Tarifa única de impuesto de renta de 20% para usuarios industriales de bienes, usuarios industriales de servicios y usuarios operadores. Se exceptúan los usuarios comerciales que tributan a la tarifa general (35%) para el año 2022.
- No se causan ni pagan tributos aduaneros (IVA y arancel), para mercancías que se introduzcan desde el exterior a las zonas francas, tampoco, por las materias primas, insumos y bienes terminados que se vendan desde territorio aduanero nacional a usuarios industriales de Zona Franca.
- Las exportaciones que se realicen desde Zona Franca a terceros países se benefician de los Acuerdos Comerciales Internacionales negociados por Colombia.
- Permite que los usuarios industriales de bienes y/o servicios, puedan mantener en sus instalaciones las materias primas, insumos, partes, productos en proceso o productos terminados del proceso de producción, transformación o ensamble de bienes propios de la actividad o actividades económicas para las cuales han sido calificados o autorizados o reconocidos.
Para mayor información sobre los requisitos para acceder a las diferentes formas de Zonas Francas, consulte la página - http://zonasfrancas.mincit.gov.co/
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