1 - Solicite el permiso de prospección exploración de aguas subterráneas
Este permiso le permite obtener el derecho de explorar terrenos en busca de aguas subterráneas para su aprovechamiento.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso?
1. Necesita el Formato Único Nacional de Solicitud de Permiso de Prospección y Exploración de Aguas Subterráneas. Descargue el formato
2. Presente el plano del Instituto Geográfico Agustín Codazzi IGAC, (entidad encargada de producir el mapa oficial y la cartografía básica de Colombia), a escala 1: 10.000 señalando ubicación del predio y pozo.
3. Presente el documento técnico: en original con la información que se exige en el Formato Único Nacional de solicitud de Permiso de prospección y Exploración.
4. En caso de actuar por medio de apoderado, presente 1 copia del poder general o 1 original del poder especial
5. En caso de no ser propietario del predio presente 1 copia de la prueba idónea de la posesión o tenencia del predio
6. En caso de ser tenedor del predio presente 1 original de la autorización del propietario o poseedor del predio:
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna los documentos y cumpla con los requisitos necesarios para el tramite
2. Radique la documentación
3. Comunique y/o notifíquese del auto de inicio del tramite
4. Presente la información adicional, en caso de que se requiera
5. Realice el pago de la evaluación
6. Reciba la visita
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
242 días hábiles
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Acuerdo 10 de 1989 (Artículos 62-64)
Acuerdo 23 de 2009 (Artículo 2 numeral 4 y artículos 4, 13 al 15.)
Decreto 2811 de 1974 (Artículos 51, 54, 56, 57, 149-154)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015 (Libro 2, parte 2, título 3, capítulo 2, sección 16, artículos 2.2.3.2.16.4 - 2.2.3.2.16.12)
Ley 633 de 2000 (Artículo 96)
Ley 99 de 1993 (Artículos 31, 66)
Resolución 1280 de 2010 (Artículos 1 -2)
Resolución 2202 de 2006 (Todos)
2 - Solicite la concesión de aguas subterráneas
Este trámite le permite obtener el derecho de usar o aprovechar las aguas subterráneas, tanto en predios propios como ajenos.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso?
1. Complete el Formato Único Nacional de Solicitud de Concesión de Aguas Subterráneas. Descargue el formato
2. Presente el documento con información sobre los sistemas para la captación, derivación, conducción, restitución de sobrantes, distribución y drenaje: 1 Original(es)
3. Presente el diseño definitivo del pozo:1 Fotocopia
4. En caso de actuar por medio de apoderado, poder:1 Copia(s) (poder general), 1 Original(es) (poder especial)
5. En caso de no ser el propietario del predio, prueba idónea de la posesión o tenencia del predio:1 Fotocopia(s)
6. En caso de ser tenedor del predio - autorización del propietario o poseedor del predio:1 Original(es)
7. Para la prestación de servicios públicos, censo de usuarios de la fuente de la cual se pretende obtener la concesión de aguas:1 Fotocopia(s), y documento que indique los detalles de las obras:1 Original(es)
8. Para refrigeración de máquinas, memoria descriptiva de las operaciones de lavado:1 Original(es) y dato exacto de la cantidad de agua que se necesita para refrigerar las máquinas:1 Fotocopia(s)
9. Para uso energético, estudio de factibilidad del proyecto completo:1 Original(es)
10. Para uso industrial, estudio de factibilidad del proyecto industrial:1 Original(es)
11. Para uso minero y petrolero, estudio de factibilidad del proyecto industrial:1 Original(es)
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna los documentos
2. Radique la documentación
3. Comunique y/o notifíquese del auto de inicio del tramite
4. Presente información adicional, en caso de requerirse
5. Realice el pago de la evaluación
6. Reciba la visita
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
El tiempo para la obtención de todo el trámite oscila entre 50 y 130 días hábiles.
Normatividad
Decreto 2811 de 1974, (Artículo 59 - 63 y 68)
Ley 99 de 1993, (Título I, VI, VII y VIII)
Ley 633 de 2000, (Artículo 96)
Ley 962 de 2005, (Artículo 25)
Resolución 2202 de 2006, (Todos)
Resolución 1280 de 2010, (Artículo 1)
Acuerdo 10 de 1989, (Artículo 72-73,76)
Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 5, artículos 4,13-15)
Decreto 1575 de 2007, (Artículo 28)
Decreto único reglamentario 1976 de 2015. Artículos: 2.2.3.2.7.6
Decreto único reglamentario 1076 de 2015.
3 - Solicite la concesión de aguas superficiales
Este trámite le permite obtener el derecho de usar o aprovechar las aguas de uso público para: abastecimiento doméstico, riego y silvicultura, abrevaderos, industrial, generación térmica de electricidad, explotación minera y tratamiento de minerales, explotación petrolera; inyección para generación geotérmica, generación hidroeléctrica, generación cinética directa, acuicultura y pesca, recreación y deportes, usos medicinales, y otros usos minerales.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar la concesión de aguas superficiales?
1. Complete el formato Único Nacional de Solicitud de Concesión de Aguas Superficiales. Descargue el formato
2. Presente el documento con información sobre los sistemas para la captación, derivación, conducción, restitución de sobrantes, distribución y drenaje: 1 Original(es)
3. En caso de actuar por medio de apoderado, poder:1 Copia(s) (poder general), 1 Original(es) (poder especial)
4. En caso de no ser el propietario del predio, prueba idónea de la posesión o tenencia del predio:1 Fotocopia(s)
5. En caso de ser tenedor del predio - autorización del propietario o poseedor del predio:1 Original(es)
6. Para la prestación de servicios públicos, censo de usuarios de la fuente de la cual se pretende obtener la concesión de aguas:1 Fotocopia(s), y documento que indique los detalles de las obras:1 Original(es)
7. Para refrigeración de máquinas, memoria descriptiva de las operaciones de lavado:1 Original(es) y dato exacto de la cantidad de agua que se necesita para refrigerar las máquinas:1 Fotocopia(s)
8. Para uso energético, estudio de factibilidad del proyecto completo:1 Original(es)
9. Para uso industrial, estudio de factibilidad del proyecto industrial:1 Original(es)
10. Para uso minero y petrolero, estudio de factibilidad del proyecto industrial:1 Original(es)
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna los documentos
2. Radique la documentación
3. Comuníquese y/o notifíquese del auto de inicio del tramite
4. Presente información adicional, en caso de requerirse
5. Realice el pago de la evaluación
6. Reciba la visita
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
El tiempo para la obtención de todo el trámite oscila entre 50 y 130 días hábiles.
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decreto 2811 de 1974, (Artículo 50 -63, 77 - 163)
Decreto 1575 de 2007, (Artículo 28)
Ley 99 de 1993, (Título I, VI, VII y VIII)
Ley 633 de 2000, (Artículo 96)
Ley 962 de 2005, (Artículo 25)
Ley 99 de 1993 (Título I, VI, VII y VIII)
Resolución 2202 de 2006, (Todos)
Resolución 1280 de 2010, (Artículo 1)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015.
4 - Solicite el permiso de ocupación de cauces, playas y lechos
Este trámite corresponde a la autorización permanente o transitoria para la construcción de obras que ocupen el cauce de una corriente o depósito de agua. Se requerirá cuando el proyecto de la empresa requiera obras, vertimientos o cruce en playas, cauces o lechos.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso?
1. Complete el formulario Único Nacional de Solicitud de Ocupación de Cauces, Playas y Lechos. Descargue el formato
2. Entregue el plano de localización de la fuente hídrica en el área de influencia: 1 Fotocopia(s)
3. Entregue los planos y memorias de cálculo estructural e hidráulico de las obras necesarias para la captación, control, conducción, almacenamiento o aprovechamiento del cauce: 1 Fotocopia(s)
4. En caso de actuar por medio de apoderado, poder:1 Copia(s) (poder general), 1 Original(es) (poder especial)
5. En caso de ser tenedor del predio - autorización del propietario o poseedor del predio:1 Original(es)
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna los documentos descritos en los requisitos
2. Radique la documentación
3. Comunique y/o notifíquese del auto de inicio del tramite
4. Presente la información adicional, en caso de requerirse
5. Realice el pago de la evaluación
6. Reciba la visita técnica
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
El tiempo para este trámite puede estar entre 150 y máximo 360 días calendario
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 99 de 1993, (Artículos 31, 66)
Acuerdo 10 de 1989, (Artículos 107 -111)
Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 9 y artículos 4, 13-15.)
