Para productos importados
12. Suministre certificado de venta libre
13. Anexe Autorización para ser importador y/o titular del registro sanitario
14. Cuente con la certificación vigente de capacidad de almacenamiento y/o acondicionamiento para Reactivos de Diagnóstico In Vitro a la fecha de radicación del trámite
Para productos Nacionales
15. Proporcione la autorización para ser titular del registro sanitario
16. Cuente con la certificación vigente de condiciones sanitarias para reactivos de diagnóstico in vitro, a la fecha del trámite
17. Suministre listado de los reactivos de diagnóstico a fabricar
18. Anexe documento de fabrica con las etapas de manufactura (proceso de fabricación) y controles de calidad
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna la documentación requerida para el trámite y cumpla las condiciones
2. Solicite la liquidación
3. Radique la documentación
4. Notifíquese de la respuesta
Virtualidad
Procederá la notificación electrónica, si fue diligenciado el
formato por parte del interesado al momento de radicar los documentos. Para la notificación personal deberá acercarse a la ventanilla de la oficina de atención al ciudadano dentro de los 5 días laborales siguientes al recibo de la citación, en caso contrario se procederá a la notificación por aviso.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá de la tarifa a la que aplique la empresa:
Tarifa código 3055. COP $2.830.153
Nota: Verifique si su empresa aplica a algún descuento
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
90 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 2022001026 de 2022, (Todos)
Decreto 1889 de 2021, (5)
Ley 2069 de 2020, (2)
Resolución 2020014308 de 2020, (Todos)
Decreto 557 de 2020, (5)
Resolución 2019058384 de 2019, (Todos)
Decreto 581 de 2017, (Todos)
Resolución 132 de 2006, (Todos)
Decreto 019 de 2012, (Artículos 9 y 26)
Decreto 4124 de 2008, (Todos)
Decreto 3770 de 2004, (Todos)
Ley 399 de 1999, (Todos)
Resolución 20190035791 de 2019, (Todos)
Resolución 2020046413 de 2020, (Todos)
18 - Solicite la revisión del sistema de protección contra incendios
A través de este trámite puede obtener un concepto técnico emitido por el Cuerpo Oficial de Bomberos (de la región donde se ubique), a través del cual se revisan las condiciones de seguridad humana, riesgos de incendio, materiales peligrosos y sistemas de protección contra incendios que se presentan en las edificaciones o establecimientos. De otro lado, se realizan pruebas de la presión de redes hidráulicas cuando sea necesario.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar la revisión del sistema de protección contra incendios?
1. Realice el pago de esta revisión
Nota: Para la ciudad de Bogotá puede ingresar al portal de servicios de Bomberos de Bogotá, a través del cual puede auto gestionar su trámite.
2. Diligencie el formato de inscripción generado por el cuerpo de Bomberos quienes realizarán la revisión de este trámite.
3. Complete el formato de radicación generado por el cuerpo de Bomberos quienes realizarán la revisión de este trámite.
4. Para el día de la visita de revisión tenga a la mano Representación legal VIGENTE del establecimiento a certificar o documento que acredite su existencia y funcionamiento, que contenga como mínimo nombre del establecimiento, razón social, NIT y dirección.
5. Si es declarante: presente la declaración de impuesto de industria y comercio vigente.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna los documentos y los formatos solicitados para radicar el trámite.
Tenga en cuenta que para la ciudad de Bogotá aplican los siguientes pasos:
2. Este proceso lo puede realizar ante el cuerpo oficial de Bomberos Bogotá, en la Oficina de Atención al Ciudadano ubicada en la Calle 20 N.º 68A-06 con el recibo de pago y la documentación solicitada.
3. Si la solicitud es aprobada, el sistema realiza automáticamente la clasificación de los niveles de riesgo del establecimiento (empresa, planta, edificación) en riesgo bajo, moderado o alto.
4. Si el establecimiento se encuentra clasificado en riesgo alto, a partir de la fecha de registro y dentro de los treinta (30) días laborales siguientes, desde la Subdirección de Gestión del Riesgo de la entidad, se programa visita. El concepto de seguridad estará disponible en la oficina de Servicio a la Ciudadanía dentro de los treinta (30) días laborales siguientes a realizada la visita.
5. Si el lugar sujeto a revisión se encuentra clasificado en riesgo bajo o moderado llegará un correo para que realice la capacitación, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la aprobación del recibo de pago, o de acuerdo con la naturaleza del establecimiento recibirá una convocatoria para participar de manera presencial en una feria de servicios.
6. El certificado de seguridad estará disponible en el portal de servicios dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a realizada la capacitación y diligenciado del formulario de AUTO-REVISION.
7. Si la ciudadanía participa en la feria de servicio recibirá la capacitación de manera presencial, y posterior al diligenciamiento del formulario de AUTO-REVISION recibirá el certificado de seguridad.
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede hacer seguimiento al trámite en la oficina de Servicio al Ciudadano en la Calle 20 No. 68 A - 06 Puente Aranda, o al Teléfono: 60 1 3822500 Ext. 40101.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Para Bogotá el valor a pagar será el establecido en el Acuerdo 11 de 1988, Capítulo IV, y el acuerdo 9 de 1992:
La tarifa para acceder al trámite será del uno por ciento (1%) liquidado sobre el valor del impuesto de Industria y Comercio del año anterior, más el equivalente a un (1) salario mínimo legal vigente diario por cada establecimiento. Para establecimientos nuevos bajo la razón social que paga con esta regla, la tarifa será un (1) salario mínimo legal vigente diario por cada establecimiento.
La tarifa por los servicios de inspección que soliciten los contribuyentes que estén exentos de declarar ICA, será dos (2) salarios mínimos legal vigentes diarios por cada establecimiento.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
30 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 0231 de 2021, (Todos)
Resolución 0661 de 2014, (Artículo 203)
Ley 1575 de 2012, (Artículo 42)
Ley 1801 de 2016, (Artículo 2)
19 - Registre su marca en la Superintendencia de Industria y Comercio
El objetivo de este procedimiento es Registrar la marca comercial de la empresa ante la
Superintendencia de Industria y Comercio en Colombia SIC
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el Registro de la Marca?
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Conozca qué es una marca y qué puede registrar como marca en la Superintendencia de Industria y Comercio
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Consulte los antecedentes marcarios: Antes de presentar una solicitud puede consultar sobre antecedentes marcarios para conocer si existen marcas semejantes o idénticas registradas o en trámite, que obstaculicen el registro de su marca, y evitar que sea negada porque previamente haya sido registrada por un tercero. Consulte más información a través de SIPI.
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Clasifique los productos y/o servicios que distinguirá la marca y clasifíquelos según Clasificación Internacional de Niza.
Nota: La Clasificación Internacional de Niza es una clasificación de productos y servicios que se aplica para el registro de marcas.
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Presente la solicitud de manera electrónica o en físico a través de la Oficina Virtual de Propiedad Industrial SIPI o en los Puntos de atención.
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Realice el seguimiento del trámite, recuerde que debe cumplir con una serie de requisitos formales de presentación, plazos para los distintos trámites, publicación en la gaceta oficial, pagos de tasas, etc. Puede conocer las normas legales vigentes (Decisión 486 de 2000 y Circular Única de la Superintendencia de Industria Y Comercio. Titulo X) y hacer un seguimiento del trámite, para evitar incumplir los plazos previstos.
Etapas del trámite del registro de una marca
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ETAPAS
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PLAZO
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1. Presentación de la solicitud
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No Aplica
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2. La solicitud se admite a trámite y se le asigna la fecha de presentación
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No Aplica
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3. Examen de forma
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No Aplica
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3.1. Si existe algún error formal, la SIC expide un requerimiento y se otorga un plazo para subsanar.
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60 días laborales siguientes a la notificación.
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4. La SIC ordena publicar la solicitud en la Gaceta de la Propiedad Industrial
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No Aplica
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5. Se otorga un plazo para que terceros interesados se opongan a la solicitud de registro.
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30 días laborales siguientes a la fecha de publicación.
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6. Se otorga un plazo adicional (si se solicita) para presentar pruebas que soporten la oposición.
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30 días laborales después del vencimiento del plazo para oposiciones.
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7. Se otorga un plazo al solicitante para que conteste la oposición.
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30 días laborales siguientes a la notificación de la oposición.