Resolución 2202 de 2006, (Todos)
Ley 633 de 2000, (Artículo 96)
Decreto 1541 de 1978, (Artículos 87 - 97, 104 - 106 y 183 - 204)
Decreto 2811 de 1974, (Artículos 102 - 105 y 119 - 145)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015 Todos
5 - Solicite el permiso de vertimientos
Este permiso se solicita para descargar vertimientos en las fuentes superficiales de aguas, o en el suelo asociado a un terreno rocoso permeable dispuesto bajo la superficie.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso?
1. Complete el formato Único Nacional de Solicitud de Permiso de Vertimientos. Descargue el formato
2. Presente el documento técnico (1) original (es), que contenga: la ubicación, descripción de la operación del sistema, memorias técnicas y diseños de ingeniería conceptual y básica
3. Presente el plano donde se identifique origen, cantidad y localización geo-referenciada de las descargas al cuerpo de agua o al suelo: 1 Fotocopia(s)
4. Presente la caracterización del vertimiento (1) original (es)
5. Presente el certificado de uso de suelo: 1 Original(es)
6. Evaluación ambiental del vertimiento
7. Presente el plan de Gestión del Riesgo para el Manejo del Vertimiento: 1 Original(es)
8. En caso de actuar por medio de apoderado, poder:1 Copia(s) (poder general), 1 Original(es) (poder especial)
9. En caso de no ser el propietario del predio, prueba idónea de la posesión o tenencia del predio:1 Fotocopia(s)
10. En caso de ser tenedor del predio - autorización del propietario o poseedor del predio:1 Original(es)
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna los documentos
2. Radique la documentación
3. Comunique y/o notifíquese del auto de inicio del tramite
4. Presente la información adicional, en caso de requerirse
5. Realice el pago de la evaluación
6. Reciba la visita
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Es posible iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea, a través de la Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea – VITAL (en el caso que aplique) y también ante las Corporaciones Autónomas Regionales CAR, sin embargo, tenga en cuenta que se realizará una visita técnica.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo del trámite dependerá del avalúo y/o liquidación teniendo en cuenta que la tarifa de evaluación y/o seguimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, incluye los honorarios, viáticos, gastos de viaje y análisis y estudios que le implican a la Corporación atender la solicitud.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
El tiempo mínimo será de 96 días y máximo 240 días hábiles
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 1514 de 2012, (Artículos 1 - 6)
Resolución 1280 de 2010, (Artículos 1 - 2)
Decreto 2811 de 1974, (Artículos 5, 134 numeral e, 191, 336)
Resolución 2202 de 2006, (Artículos 1 - 5)
Resolución 631 de 2015, (Todos)
Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 7 y artículo 4, 13-15)
Ley 633 de 2000, (Artículo 96)
Decreto 50 de 2018, (9,10)
Ley 1955 de 2019, (Artículo 13)
Ley 99 de 1993, (Artículos 31 numeral 9, 66)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015.
6 - Solicite el permiso de emisión atmosférica para fuentes fijas
Si la actividad de su empresa va a generar emisiones atmosféricas por encima de los niveles estipulados por la ley, deberá obtener el permiso que concede
la CAR (Corporación Autónoma Regional) correspondiente, para que una persona o empresa pueda realizar emisiones al aire dentro de los límites permisibles establecidos en las normas ambientales.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso de emisión atmosférica?
1. Complete el formulario Único Nacional de permiso de emisiones atmosféricas para fuentes fijas
2. Entregue el certificado de existencia y representación legal para personas jurídicas, expedido dentro del mes inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud, y fotocopia del documento de identificación en caso de ser personas naturales.
3. Presente el Poder debidamente otorgado, cuando se actúe mediante apoderado.
4. Demuestre el certificado de libertad y tradición expedido dentro del mes inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud; o documento que acredite la posesión o tenencia del solicitante, o presente el contrato de arrendamiento, comodato en caso de que aplique.
5. Debe tener el concepto sobre uso del suelo del establecimiento, obra o actividad, expedido por la autoridad municipal o distrital competente, o en su defecto, los documentos públicos u oficiales contentivos de normas y planos, o las publicaciones oficiales, que sustenten y prueben la compatibilidad entre la actividad u obra proyectada y el uso permitido del suelo.
6. Información meteorológica básica del área afectada por las emisiones.
7. Haga una descripción de las obras que ejecuta o va a ejecutar:
a. Localización de las instalaciones, del área o de la obra.
b. Descripción de las obras, procesos y actividades de producción, mantenimiento, tratamiento, almacenamiento o disposición que generen las emisiones y planos que dichas descripciones requieran.
c. Flujograma con indicación y caracterización de los puntos de emisión al aire, ubicación y cantidad de los puntos de descarga al aire.
d. Descripción y planos de los ductos, chimeneas o fuentes dispersas, e indicación de sus materiales, medidas y características técnicas.
e. Fecha proyectada de iniciación de actividades, o fechas proyectadas de iniciación y terminación de las obras, trabajos o actividades, si se trata de emisiones transitorias.
f. Información técnica sobre producción prevista o actual, proyectos de expansión y proyecciones de producción a cinco (5) años.
8. Realice el estudio técnico de evaluación de las emisiones de sus procesos de combustión o producción; se deberá anexar además información sobre consumo de materias primas combustibles u otros materiales utilizados.
9. Haga entrega del diseño de los sistemas de control de emisiones atmosféricas existentes o proyectados, su ubicación e informe de ingeniería.
10. Realice el estudio técnico de dispersión como información en proyectos para refinería de petróleos, fábricas de cementos, plantas química y petroquímicas, siderúrgicas, quemas abiertas controladas en actividades agroindustriales y plantas termoeléctricas.
11. Entregue el Informe de Estado de Emisión IE-1, el cual aplica para las cementeras, siderúrgicas, refinerías y termoeléctricas.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna los documentos anteriores
2. Radique los documentos
3. Verifique y notifique el inicio del trámite ante la autoridad competente
4. Presente la información adicional, en caso de requerirse
5. Realice el pago de la evaluación
6. Reciba la visita del representante de la CAR (Corporación Autónoma Regional)
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Adquiera información de cómo gestionar algunos pasos de manera virtual a través de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales (VITAL) y de las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR).
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo de este trámite varía y se establece en la Resolución 1140 del 1 de junio de 2022 “Por la cual se fijan las tarifas para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de licencias, permisos, concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de control y manejo ambiental.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
Entre 85 y 360 días hábiles
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Acuerdo 23 de 2009 (Artículo 2 numeral 14 y artículos 4, 13-15.)
Decreto 2811 de 1974 (Artículo 73 - 76)
Ley 99 de 1993 (Artículo 31)
Ley 633 de 2000 (Artículo 96)
Ley 962 de 2005 (Artículo 25)
Decreto 1076 de 2015 (compila el Decreto 948 de 1995) (Art. 2.2.5.1.7.1) (Decreto Reglamentario)
Decreto 1076 de 2015 (compila el Decreto 948 de 1995) (Art. 2.2.5.1.7.2) (Decreto Reglamentario)
Decreto 1076 de 2015 (compila el Decreto 948 de 1995) (Art. 2.2.5.1.7.9) (Decreto Reglamentario)
Resolución 619 de 1997 del Ministerio de Ambiente (Art. 1) (Acto Administrativo)
Resolución 1280 de 2010 (Artículo 1)
Resolución 2202 de 2006 (Todos)
Resolución 909 de 2008 (Todos)
7 - Solicite la certificación en buenas prácticas agrícolas
Corresponde a la certificación de los predios que cumplen con las buenas prácticas aplicadas desde las fases productivas como la planeación del cultivo hasta la cosecha, el empaque y transporte del alimento –frutas, hortalizas y otros, con el fin de asegurar su inocuidad, la conservación del medio ambiente y la seguridad y bienestar de los trabajadores y consumidores.
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Requisitos
¿Qué necesito para obtener el Certificado de Buenas Prácticas Agrícolas?
1. Complete el formulario 3-958 para realizar la solicitud ante las oficinas del Instituto Colombiano Agropecuario ICA y preséntelo en los puntos indicados por la institución. Debe completar totalmente el formato para su aprobación, si existe información que no se tenga o no aplique, debe colocar esa anotación en la casilla que corresponda. Recuerde que la información del solicitante debe corresponder a quien se le otorgará la titularidad del certificado.
2. Realice la solicitud ante la oficina del ICA completando el formulario 3-189 y/o a través de la Ventanilla Única de Trámites VUT
3. Presenta también la copia de la cédula de ciudadanía, cédula de extranjería (si aplica) o RUT, si se trata de una persona natural o informar el nombre de la empresa y el NIT si es persona jurídica
4. Debe acreditar la propiedad, posesión o tenencia del predio productor
5. Tenga el documento que acredite la asistencia técnica al predio, por parte de un ingeniero agrónomo o agrónomo y copia de la tarjeta profesional vigente. Para los cultivos forestales se admite acreditación de asistencia técnica a través de ingeniero forestal y agroforestal.
6. Entregue el croquis de llegada y plano del predio, indicando las áreas destinadas al cultivo y especie(s).
7. Presente el certificado del uso del suelo expedido por la autoridad competente.
8. Finalmente, tenga el análisis microbiológico de aguas provenientes de las fuentes utilizadas en las labores del predio, con una vigencia no mayor a un (1) año.
Pasos
¿Qué pasos debo seguir para obtener el Certificado de Buenas Prácticas Agrícolas?
1. Reúna todos los documentos y cumpla con los requisitos previamente mencionados
2. Radique los documentos antes las oficinas del ICA de la región donde se ubiquen sus predios o vaya a realizar actividades
3. Reciba la visita técnica
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Nota: Puede realizar y dar seguimiento a este trámite a través de la Ventanilla Única de Trámites VUT, sin embargo, existe una visita técnica que se debe cumplir. También puede efectuar el trámite de manera personal, según los centros de atención del ICA
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Sin costo
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
30 días hábiles
Sin embargo, depende de la coordinación de la auditoría o visita de verificación y de los resultados obtenidos durante la misma. En caso de existir observaciones es necesario dar un tiempo de espera para que el solicitante las resuelva y volver a coordinar la visita de validación de las acciones implementadas.
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decreto 20277 de 2018 (Todos)
Decreto 3411 de 2008 (Todos)
Resolución 067449 de 2020 (Todos)
Resolución 068167 de 2020 (Todos)
Resolución 082394 de 2020 (Todos)
Resolución 76509 de 2020 (Todos)
Resolución 7953 de 2017 (Todos)
8 - Regístrese como productor de semillas certificadas
Este trámite se ejecuta con el fin de obtener un registro como productor de semillas certificada seleccionada y material vegetal micropropagado.
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Requisitos
¿Qué necesito para obtener el Registro como Productor de Semillas Certificadas?
· Presente una carta de solicitud en original que contenga los siguientes datos:
a. Nombre o razón social, dirección y teléfono.
b. Dirección de los sitios de almacenamiento de semillas.
c. Informe en la carta si son materiales convencionales o modificados genéticamente a través de ingeniería genética.
d. Presente la relación de los equipos de laboratorio para el control interno de calidad necesario para las especies que va a producir o importar.
e. En caso de no poseer equipos para el laboratorio, debe presentar copia del contrato firmado con un laboratorio o un productor registrado ante el ICA.
f. Realice la descripción del sistema de distribución de las semillas.
· En caso de ser productor de semilla certificada, debe presentar un documento en original que contenga la siguiente información:
a. Dirección de los laboratorios, casa de mallas e invernaderos, destinados a la producción de material vegetal micropropagado
b. Relación de equipos de acondicionamiento
c. Relación de equipos para el control de calidad en el caso de semilla sexual, muestreadores, homogeneizador, determinador de humedad, balanzas, germinador, o descascaradora en el caso del arroz.
· Si el registro es para ser productor de semilla certificada y seleccionada:
a. Debe presentar un documento original donde se relacione el personal profesional necesario para la dirección técnica y el control de las labores de producción en campo y/o laboratorio, invernadero y acondicionamiento. Además, anexe los documentos donde demuestren la relación contractual, los estudios y experiencia que demuestren la habilidad del personal en las especies que va a producir.
b. Presente el proyecto de empaque y rotulado en original(es), con las anotaciones adicionales establecidas por el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA).
· Si va a producir o comercializar semillas de categoría super élite, élite o básica:
a. Realice documento en original con las anotaciones acordes a la especia a producir o comercializar y según los protocolos establecidos para este fin.
b. Presente las anotaciones adicionales según la especie de semilla.
c. Debe estar registrado como productor y comercializador y seguir un programa de mantenimiento de pureza varietal.
Nota: Para iniciar la producción debe inscribir en el caso de la semilla sexual, los campos de producción de semilla prebásica o genética para su respectiva supervisión y en el caso de la semilla asexual, las camas en casa de malla o bajo invernadero.
Pasos
¿Qué pasos debo seguir para obtener el Registro como Productor de Semillas Certificadas?
· Realice el pago correspondiente
· Reúna los documentos y cumpla con cada uno de los requisitos
· Radique los documentos
· Reciba visita técnica programada
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea por medio de pagos en línea, o a través de las oficinas de la Dirección Técnica de semillas, ubicadas en las oficinas del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) a nivel nacional.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo de este trámite dependerá de la tarifa vigente al momento de realizarlo, puede pagar en línea a través de las diferentes entidades bancarias asignadas por el ICA
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
60 días hábiles
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 061177 de 2020 (Todos)
Resolución 3168 de 2015 (todos)
9 - Solicite el certificado fitosanitario para exportación (CFE)
Este certificado se expide para asegurar la calidad fitosanitaria de las exportaciones agrícolas, la reexportación de un cargamento, o cuando se importan al territorio colombiano, las cuales deben cumplir previamente con la regulación fitosanitaria vigente del país importador.
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Requisitos
¿Qué necesito para obtener el Certificado Fitosanitario para exportación?
1. Realice el registro ante el Sistema de Información Sanitario para Importación y Exportación de Productos Agrícolas y Pecuarios (SISPAP) como predio o bodega de despacho habilitadas para la exportación
a. Envíe la solicitud de registro al correo electrónico oscar.menjura@ica.gov.co o hector.mora@ica.gov.co
b. Si es Persona Natural adjunte formulario correspondiente que encontrará en el portal del ICA
c. Adjunte el Registro Único Tributario RUT y copia del documento de identificación oficial.
d. Si es Persona Jurídica complete y adjunte el formulario que encontrará en el portal del ICA.
e. Adjunte el Registro Único Tributario y el registro ante la Cámara de Comercio con una vigencia no mayor a 3 meses.
f. Nombre o razón social completos
g. Dirección que incluya ciudad, departamento y país
h. Teléfonos, correo electrónico
i. Nombre del representante legal.
j. Vía correo electrónico se le confirmará su registro junto con su respectivo usuario y contraseña.
2. Una vez esté inscrito, complete el formulario de Solicitud de para Exportaciones o Reexportaciones de Material Vegetal o sus Productos.
Pasos
¿Qué pasos debo seguir para obtener el Certificado Fitosanitario para exportación?
1. Realice la solicitud ante el SISPAP
2. Genere de manera virtual el Certificado Fitosanitario para Exportación CFE preliminar a través del aplicativo SISPAP
3. Realice el pago
4. Radique los documentos necesarios para la expedición del certificado:
a. Hoja de solicitud de inspección fitosanitaria en original(es), y los soportes para presentar el cargamento objeto de la exportación para la inspección fitosanitaria.
b. Presente en formato original el permiso u hoja de requisitos fitosanitarios del país de destino.
c. Entregue el comprobante de pago en original de la inspección fitosanitaria.
d. De ser necesario presente en documento original los resultados de análisis de laboratorio Esperar inspección para la expedición del certificado.
5. Espere la inspección fitosanitaria del cargamento o de los productos sujetos a exportación o reexportación. verificando que cumpla con los requerimientos necesarios. Si la inspección “No” es aprobada se genera el aviso de devolución de material vegetal de para exportación, y se rechaza el envío.
6. Reciba el documento de Certificación de manera física acercándose a los puntos de atención de cada región, o en caso de existir convenios bilaterales para transmisión electrónica, se les notificará de la expedición de la certificación a través de correo electrónico.
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede obtener información y gestionar algunos pasos de manera virtual, tenga en cuenta que es necesario una visita técnica por parte de los funcionarios de la entidad.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
10 días hábiles
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Norma internacional NIMF 12 de 2011, (Todos)
Decreto 4765 de 2008, (Artículos 22,23,24)
Resolución 003761 de 2014, (Todos)
Resolución 061177 de 2020, (Todos)
Resolución 1558 de 2010, (TODOS)
Resolución 241 de 1999, (todos)
10 - Solicite el permiso para la exportación de vegetales en fresco
Los registros que se expiden son:
· Registro ICA del lugar de producción con las especificaciones del lugar de producción de vegetales para la
exportación en fresco.
· Registro ICA de la empacadora, incluye todo lo concerniente a equipos, utensilios y herramientas involucradas en el proceso de empaque de vegetales para la exportación en fresco.