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8. Se otorga un plazo adicional (si se solicita) para presentar pruebas que soporten la contestación a la oposición.
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30 días laborales después del vencimiento del plazo para oposiciones.
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9. La SIC hace el examen de fondo de la solicitud y de la(s) oposición(es) –si aplica-
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N/A
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10. Presentación del recurso de apelación frente a la decisión de la SIC.
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10 días laborales contados a partir del día siguiente a la notificación de la decisión1.
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Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos para el Registro de Marca?
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Reúna la documentación requerida
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Realice el pago
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En caso de presentar una oposición al registro de marca deberá diligenciar el formulario PI01-F12
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En caso de realizar el proceso virtualmente deberá seguir los pasos indicados en el enlace denominado “Oficina Virtual de Propiedad Industrial”.
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En caso de requerir división de la solicitud de marca y lema deberá diligenciar el formulario PI01-F08
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En caso de solicitar la renuncia a derechos respecto del registro de marca de productos y/o servicios deberá diligenciar el formulario PI0-F05
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En caso de que requiera presentar correcciones y modificaciones a la solicitud, debe diligenciar el formulario PI0-F11
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Atienda la solicitud del proceso de revisión formal de los documentos adjuntados con la solicitud y la corrección de estos, en caso de que sea necesario
9. Realice el pago de acuerdo a la Resolución 66173 de 2022 y de acuerdo sea su caso verifique aquí
10. Radique la solicitud
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede iniciar, hacer seguimiento, pagar y finalizar el trámite con la obtención de los documentos a través de la web de la Superintendencia de Industria y Comercio.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo de este trámite dependerá de las características específicas. Remítase a las tasas de marcas emitidas por la SIC de acuerdo a la Resolución 66173 de 2022 y de acuerdo sea su caso verifique aquí
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
Entre 180 y 210 días calendario
Nota: Dependiendo de si la decisión de primera instancia es objeto de apelación o no, el tiempo de obtención puede variar entre 12 y 18 meses.
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decreto 1074 de 2015, (Artículo 2.2.2.19.5.1)
Norma internacional 486 de 2000, (Artículo 1 al 13, 134 al 189, 237)
Decreto 4886 de 2011, (Artículo 18,19)
Circular 1 de 2001, (Título I, Capítulo Sexto, 6.2 y Título X Capítulo Primero, Capítulo Tercero y Capítulo Sexto.)
Resolución 63360 de 2021, (Total)
20 - Solicite la autorización de integraciones empresariales
Esta autorización le permitirá al inversionista adquirir el control de una o varias empresas, o adquirir el control de una empresa en otra ya existente o para crear una nueva empresa con el fin de desarrollar actividades conjuntamente.
El régimen de competencia colombiano prevé que las integraciones o concentraciones empresariales que cumplan ciertas condiciones deben ser reportadas a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), siendo ésta la autoridad nacional de protección de la competencia.
El término integración empresarial es amplio y comprende las fusiones, adquisiciones, consolidaciones, acuerdos de colaboración o Joint Venture u otro tipo de acuerdo o transacción mediante la cual una empresa adquiere control sobre otra y cese la competencia en el mercado, mediante la consolidación de dos agentes del mercado en uno solo.
Cuando. las partes tengan en conjunto una participación inferior al 20% en el mercado relevante, la operación de integración se entiende autorizada de manera automática por virtud de la ley, pero en todo caso debe ser notificada a la SIC antes de que ésta se lleve a cabo, y la SIC se reserva el derecho de revisar los supuestos de hecho tenidos en cuenta por las partes.
Cuando las partes tengan una participación conjunta superior al 20% en el mercado relevante, la operación debe ser aprobada por la SIC para que pueda llevarse a cabo.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar la integración de empresas?
Las integraciones empresariales deben ser reportadas a la SIC cuando se cumplen los siguientes supuestos:
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Supuesto subjetivo: Que las empresas involucradas en la operación se dediquen a la misma actividad económica (integración horizontal); o que las empresas involucradas en la operación hagan parte de la misma cadena de valor (integración vertical).