· Registro ICA como exportador de vegetales frescos permite exportar cuando los lugares de producción y empacadoras del producto a exportar, se encuentren registrados en el sistema en la Ventanilla Única de Trámites y el Sistema de Información Sanitaria para Importación y Exportación de Productos Agrícolas y Pecuarios - SISPAP.
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Requisitos
¿Qué necesito para obtener el permiso para la exportación de vegetales en fresco?
1. Tramite el Registro ICA del lugar de producción con los documentos de apoyo que evidencien procedimientos, planes de producción, registros e informes de toda la cadena de producción. Puede consultar el MANUAL PARA LA PRODUCCIÓN, SELECCIÓN Y EMPAQUE DE VEGETALES FRESCOS PARA LA EXPORTACIÓN”. Parte I, Resolución 824 del 28 de enero de 2022.
2. Complete el Registro ICA de la empacadora, evidenciando la ubicación, las instalaciones definidas, así como toda la trazabilidad desde el ingreso del producto a la empacadora hasta el despacho del mismo. Puede consultar el MANUAL PARA LA PRODUCCIÓN, SELECCIÓN Y EMPAQUE DE VEGETALES FRESCOS PARA LA EXPORTACIÓN” Parte II, Resolución 824 del 28 de enero de 2022
3. Para el Registro ICA como exportador. Consulte el Artículo 7 de la resolución 824 de 2022, donde puede encontrar todo lo concerniente al registro como exportador de vegetales frescos. Para otorgar el registro NO se requiere visita técnica previa por parte del ICA.
4. Regístrese en la Ventanilla Única de Trámites VUT
5. Presente una fotocopia del Registro Único Tributario RUT
6. Proporcione una fotocopia del Registro Mercantil
7. Presente una fotocopia del contrato o certificación laboral, la cual debe acreditar la asistencia técnica del predio por parte de un ingeniero agrónomo, o de la asistencia técnica establecida legalmente, donde se especifiquen las funciones a desarrollar, la duración y el lugar de ejecución del contrato.
8. Haga entrega de una fotocopia de la tarjeta profesional del Agrónomo o del Ingeniero que brinda asistencia técnica al predio.
9. Anexe la fotocopia del documento de identificación según aplique, para nacionales la cédula de ciudadanía, y extranjeros cédula de extranjería
10. Presente una fotocopia del Certificado de uso de suelos en caso de ser productores.
11. También debe evidenciar el documento soporte del análisis microbiológico del agua proveniente de las fuentes utilizadas en las labores del predio (no mayor a 1 año)
12. Haga entrega original del informe fitosanitario generado por el asistente técnico, el cual especifica los planes de manejo fitosanitario para plagas de control oficial establecidos por el ICA para cada especie vegetal, según corresponda.
13. Si el permiso es para registrar a una persona como exportadora de fruta seca, debe presentar un documento original dirigido a la oficina del Instituto Colombiano Agropecuario - ICA, en la sucursal que corresponda geográficamente, y debe contener:
a. Nombre de la persona natural o representante legal, documento de identificación, dirección, teléfono y correo electrónico.
b. Nombre del predio y ubicación. (vereda, municipio, departamento)
c. Especies (nombre común y nombre científico), variedades vegetales a producir, así como áreas destinadas al cultivo.
d. Nombre del asistente técnico, documento de identificación, número de la tarjeta profesional, dirección, teléfono y correo electrónico.
Pasos
¿Qué pasos debo seguir para obtener el permiso para la exportación de vegetales en fresco?
1. Haga el registro a través de la Ventanilla Única de Trámites VUT
2. Reúna todos los documentos
3. Realice el pago correspondiente a las tarifas establecidas por el ICA
4. Reciba la visita técnica así:
a. Si es para expedición del registro como exportador de fruta fresca, la vista se realizará a los sitios de selección y empaque de la empresa exportadora, en la fecha y hora programada, para verificar la veracidad de la información suministrada.
b. Si es para la expedición del registro de predios de producción de fruta fresca, la visita se realizará a los cultivos, en la fecha y hora programada, para verificar el cumplimiento de los planes de manejo fitosanitario y veracidad de la información suministrada.
5. Reciba el permiso para la exportación de vegetales en fresco a través de la VUT o por correo electrónico.
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede obtener información y realizar algunos pasos de manera virtual a través de la VUT, sin embargo, tenga en cuenta que existe una visita técnica por parte del personal asignado y autorizado por la seccional del ICA que le corresponda según la región del país.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Costo para productores: el costo de este trámite cambia cada año, de acuerdo con la tabla de tarifas emitida por el ICA y varía el monto dependiendo del número de hectáreas del predio al cual se requiera emitir la certificación. (consulte más información de costos)
Desde $37.677 COP para predios de menores de tres hectáreas, hasta $1.088.825 COP para predios o huertos con más de 60 hectáreas.
Costo para empacadoras: $29.570 COP (consulte más información de costos)
Costos para exportador: $356.145 COP (consulte más información de costos)
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
Entre 18 y 30 días hábiles
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 448 de 2016, (Capítulo 2, Artículos 4 al 11)
Resolución 061177 de 2020, (Todos)
Resolución 824 del 28 de enero de 2022
11 - Solicite el certificado de venta libre
Este trámite certifica el registro de las empresas, de los productos, de su composición y de la condición y vigencia de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura en el caso de medicamentos y biológicos veterinarios con propósitos de exportación.
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Requisitos
¿Qué necesito para obtener el Certificado de Venta libre?
1. Presente en original la carta de solicitud del Certificado de Venta Libre, con el nombre del titular del registro a la Dirección Técnica de Inocuidad e Insumos Veterinarios.
2. Incluya en el informe la relación de los productos con número de registro, nombre y demás parámetros exigidos por el país destino.
3. Proporcione el recibo de pago en original. Debe especificar si requiere Certificado de Venta libre por productos individuales o todos incluidos en un solo certificado.
Pasos
¿Qué pasos debo seguir para obtener el Certificado de Venta libre?
1. Reúna los documentos
2. Realice el pago a través de las diferentes entidades bancarias autorizadas para el recaudo.
3. Radique los documentos de manera presencial en los puntos de atención del ICA
4. Obtenga el Certificado de Venta Libre
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
De manera presencial puede acudir a las sucursales del Instituto Colombiano Agropecuario ICA de los departamentos o regiones donde aplique.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
$75.355 COP
Para obtener más información sobre las tarifas , consulte la tabla emitida por el ICA
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
8 días hábiles
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 061177 de 2020, (todos)
Decreto 1840 de 1994, (Articulo 1-2 y 9)
Ley 101 de 1993, (Articulo 65)
Decreto 4765 de 2008, (Artículo 26)
Resolución 1056 de 1996, (Todos)
Resolución 00000054 de 2020, (Artículo 14)
Resolución 62542 de 2020, (Articulo 14)
Resolución 62770 de 2020, (Artículo 14)
12 - Solicite el certificado HACCP
El Sistema HACCP (Hazard Analysis Critical Control Point
) permite identificar, evaluar y controlar peligros significativos contra la inocuidad en la industria de los alimentos, plantas de beneficio animal
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el certificado HACCP?
1. Complete el formulario de solicitud tramites (visitas, certificaciones y certificados) el cual puede descargar a través del Sistema Único de Información de Trámites SUIT
2. Presente una certificación o concepto favorable del cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) expedido con antelación no mayor a 3 meses
3. Presente el certificado de inscripción a la Cámara de comercio correspondiente
4. En caso de actuar mediante un apoderado, debe presentar en original y copia el poder especial otorgado con la presentación personal, debe presentar el poder general elevado mediante escritura pública.
5. Si es un poder otorgado desde el exterior, debe estar apostillado o certificado por notario y autenticado por cónsul de Colombia en el país de origen y con traducción oficial si viene en otro idioma.
Pasos
¿Qué pasos seguir para solicitar el certificado HACCP?
1. Reúna los documentos y cumpla con los requisitos
2. Solicite la liquidación del costo del trámite y realice el pago
3. Radique los documentos en la ventanilla de atención al ciudadano de la sede principal o en las Oficinas de los Grupos de Trabajo Territorial. Debe presentar los documentos foliados (enumerados) en la parte superior derecha de la hoja, tomando como primer folio el recibo de pago o el soporte de la transferencia electrónica.
4. Reciba la visita técnica del INVIMA, en la fecha programada con anterioridad.
5. Al finalizar la visita se suscribe el acta por parte de los inspectores del INVIMA y los responsables del establecimiento.
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Obtenga información de cómo gestionar algunos pasos de manera virtual, sin embargo, tenga en cuenta que se programará una visita técnica y que la radicación de documentos es presencial.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
$8.708.604 COP
Nota: Consulte información de costos y tarifas a través de SUIT o ante el INVIMA y tenga en cuenta que la tarifa cambia cada año.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
60 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 2022001026 de 2022
Decreto 1889 de 2021, (5)
Ley 2069 de 2020, (2)
Resolución 2020046413 de 2020
Resolución 2019058384 de 2019
Resolución 2018035612 de 2018
Decreto 1036 de 1991
Resolución 730 de 1998
Ley 399 de 1997
Decreto Ley 019 de 2012, (Artículos 4 y 9)
Decreto 60 de 2002
Decreto 3075 de 1997, (Titulo II, Capitulo V, Artículo 25)
Resolución 20190035791 de 2019
13 - Solicite la evaluación de viabilidad de sustracción
Este trámite es el levantamiento de la figura legal de Reserva Forestal sobre un área definida, para el desarrollo de actividades económicas que de acuerdo con la ley son de utilidad pública o de interés social, y que requieren la eliminación de bosques o el cambio en el uso de los suelos, o cualquiera otra actividad distinta del aprovechamiento racional de los bosques.
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Requisitos
1. Presente una copia del documento de identificación.
2. Presente un documento de solicitud que contenga la siguiente información:
a. Nombre o razón social
b. Número de identificación
c. Domicilio y nacionalidad
d. Dirección
e. Teléfono de contacto
f. Correo electrónico
3. Presente en documento original de Certificación expedida por el Ministerio del Interior que indique las siguientes anotaciones Adicionales:
a. La presencia o no de comunidades étnicas
b. La procedencia de consulta previa.
4. En caso de actuar bajo un apoderado debe presentar el poder
5. En caso de que aplique, presente el original del Acta de protocolización de la consulta previa, además verifique que contenga las anotaciones adicionales: Conforme en la Ley 21 de 1991 y demás normas que regulan la materia.
6. Si es persona jurídica, presente el Certificado de existencia y representación legal.
Pasos
¿Qué pasos seguir para obtener la evaluación de viabilidad de sustracción?
1. Reúna los documentos y cumpla con los requisitos necesarios para el tramite
2. Radique la documentación a través de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea VITAL
3. Notifíquese de la respuesta vía correo electrónico o de manera presencial en los puntos de atención del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible MINAMBIENTE
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Sin costo
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
85 días laborales
Nota: El tiempo de obtención de la autorización puede ser mayor cuando se requiera solicitar más información o realizar visitas técnicas.
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 02 de 1959, (Todos)
Resolución 293 de 1998, (Todos)
Resolución 629 de 2012, (Todos)
Resolución 1526 de 2012, (Todos)
Resolución 763 de 2004, (Todos)
Resolución 871 de 2006, (Todos)
Resolución 1917 de 2011, (Todos)
Decreto 2372 de 2010, (Todos)
Decreto 2811 de 1974, (Artículo 210)
Decreto 111 de 1959, (Todos)
Resolución 168 de 2013, (Todos)
Resolución 590 de 2018, (Todos)
14 - Solicite el Visto Bueno para la importación y/o exportación de sustancias que agotan la capa de ozono (SAO)
Si va a importar y/o exportar sustancias que dañan la capa de ozono, deberá obtener visto bueno del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible –
MADS
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el permiso?
1. Complete el formulario requerido
2. Reporte los componentes y especificaciones de importación o exportación
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Ingrese a la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) y realice el registro
2. Radique los documentos
3. Espere la respuesta de Visto Bueno
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede realizar este trámite ante el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE), también puede obtener información y gestionar algunos pasos de manera virtual y en la Ventanilla Única de Comercio Exterior VUCE puede realizar algunos trámites.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Sin Costo
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
5 días hábiles
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 2811 de 1974.
Decreto 1608 de 1979
Decreto 1791 de 1996
Decreto 1909 de 2000.
Resolución 1367 de 2000.
Decreto 309 de 2000.
Resolución 454 de 2001.
Decreto 1375 de 2013.
Decreto 1376 de 2013.
Resolución 324 de 2015.
Circular 024 de 2016. ANEXO No. 05.
Decreto 3573 de 2011.
Decreto 0925 de 2013.
Decreto 1076 de 2015.
Decreto 2153 de 2016
Decreto-ley 2106 de 2019.
Circular 018 de 2020. MINCIT.
15 - Realice la inscripción en el registro de generadores de residuos o desechos peligrosos
Si la actividad a desarrollar en el país como persona o empresa genera residuos o desechos peligrosos mayores a 10.000 kilogramos al mes, deberá inscribirse y obtener el registro de generadores de residuos o desechos peligrosos - RESPEL
Este registro se contribuye al conocimiento de la problemática asociada a este tipo de residuos, para planificar la gestión más adecuada de ellos y establecer acciones de solución
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Requisitos
¿Qué necesito para realizar la inscripción?
1. Realice la solicitud de Inscripción en el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos - RESPEL
2. Complete el formato con los datos establecidos en el Anexo 1 de la Resolución 1362 de 2007
3. Presente documento de identificación según corresponda para nacionales o extranjeros
4. Entregue el Certificado de Existencia y Representación Legal (con fecha no superior a tres meses)
Pasos
¿Qué pasos seguir?
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Reúna los documentos y cumpla con los requisitos para el tramite
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Radique la documentación requerida en los puntos de atención
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede obtener información y gestionar algunos pasos de manera virtual
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Sin costo
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
15 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 99 de 1993, (Artículo 31)
Ley 1252 de 2008, (Todos)
Resolución 043 de 2007, (Todos)
Resolución 1362 de 2007, (Artículo 1 – 7, anexo 1 y 2)
Acuerdo 23 de 2009, (Artículo 2 numeral 20 y artículos 4, 13-15.)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015. Artículos: 2.2.6.1.6.2
16 - Solicite la autorización de incentivos promocionales
Esta autorización le permite imprimir, marcar o grabar en la superficie interna de un empaque o cualquier otro objeto diferente al producto, pero que tiene contacto directo con él y que tiene como finalidad promocionarlo. Este trámite se realiza ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar la autorización de incentivos promocionales?
Los interesados en utilizar los incentivos deberán solicitar previamente a la comercialización del alimento con el incentivo, autorización ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Alimentos y Medicamentos - INVIMA, anexando los siguientes documentos:
1. Realice la solicitud de autorización del incentivo, rótulo o etiqueta.
2. Presente la copia del comprobante de pago para la autorización.
3. Demuestre el Certificado de Existencia y Representación Legal (persona jurídica) o Registro Mercantil (Persona natural)
4. En caso de actuar mediante apoderado, debe presentar el poder especial con presentación personal, o un poder general elevado mediante escritura pública.
Si es poder otorgado desde el exterior debe estar apostillado o certificado por notario y autenticado por cónsul de Colombia en el país de origen y con traducción oficial si viene en otro idioma.
5. Presente el documento de Informe técnico que contenga: Información del alimento, Información del incentivo, soportes técnicos y Certificación y/o Declaración emitida por el fabricante del incentivo y de su envoltura, o del rótulo o etiqueta, y por el fabricante o proveedor de las materias primas empleadas.
6. Entregue muestras físicas del alimento que contenga el incentivo a utilizar, en cantidad suficiente y necesaria para la realización de los análisis de laboratorio que se requieran.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Radique la solicitud de autorización del incentivo, rótulo o etiqueta ante el Invima con los requisitos adjuntos
2. Realice el pago según las tasas vigentes
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite y/o servicio en línea por medio de pagos en línea ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA).
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
$687.873 COP, según el manual tarifario INVIMA vigente.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
42 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 100 de 1993 (Art. 245) (Ley Ordinaria)
Resolución 1893 de 2001 del Ministerio de Salud (Art. 5) (Acto Administrativo)
17 - Solicite la autorización de prácticas con organismos genéticamente modificados
A través de este trámite obtiene la autorización para adelantar las actividades de movimiento transfronterizo, tránsito, manipulación y utilización de los Organismos Genéticamente Modificados (OGM), y en particular, de los Organismos Vivos Modificados (OVM), que puedan tener efectos adversos para el medio ambiente, la diversidad biológica, los riesgos para la salud humana, la productividad y la producción agropecuaria.
Se entiende por Organismo Genéticamente Modificado (OGM). Cualquier organismo vivo que posea una combinación nueva de material genético, que se haya obtenido mediante la aplicación de la tecnología de ADN Recombinante, sus desarrollos o avances; así como sus partes, derivados o productos que los contengan, con capacidad de reproducirse o de transmitir información genética. Se incluyen dentro de este concepto los Organismos Vivos Modificados (OVM), a que se refiere el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad en la Biotecnología.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar la autorización de prácticas con organismos genéticamente modificados?