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Supuesto objetivo: Que las empresas que cumplen con cualquiera de los supuestos subjetivos hayan tenido, conjunta o individualmente, ingresos operacionales superiores a 60.000 salarios mínimos legales mensuales en el año inmediatamente anterior a la operación; o que las empresas que cumplen con cualquiera de los supuestos subjetivos hayan tenido activos totales, conjunta o individualmente, superiores o 60.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, en el año inmediatamente anterior a la operación.
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Presente el documento de notificación la página web del SIC
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En caso de tener poder aprobado, presentar los poderes y certificados de existencia y representación legal de todas las empresas intervinientes
Pasos
¿Qué pasos seguir para solicitar la integración de empresas?
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Reúna la documentación requerida (solicitud de preevaluación e información adicional si es requerida)
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Realice el pago
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Radique la solicitud ante la Superintendencia de Industria y Comercio
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite y/o servicio en línea a través de la web de la Superintendencia de Industria y Comercio SIC
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
COP $2.767.000.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
10 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decreto 092 de 2022, (Total)
Resolución 2751 de 2021, (Total)
Decreto Ley 019 de 2012, (Artículo 2, 156, 157)
Ley 1437 de 2011, (artículos 1 al 31; artículos 34, 35, 36, 39, 40, 41, 45, 56, 61, 62, 63, 64, 74 al 81, 84 al 89 y 91 al 97)
Decreto 4886 de 2011, (artículo 1, numerales 8, 11 al 15, 62 al 65; artículo 3, numerales 15 al 18, 34 y artículo 9, numerales 8, 9, 10, 13, 14, 18 y 20)
Ley 1340 de 2009, (artículos 1, 2, 4, 5, 6, 8 al 13, 17, 20, 22, 23, 28, 31, 33 y 34 de los Títulos I, II, IV y VI)
Circular 1 de 2001, (capítulo Segundo del Título VII)
Ley 2010 de 2019, (Artículo 152)
Resolución 916 de 2022, (Total)
Resolución 77896 de 2020, (Total)
21 - Solicite su patente en la Superintendencia de Industria y Comercio
Como inversionista puede obtener la Concesión de un título de patente al inventar una solución técnica que aporte beneficio a la humanidad, por tanto, podría explotar de manera exclusiva este invento por un tiempo determinado.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar la Patente?
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Complete el formulario al que se denomina petitorio en caso de presentarlo en físico o en caso de hacerlo en línea a través de SIPI (Oficina Virtual de Propiedad Intelectual) debe registrarse e ingresar la información requerida.
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Tenga en cuenta que las reivindicaciones que corresponden a la memoria descriptiva de la patente.
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Presente las figuras o ejemplos.
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Entregue el comprobante de pago de la tasa establecida (la cual cambia cada año)
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Si se presenta por intermedio de un abogado debe presentarse el poder otorgado a éste. El poder no necesita de presentación personal, autenticación o legalización y podrá otorgarse mediante documento privado.
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Si la solicitud la hace una empresa, no es necesario aportar el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica solicitante. La SIC podrá consultar los registros públicos de los Certificados de Existencia y Representación de las Cámara de Comercio.
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Proporcione una copia del contrato de cesión o bien del contrato en virtud del cual se presuma la cesión cuando el solicitante no sea el inventor, por ejemplo: contrato de prestación de servicios o de trabajo.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
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Reúna la documentación requerida
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Realice el pago
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Radique la solicitud
-
Atienda la solicitud del proceso de revisión formal de los documentos adjuntados con la solicitud y la corrección de estos, en caso de que sea necesario
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Tenga en cuenta la respuesta de oposiciones
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede iniciar, tener el seguimiento y finalizar el trámite y/o servicio en línea a través de la web de la Superintendencia de Industria y Comercio SIC
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
El tiempo del trámite dependerá del tipo de patente que se requiera obtener y puede ser entre 3 y 36 meses.
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 63360 de 2021, (Total)
Circular 1 de 2001, (Títulos I y X)
Ley 463 de 1998, (Todos)
Decreto 2591 de 2000, (Artículos 1 al 4, 24, 25)
Norma internacional 486 de 2000, (Artículos 3 al 80, 163, 237 al 240, 271, 279, 280)
Decreto 4886 de 2011, (Artículo 20)
Decreto 63360 de 2021, (total)