1. Entregue la carta de solicitud con nombre, dirección e información del solicitante
2. Reporte el nombre e identidad del Organismo Vivo Modificado – Identificador único de la OCDE
3. Informe sobre los usos aprobados del Organismo Vivo Modificado
4. Realice la descripción de la modificación genética realizada
5. Entregue las características del vector
6. Reporte los centros de origen y centros de diversidad genética
7. Informe sobre organismos donantes
8. Reporte el uso previsto del organismo Vivo Modificado o sus productos
9. Presente el medio receptor – Información sobre ubicación, características geográficas, climáticas y ecológicas
10. Reporte los métodos sugeridos para la manipulación, almacenamiento, transporte y utilización segura
11. Acompañe la solicitud de un informe no confidencial en idioma castellano
12. Entregue el soporte del pago de la tarifa correspondiente a través del sistema de información designado por el ICA.
13. Presente el documento de gestión del riesgo
14. Entregue la carta de compromiso de entrega de material del Organismo Genéticamente Modificado (OGM)
Nota: Puede consultar más detalles de este trámite en la Resolución N. 91505 ICA del 15 de febrero de 2021
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Verifique la conformidad de la documentación
2. Realice el pago
3. Radique los documentos
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Este trámite puede realizarlo de manera presencial en cualquiera de las sedes a nivel nacional del Instituto Colombiano Agropecuario ICA.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
$1.967.683 COP
Puede consultar las tarifas establecidas por el ICA
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
60 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015. (Compila el Decreto 4525 de 2005) (Art. 2.13.1.2.1, numeral 45) (Decreto Reglamentario)
Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015. (Compila el Decreto 4525 de 2005) (Art. 2.13.7.3.6.) (Decreto Reglamentario)
Resolución 91505 de 2021 del ICA
18 - Solicite el certificado de Buenas Prácticas de Manufactura BPM
Este certificado es el mecanismo por el cual se garantiza que los productos fabricados por una y que están destinados al uso, son conformes con los requisitos de las normas y cumplen con los estándares de calidad sanitarios para su uso y/o comercialización.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura?
1. Complete el formulario de información que solicita el INVIMA
2. Solicite la liquidación del valor del trámite
3. Realice el Pago
4. Reúna la Información técnica en caso de ser solicitada
5. En caso de actuar mediante apoderado, debe presentar un poder especial con presentación personal, o un poder general elevado mediante escritura pública. Si es poder otorgado desde el exterior debe estar apostillado o certificado por notario y autenticado por cónsul de Colombia en el país de origen y con traducción oficial si viene en otro idioma.
Pasos
¿Qué pasos seguir?
1. Reúna los documentos y cumpla con los requisitos
2. Realice el pago
3. Radique los documentos ante el INVIMA de manera presencial
4. Reciba la visita técnica
5. Notifíquese del resultado de manera presencial ante el INVIMA
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede obtener información y gestionar algunos pasos de manera virtual. Sin embargo, tenga en cuenta que existe una visita técnica por parte de los funcionarios asignados por el INVIMA, y que la radicación de documentos y notificación del resultado se realizan de manera presencial ante la misma entidad.
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Puede obtener más información a través de SUIT
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
$6.973.734 COP
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
75 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 2022001026 de 2022, (Todos)
Decreto 1889 de 2021, (5)
Ley 2069 de 2020, (2)
Resolución 2020046413 de 2020, (Todos)
Decreto 1366 de 2020, (Todos)
Resolución 2019058384 de 2019, (Todos)
Decreto 3075 de 1997, (Título I, Artículo 2, Capítulo V, Artículo 25)
Decreto 1686 de 2012, (Todos)
Decreto 2078 de 2012, (Todos)
Decreto Ley 019 de 2012, (Artículo 9 y 26)
Ley 9 de 1979, (Artículo 576)
Ley 399 de 1997, (Todos)
Resolución 20190035791 de 2019, (Todos)
19 - Solicite el registro sanitario / permiso sanitario / notificación sanitaria
Este registro es un acto administrativo mediante el cual se autoriza a una persona natural o jurídica a fabricar, procesar, envasar, importar y/o comercializar un alimento, según el riesgo (alto, medio o bajo) en salud pública con destino al consumo humano.
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Requisitos
¿Qué necesito para realizar la solicitud?
1. Complete el formulario único de alimentos, registros sanitarios, permiso o notificación sanitaria y tramites asociados.
2. Presente la inscripción a la Cámara de Comercio como persona jurídica o natural.
3. Presente en original y copia el documento otorgado en caso de actuar como apoderado.
Pasos
¿Qué pasos seguir?
1. Realice el pago según la solicitud (registro, permiso o notificación).
2. Radique los documentos de manera presencial o virtual ante el INVIMA.
3. Notifíquese de la respuesta.
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite y/o servicio en línea a través de la página web del INVIMA o también de manera presencial.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo puede variar según solicitud requerida y el riesgo (bajo, medio o alto) y se puede pagar en línea, para más información contactar con el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA).
Nota: El costo aproximando puede ser desde $2.510.545,00 COP hasta $7.798.041,00 COP
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
2 días hábiles
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 2022001026 de 2022, (Todos)
Decreto 1889 de 2021, (5)
Ley 2069 de 2020, (2)
Resolución 2019058384 de 2019, (Todos)
Decreto 612 de 2000, (Todos)
Decreto 1270 de 2002, (Todos)
Decreto 4764 de 2005, (Todos)
Decreto 2078 de 2012, (Todos)
Decreto Ley 019 de 2012, (Artículos 126)
Ley 399 de 1997, (Todos)
Resolución 2674 de 2013, (Artículos 37 al 47)
Resolución 719 de 2015, (Todos)
Resolución 20190035791 de 2019, (Todos)
Decreto 557 de 2020, (5)
Resolución 2020014308 de 2020, (Todos)
Resolución 2020046413 de 2020, (Todos)
20 - Solicite la revisión del sistema de protección contra incendios
A través de este trámite puede obtener un concepto técnico emitido por el Cuerpo Oficial de Bomberos (de la región donde se ubique), a través del cual se revisan las condiciones de seguridad humana, riesgos de incendio, materiales peligrosos y sistemas de protección contra incendios que se presentan en las edificaciones o establecimientos. De otro lado, se realizarán pruebas de la presión de redes hidráulicas cuando sea necesario.
Fuente de información:
https://www.bomberosbogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/concepto-t%C3%A9cnico-visitas-inspecci%C3%B3n
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar la revisión del sistema de protección contra incendios?
1. Realice el pago de esta revisión
2. Diligencie el formato de inscripción generado por el cuerpo de Bomberos quienes realizarán la revisión de este trámite.
3. Diligencie el formato de radicación generado por el cuerpo de Bomberos quienes realizarán la revisión de este trámite
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna los documentos solicitados en los formatos para inscripción y radicación para la revisión del sistema de protección contra incendios solicitados por el cuerpo de Bomberos.
2. Radique la documentación en la Oficina de Atención al Ciudadano ubicada en la Calle 20 Nº 68A-06 con el recibo de pago y la documentación solicitada.
3. Reciba la visita
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede hacer seguimiento al trámite en la oficina de Servicio al Ciudadano en la Calle 20 No. 68 A - 06 Puente Aranda, o al Teléfono: 60 1 3822500 Ext. 40101.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Régimen común y régimen simplificado: el valor a pagar es el equivalente al uno por ciento (1%) liquidado sobre el valor del impuesto de Industria y Comercio del año anterior más el equivalente a un (1) salario mínimo diario por cada establecimiento.
Establecimientos nuevos (primer año agradable de existencia) o no obligados a declarar: el valor a pagar es el equivalente a dos (2) salarios mínimos diarios $55.300 COP éste monto debe ser cancelado por cada sucursal que tenga el establecimiento.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
Este trámite tendrá un tiempo de respuesta durante los 40 días hábiles luego de radicada la solicitud.
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 0231 de 2021, (Todos)
Resolución 0661 de 2014, (Artículo 203)
Ley 1575 de 2012, (Artículo 42)
Ley 1801 de 2016, (Artículo 2)
21 - Registre su marca en la Superintendencia de Industria y Comercio
El objetivo de este procedimiento es Registrar la marca comercial de la empresa ante la Superintendencia de Industria y Comercio en Colombia SIC
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el Registro de la Marca?
1. Conozca qué es una marca y qué puede registrar como marca en la Superintendencia de Industria y Comercio
2. Consulte los antecedentes marcarios: Antes de presentar una solicitud puede consultar sobre antecedentes marcarios para conocer si existen marcas semejantes o idénticas registradas o en trámite, que obstaculicen el registro de su marca, y evitar que sea negada porque previamente haya sido registrada por un tercero. Consulte más información a través de SIPI.
3. Clasifique los productos y/o servicios que distinguirán la marca y clasifíquelos según Clasificación Internacional de Niza.
Nota: La Clasificación Internacional de Niza es una clasificación de productos y servicios que se aplica para el registro de marcas.
4. Presente la solicitud de manera electrónica o en físico a través de la Oficina Virtual de Propiedad Industrial SIPI o en los Puntos de atención.
5. Realice el seguimiento del trámite, recuerde que debe cumplir con una serie de requisitos formales de presentación, plazos para los distintos trámites, publicación en la gaceta oficial, pagos de tasas, etc. Puede conocer las normas legales vigentes (Decisión 486 de 2000 y Circular Única de la Superintendencia de Industria Y Comercio. Titulo X) y hacer un seguimiento del trámite, para evitar incumplir los plazos previstos.
Etapas del trámite del registro de una marca
| ETAPAS |
PLAZO |
| 1. Presentación de la solicitud |
No Aplica |
| 2. La solicitud se admite a trámite y se le asigna la fecha de presentación |
No Aplica |
| 3. Examen de forma |
No Aplica |
| 3.1. Si existe algún error formal, la SIC expide un requerimiento y se otorga un plazo para subsanar. |
60 días hábiles siguientes a la notificación. |
| 4. La SIC ordena publicar la solicitud en la Gaceta de la Propiedad Industrial |
No Aplica |
| 5. Se otorga un plazo para que terceros interesados se opongan a la solicitud de registro. |
30 días hábiles siguientes a la fecha de publicación. |
| 6. Se otorga un plazo adicional (si se solicita) para presentar pruebas que soporten la oposición. |
30 días hábiles después del vencimiento del plazo para oposiciones. |
| 7. Se otorga un plazo al solicitante para que conteste la oposición. |
30 días hábiles siguientes a la notificación de la oposición. |
| 8. Se otorga un plazo adicional (si se solicita) para presentar pruebas que soporten la contestación a la oposición. |
30 días hábiles después del vencimiento del plazo para oposiciones. |
| 9. La SIC hace el examen de fondo de la solicitud y de la(s) oposición(es) –si aplica- |
N/A |
| 10. Presentación del recurso de apelación frente a la decisión de la SIC. |
10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación de la decisión1. |
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos para el Registro de Marca?
1. Reúna la documentación requerida
2. Realice el pago
3. Radique la solicitud
4. Atienda la solicitud del proceso de revisión formal de los documentos adjuntados con la solicitud y la corrección de estos, en caso de que sea necesario
5. Tenga en cuenta la respuesta de oposiciones (dichas oposiciones las presenta quien tenga legítimo interés para desvirtuar el registro de marca, por posible riesgo de confusión o asociación)
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede iniciar, hacer seguimiento, pagar y finalizar el trámite con la obtención de los documentos a través de la web de la Superintendencia de Industria y Comercio.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
$ 1.626.500 COP
Con base en las tasas de precio de marcas que se actualizan anualmente y se pueden pagar en línea o de manera física.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
Entre 180 y 210 días calendario
Nota: Dependiendo de si la decisión de primera instancia es objeto de apelación o no, el tiempo de obtención puede variar entre 12 y 18 meses.
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decreto 1074 de 2015, (Artículo 2.2.2.19.5.1)
Norma internacional 486 de 2000, (Artículo 1 al 13, 134 al 189, 237)
Decreto 4886 de 2011, (Artículo 18,19)
Circular 1 de 2001, (Título I, Capítulo Sexto, 6.2 y Título X Capítulo Primero, Capítulo Tercero y Capítulo Sexto.)
Resolución 63360 de 2021, (Total)
22 - Solicite la declaración de protección de denominación de origen
Una denominación de origen es el nombre o indicación de un lugar geográfico, puede ser un país o región determinada, que designa un producto que por ser originario de dicha región y por las costumbres de producción o trasformación de sus habitantes, tiene unas características y/o reputación que lo hacen diferente de los productos semejantes provenientes de otros lugares geográficos.
Fuente: www.sic.gov.co- Denominación de Origen
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Pasos
¿Qué pasos seguir?
1. Presente la solicitud para el examen formal por parte de las autoridades competentes, quienes verificaran el cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley.
2. Publicada la solicitud de denominación de origen (la cual estará disponible durante 30 días hábiles), tendrá la posibilidad de formular oposiciones (si así lo requiere el caso), esto solo lo podrá hacer un titular de signos distintivos.
3. La SIC verifica la información suministrada, la cual podrá ser corroborada con visitas al sitio geográfico correspondiente, a través de un estudio específico o puede solicitar la información al solicitante.
4. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) declara o no la protección de la denominación de origen y expedirá un certificado una vez quede en firme la resolución de protección.
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite en línea a través de la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio o también de manera presencial.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo puede variar si la solicitud se hace en línea o manera física, para más información contactar con la Superintendencia de Industria y Comercio. (SIC)
Nota: El costo aproximado seria de $162.000 COP en línea, $198.000 COP en físico.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
240 días
Nota: Esto dependerá si la decisión de primera instancia es objeto de apelación o no.
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decreto 1074 de 2015, (Artículos 2.2.2.20.6. y 2.2.2.23.1.)
Norma internacional 486 de 2000, (Artículo 140 a 150, 201, 202, 203, 204, 205,206, 212.)
Circular 1 de 2001, (Capítulo VII)
Resolución 63360 de 2021, (Total)
Decreto Ley 4886 de 2011, (Artículo 18 y 19)
Resolución No. 57530 de 2012
Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina
23 - Solicite la autorización de integraciones empresariales
Esta autorización le permitirá al inversionista adquirir el control de una o varias empresas, o adquirir el control de una empresa en otra ya existente o para crear una nueva empresa con el fin de desarrollar actividades conjuntamente.
El régimen de competencia colombiano prevé que las integraciones o concentraciones empresariales que cumplan ciertas condiciones deben ser reportadas a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), siendo ésta la autoridad nacional de protección de la competencia.
El término integración empresarial es amplio y comprende las fusiones, adquisiciones, consolidaciones, acuerdos de colaboración o Joint Venture u otro tipo de acuerdo o transacción mediante la cual una empresa adquiere control sobre otra y cese la competencia en el mercado, mediante la consolidación de dos agentes del mercado en uno solo.
Cuando. las partes tengan en conjunto una participación inferior al 20% en el mercado relevante, la operación de integración se entiende autorizada de manera automática por virtud de la ley, pero en todo caso debe ser notificada a la SIC antes de que ésta se lleve a cabo, y la SIC se reserva el derecho de revisar los supuestos de hecho tenidos en cuenta por las partes.
Cuando las partes tengan una participación conjunta superior al 20% en el mercado relevante, la operación debe ser aprobada por la SIC para que pueda llevarse a cabo.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar la integración de empresas?
Las integraciones empresariales deben ser reportadas a la SIC cuando se cumplen los siguientes supuestos:
1. Supuesto subjetivo: Que las empresas involucradas en la operación se dediquen a la misma actividad económica (integración horizontal); o que las empresas involucradas en la operación hagan parte de la misma cadena de valor (integración vertical).
2. Supuesto objetivo: Que las empresas que cumplen con cualquiera de los supuestos subjetivos hayan tenido, conjunta o individualmente, ingresos operacionales superiores a 60.000 salarios mínimos legales mensuales en el año inmediatamente anterior a la operación; o que las empresas que cumplen con cualquiera de los supuestos subjetivos hayan tenido activos totales, conjunta o individualmente, superiores o 60.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, en el año inmediatamente anterior a la operación.
3. Presente el documento de notificación la página web del SIC
4. En caso de tener poder aprobado, presentar los poderes y certificados de existencia y representación legal de todas las empresas intervinientes
Pasos
¿Qué pasos seguir para solicitar la integración de empresas?
1. Reúna la documentación requerida (solicitud de preevaluación e información adicional si es requerida)
2. Realice el pago
3. Radique la solicitud ante la Superintendencia de Industria y Comercio
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede iniciar, hacer seguimiento y finalizar el trámite y/o servicio en línea a través de la web de la Superintendencia de Industria y Comercio SIC
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Para presentar una notificación: $2.767.000 COP
Para presentar una solicitud de preevaluación: $14.998.000 COP
Si la SIC determina que la transacción presenta preocupaciones competitivas es necesario iniciar la Fase 2, que dependiendo de los ingresos operacionales o activos totales de las partes que están en proceso de integración, deben asumir tasas superiores que van desde $27.630.000 COP hasta $39.480.000 COP.
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
10 días laborales
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decreto 092 de 2022, (Total)
Resolución 2751 de 2021, (Total)
Decreto Ley 019 de 2012, (Artículo 2, 156, 157)
Ley 1437 de 2011, (artículos 1 al 31; artículos 34, 35, 36, 39, 40, 41, 45, 56, 61, 62, 63, 64, 74 al 81, 84 al 89 y 91 al 97)
Decreto 4886 de 2011, (artículo 1, numerales 8, 11 al 15, 62 al 65; artículo 3, numerales 15 al 18, 34 y artículo 9, numerales 8, 9, 10, 13, 14, 18 y 20)
Ley 1340 de 2009, (artículos 1, 2, 4, 5, 6, 8 al 13, 17, 20, 22, 23, 28, 31, 33 y 34 de los Títulos I, II, IV y VI)
Circular 1 de 2001, (capítulo Segundo del Título VII)
Ley 2010 de 2019, (Artículo 152)
Resolución 916 de 2022, (Total)
Resolución 77896 de 2020, (Total)
24 - Realice el registro de productores, importadores y prestadores sujetos a los reglamentos técnicos vigilados por la Superintendencia de Industria y Comercio
En este trámite deben registrarse los productores e importadores de productos (bienes o servicios) sujetos al cumplimiento de reglamentos técnicos cuyo control y vigilancia le corresponde a la Superintendencia de Industria y Comercio.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el Registro de productores y/o importadores?
1. Complete el formulario de registro de productores, importadores y prestadores sujetos a los reglamentos técnicos ante la Superintendencia de Industria y Comercio y realice el registro o la actualización de la información en la página web www.sic.gov.co.
2. Se validarán los datos ingresados al sistema, si se está inscribiendo una empresa, el sistema comprobará del Número de Matrícula Mercantil datos como: Razón Social, Dirección, Teléfono, etc. En caso de que la información suministrada no concuerde con la del registro mercantil, no podrá continuar el trámite de inscripción.
3. Registre una cuenta de correo electrónico. Esta cuenta de correo tiene como la cual tiene como recuperar su contraseña en caso de perderla.
4. Todos los establecimientos de comercio de una misma razón social estarán asociados en un solo registro, y sólo contarán con un único número de registro.
5. Para las empresas prestadoras de servicios sujetos al cumplimiento de reglamentos técnicos que exijan el cumplimiento de competencias laborales para sus empleados, deberán, además de diligenciar sus datos, vincular a cada uno de los empleados con que cuentan. Para poder realizar esta operación, los empleados deben haber diligenciado su registro previamente.
6. En los casos de prestación de servicios sujetos a reglamento técnico que exige competencias laborales, cada persona natural es responsable de diligenciar su registro y seleccionar en el sistema los servicios que prestan. Por cada uno de los servicios seleccionados, el sistema comprobará en línea la información de los certificados de competencias laborales que ingresen, con la entidad que los emitió.
7. El Registro de Productores e Importadores tendrá un módulo de consulta pública, para encontrar más información acerca de las personas inscritas.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna la documentación requerida
2. Realice el pago
3. Radique la solicitud
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede iniciar el trámite, hacer seguimiento y finalizarlo en línea a través de la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio SIC en la opción de Registro de Productores e Importadores.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
Sin costo
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
>1 día
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Ley 1480 de 2011 (Art. 17) (Ley ordinaria)
Ley 1480 de 2011 (Art. 46, numeral 3) (Ley ordinaria)
Ley 1480 de 2011 (Art. 53) (Ley ordinaria)
Decreto 1595 de 2015 (Art. 2.2.1.7.15.6) (Decreto Reglamentario)
Circular 1 de 2001 de la Superintendencia de Industria y Comercio, Título IV (Numeral 1.1) (Acto Administrativo)
25 - Solicite su patente en la Superintendencia de Industria y Comercio
Como inversionista puede obtener la Concesión de un título de patente al inventar una solución técnica que aporte beneficio a la humanidad, por tanto, podría explotar de manera exclusiva este invento por un tiempo determinado.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar la Patente?
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Complete el formulario al que se denomina petitorio en caso de presentarlo en físico o en caso de hacerlo en línea a través de SIPI (Oficina Virtual de Propiedad Intelectual) debe registrarse e ingresar la información requerida.
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Entregue en documento original la descripción, reivindicaciones o resumen, puede consultar más información en el SUIT.
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Tenga en cuenta que las reivindicaciones que corresponden a la memoria descriptiva de la patente.
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Presente las figuras o ejemplos.
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Entregue el comprobante de pago de la tasa establecida (la cual cambia cada año)
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Si se presenta por intermedio de un abogado debe presentarse el poder otorgado a éste. El poder no necesita de presentación personal, autenticación o legalización y podrá otorgarse mediante documento privado.
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Si la solicitud la hace una empresa, no es necesario aportar el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica solicitante. La SIC podrá consultar los registros públicos de los Certificados de Existencia y Representación de las Cámara de Comercio.
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Proporciones una copia del contrato de cesión o bien del contrato en virtud del cual se presuma la cesión cuando el solicitante no sea el inventor, por ejemplo: contrato de prestación de servicios o de trabajo.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna la documentación requerida
2. Realice el pago
3. Radique la solicitud
4. Atienda la solicitud del proceso de revisión formal de los documentos adjuntados con la solicitud y la corrección de estos, en caso de que sea necesario
5. Tenga en cuenta la respuesta de oposiciones
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Puede iniciar, tener el seguimiento y finalizar el trámite y/o servicio en línea a través de la web de la Superintendencia de Industria y Comercio SIC
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
90 días
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Resolución 63360 de 2021, (Total)
Circular 1 de 2001, (Títulos I y X)
Ley 463 de 1998, (Todos)
Decreto 2591 de 2000, (Artículos 1 al 4, 24, 25)
Norma internacional 486 de 2000, (Artículos 3 al 80, 163, 237 al 240, 271, 279, 280)
Decreto 4886 de 2011, (Artículo 20)
Decreto 63360 de 2021, (total)
26 - Registre el diseño industrial
Mediante un
Registro de Diseño Industrial se puede proteger la apariencia particular de un producto que resulte de cualquier reunión de líneas o combinación de colores, o de cualquier forma externa bidimensional o tridimensional, línea, contorno, configuración, textura o material, sin que cambie la finalidad de dicho producto, que resulte novedoso, es decir, que el producto sea nuevo universalmente, así que no se ha dado a conocer al público.
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Requisitos
¿Qué necesito para solicitar el Registro del Diseño Industrial?
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Complete el formulario PI02-F02 - REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIAL que puede obtener en cualquiera de los puntos autorizados de la SIC
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Descargue el recibo de pago por el valor correspondiente ante la SIC
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Proporcione los dibujos del diseño (en total 7, discriminados así: seis vistas, una por cada cara y una perspectiva isométrica para ver el objeto en 3 dimensiones), las figuras del diseño no deben indicar medidas, cortes o funciones técnicas.
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Si el diseño es solicitado por una persona diferente al diseñador o por una empresa, se debe anexar una cesión de derechos del diseñador a la persona o empresa que lo solicita.
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Si la empresa o persona solicitante se hace representar por un abogado para que siga el trámite, se debe anexar, además, un poder dado al abogado. El poder no necesita de presentación personal, autenticación o legalización y podrá otorgarse mediante documento privado.
Pasos
¿Qué pasos seguir una vez tenga todos los documentos?
1. Reúna la documentación requerida
2. Realice el pago
3. Radique la solicitud
Virtualidad
¿A dónde puedo ir?
Este trámite lo puede realizar ante la Superintendencia de Industria y Comercio SIC, en línea, hacer seguimiento y finalizar todo el proceso.
Costos
¿Cuál es el costo de este trámite?
$702.000,00 COP si es en línea
Nota: El costo puede variar si la solicitud se hace en línea o manera física, para más información contacte a la Superintendencia de Industria y Comercio. (SIC)
Tiempo
¿Cuánto tiempo tarda este trámite?
210 días calendario
Normatividad
¿Qué normatividad debo cumplir?
Decreto 4886 de 2011, (Artículo 20, numeral 8)
Decreto 1074 de 2015, (Capitulo 19)
Circular 1 de 2001, (Títulos I y X)
Norma internacional 486 de 2000, (Artículos 4 al 11, 113 al 133)
Decreto 2591 de 2000, (Artículo 1 al 4, 13, 14, 24, 25)
Resolución 63360 de 2021, (general)